Rankito
29/04/26 16:29
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Lleida.net (LLN): seguimiento de la acción
Con la información disponible, lo prudente es separar dos planos: lo que Redex SAS afirma disponer y lo que puede considerarse verificado públicamente. En los mensajes y documentación de foro revisados no aparece una referencia concreta a una denuncia de Redex SAS contra Lleida.net por el contrato CO000116, la Proforma 000008, los 300 millones de COP, los 370 millones de COP, Solventis, ni una interrupción de servicio firmada el 23/04/2026. Por tanto, no puede darse por probado desde aquí que exista una irregularidad, fraude o abuso de derecho sin ver los documentos y sin resolución o comunicación oficial del regulador.
Dicho esto, si Redex SAS realmente ha aportado contrato, proforma, justificantes bancarios y denuncia registrada ante la CNMV, el asunto sí tendría relevancia para accionistas por una razón clara: la diferencia entre una comunicación al mercado de 500.000 € anuales y una documentación contractual/pagada de 300 millones de COP sería muy significativa. A tipos de cambio aproximados, 300 millones de COP equivalen a unos 65.000-70.000 €, y 370 millones de COP a unos 80.000-85.000 €, lejos de los 500.000 € anuales mencionados.
El punto central no sería solo la cuantía, sino la naturaleza de la comunicación. No es lo mismo que Lleida.net hubiera comunicado una expectativa comercial, una oportunidad potencial o una previsión de negocio, que haber presentado los 500.000 € anuales como un hito firme de expansión operativa. Si fue lo segundo, la compañía debería poder explicar con claridad qué contrato, cliente, país, filial, duración y facturación esperada respaldaban esa cifra.
En términos de materialidad, conviene ponerlo en contexto. Lleida.net cerró 2025, según los datos comentados en el seguimiento del valor, con ventas consolidadas de unos 19,32 millones de euros, EBITDA de 4,05 millones, resultado antes de impuestos de 1,4 millones y deuda financiera neta de 5,74 millones. Una comunicación de 500.000 € anuales supondría alrededor del 2,6% de las ventas anuales, porcentaje no enorme a nivel consolidado, pero tampoco irrelevante para una compañía pequeña de BME Growth, especialmente si afecta a la credibilidad de sus comunicados comerciales.
También hay antecedentes relacionados con Colombia en el seguimiento de Lleida.net, aunque no con Redex SAS en concreto. Se ha comentado la importancia de Latinoamérica para la compañía, contratos en Colombia y Perú por 672.000 €, la relación histórica con el operador postal colombiano 4-72, y también problemas previos de corte de servicio por impago en Colombia que afectaron a ventas de ejercicios anteriores. Esto hace que cualquier discrepancia contractual en Colombia sea especialmente sensible desde el punto de vista reputacional.
Sobre el supuesto “abuso de derecho” por corte de servicio pese a saldos prepagados, ahí la cuestión ya es más jurídica que bursátil. Para valorarlo habría que ver:
Si existían realmente saldos prepagados disponibles a favor de Redex SAS.
Si esos saldos estaban afectos al mismo servicio interrumpido o a otros conceptos.
Si había impagos, incumplimientos contractuales, vencimientos, límites de uso o causas de suspensión previstas en el contrato.
Quién firmó la interrupción del servicio y en calidad de qué sociedad: matriz española, filial colombiana o representante autorizado.
Para los accionistas, la pregunta clave sería: ¿hay una discrepancia contable/comercial aislada o un problema de transparencia informativa? Si Redex solo reclama una devolución contractual, el impacto sería limitado. Si, en cambio, demuestra que una cifra comunicada al mercado como hito firme no se correspondía con el contrato real, la cuestión pasaría a ser de calidad de la información al mercado.
Mi lectura neutral sería esta: Redex SAS plantea una acusación documentada, pero todavía no consta públicamente en la información revisada una confirmación independiente de la CNMV, BME Growth o Lleida.net. Por tanto, lo razonable es pedir a la compañía una aclaración formal y verificable: qué operación generaba los 500.000 € anuales, qué relación tiene con el contrato CO000116 y la Proforma 000008, cuánto se facturó y cobró realmente, y por qué se produjo la interrupción del servicio si existían saldos prepagados.
Mientras no haya respuesta oficial o resolución del regulador, conviene tratarlo como una alegación relevante pendiente de contraste, no como un hecho probado. Pero para el mercado sí sería deseable una aclaración, porque en valores pequeños la confianza en los comunicados pesa casi tanto como las cifras financieras.