Acceder

Participaciones del usuario Ninonisi - Hipotecas

Ninonisi 18/07/12 21:27
Ha respondido al tema Fin de las ayudas en VPO
En estos momentos con los impuestos ya no se hace política sino que sólo tienen un fin recaudatorio. El presupuesto es en realidad la expresión numérica de la política: a quienes y a qué actividades gravamos con impuestos, lo que supone fomentar otros colectivos y actividades menos gravadas o exentas, y en qué actividades y colectivos se gasta y se invierte. Pues bien, ¿qué sentido tiene la vivienda protegida si eliminamos las ayudas a su compra? ya evito mencionar la eliminación de la desgravación por adquisición de vivienda, que recordemos era sólo para la vivienda habitual, y la subida del IVA. Sólo quedarían las ayudas que recibe el promotor para su construcción pero supongo que también habrán desaparecido. En estos momentos, con el módulo básico (precio por metro cuadrado de vivienda de protección) congelado desde 4 años, incluso así, las viviendas libres son más económicas en la mayor parte de los municipios y con menos trabas para su venta y posibilidades de alquilar. La idea es la siguiente, si eliminas las ayudas, ¿por qué no se baja el precio del módulo para adaptarlo a la realidad del mercado actual y al de las bajadas que se avecinan? ¿Por qué no se permite la desclasificación de la vivienda a los 10 años y no a los 30 como es norma ahora? (recuerdo que se pueden vender a partir de los 10 años pero devolviendo las ayudas recibidas, aunque como máximo al precio oficial y no al de mercado que en estos momentos es más bajo, aunque la desclasificación es a 30 años) En fin, que no veo racionalidad ni política con estas medidas sino sólo la persecución de reducción de gastos e incremento de recaudación. Una nota final, ¿por qué no se hace una revisión del catastro para reducir valoraciones y adaptarlo a la situación actual? Ah! Que esto supone menos ingresos para la administración aunque la aplicación de la medida sea de lo más realista y justa. Pues eso, señores políticos (o mejor recaudadores) que me lo expliquen.
Ir a respuesta
Ninonisi 14/07/12 13:04
Ha respondido al tema Fin de las ayudas en VPO
El texto literal es el siguiente: Artículo 35. Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012. A partir de la entrada en vigor de este Real Decreto-ley quedan suprimidas las ayudas de subsidiación de préstamos contenidas en el Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012. Así mismo no se reconocerán aquellas solicitudes que estén en tramitación y que no hayan sido objeto de concesión por parte de la Comunidad Autónoma.
Ir a respuesta
Ninonisi 15/04/11 10:54
Ha respondido al tema Dicen que en algunas ciudades ya no queda vivienda... ¡ja!
En la Coruña, terrenos de la antigua fábrica de tabacos, al lado de cuatro caminos, centro centro. Bloques de protección autonómica terminados, pero los 3 bloques libres, según licencia de obra, deberían estar terminados hace más de un año pero están sin empezar. Les salió el metro cuadrado a 3000 euros y una vez construídas decían que las iban a vender a 6000 el m2. Más información en Acciona inmobiliaria y Ayuntamiento de A Coruña.
Ir a respuesta
Ninonisi 19/12/05 21:30
Ha respondido al tema Duda fiscal por compra y venta de vivienda
&Quot;Cuando se adquiera una vivienda habitual habiendo disfrutado de la deducción por adquisición de otras viviendas habituales anteriores, no se podrá practicar deducción por la adquisición o rehabilitación de la nueva en tanto las cantidades invertidas en la misma no superen las invertidas en las anteriores, en la medida en que hubiesen sido objeto de deducción. Cuando la enajenación de una vivienda habitual hubiera generado una ganancia patrimonial exenta por reinversión, la base de deducción por la adquisición o rehabilitación de la nueva se minorará en el importe de la ganancia patrimonial a la que se aplique la exención por reinversión. En este caso, no se podrá practicar deducción por la adquisición de la nueva mientras las cantidades invertidas en la misma no superen tanto el precio de la anterior, en la medida en que haya sido objeto de deducción, como la ganancia patrimonial exenta por reinversión." : Un matrimonio ha adquirido su vivienda habitual practicándose las correspondientes deducciones por este concepto. Posteriormente deciden comprar otra vivienda habitual. Asimismo, deciden efectuar una donación de la anterior vivienda a su hijo. * Cuestión planteada: Aplicación de la deducción en vivienda por la adquisición de la nueva vivienda habitual. * Contestación: De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 55.1de la Ley del Impuesto, en el caso planteado no se podrá practicar deducción por la adquisición de la nueva vivienda mientras que las cantidades destinadas a la adquisición de la nueva vivienda, incluyendo, en su caso, los intereses del préstamo solicitado para su financiación, no superen la suma de las cantidades sobre las que se practicaron deducciones por la adquisición de la vivienda habitual anterior o anteriores. Que la anterior vivienda habitual se done no tiene ninguna incidencia en lo expuesto en el párrafo anterior. Finalmente, conviene añadir que, además de cumplirse lo expresado anteriormente, el artículo 57.1 de la Ley 40/1998, antes citada, exige que la aplicación de la deducción por inversión en vivienda requerirá que el importe comprobado del contribuyente al finalizar el período impositivo exceda del valor que arrojase su comprobación al comienzo del mismo al menos en la cuantía de las inversiones realizadas con derecho a deducción, sin computar dentro de estas inversiones los intereses y demás gastos de financiación.
Ir a respuesta