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Participaciones del usuario Miriam Franch - Fiscalidad

Miriam Franch 03/05/16 11:18
Ha respondido al tema Vivienda heredada con uno de los herederos viviendo allí desde siempre. Declaración de la Renta 2015
Hola Mahou_v! Debes declararlo como un inmueble arrendado a familiares. El rendimiento que esto generará será el mismo que si lo declararas como una imputación de rentas, es decir, como si estubiera vacía (el 2% sobre el valor catastral si no está revisado o el 1,1% si está revisado). Pero de esta forma podrás deducirte los gastos, como si la vivienda estuviera alquilada a un tercero. Espero haberme explicado, un saludo! 
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Miriam Franch 29/04/16 13:18
Ha respondido al tema Deducción alquiler, cambio de CCAA
Hola joseeugenio! La deducción por la vivienda de Madrid no puedes aplicarla, pero de la de Andalucía sí, ya que estabas alquilado desde antes de 2015. Eso sí, solo podrás aplicarte la parte proporcional (hasta Agosto). La deducción a aplicar dependerá de dónde tengas su domicilio fiscal, y éste es aquel en el que hayas pasado más de la mitad del año.  Un saludo :)
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Miriam Franch 29/04/16 13:09
Ha respondido al tema Compensación plusvalías acciones. Declaración de la Renta 2015
Claro que puedes! A ver si con esto te queda claro: Con la reforma, la integración y compensación en la base imponible del ahorro queda de la siguiente forma:  Los rendimientos de capital mobiliario que se integran entre sí en la base imponible del ahorro. Si los rendimientos obtenidos son negativos, su importe se compensará con el saldo positivo de las ganancias y pérdidas patrimoniales que se declaren en el otro componente de la base imponible del ahorro con el límite del 25 por ciento de dicho saldo positivo. Ganancias y pérdidas patrimoniales que se integran en la base imponible del ahorro. Si el saldo de la integración y compensación de este tipo de rendimientos fuera negativo, su importe se podrá compensar con el saldo positivo del otro componente de la base imponible del ahorro, rendimientos de capital mobiliario, con el límite del 25 por ciento de dicho saldo positivo. En ambos casos si tras dichas compensaciones quedase saldo negativo, su importe se compensará en los cuatro años siguientes. No obstante, durante los años 2015, 2016 y 2017 el porcentaje de compensación no será del 25%, sino del 10, 15 y 20% respectivamente.   Un saludo!
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Miriam Franch 29/04/16 13:03
Ha respondido al tema Valoración nuda propiedad y venta de vivienda
Hola amariarg1975! El valor de adquisición será el valor del inmueble, ya que al fallecer el padre, los hijos adquieren la plena propiedad del mismo. Por tanto se tributa por el valor total (73.000).  Un saludo!
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Miriam Franch 28/04/16 12:57
Ha respondido al tema Cambio de domicilio fiscal y plusvalias latentes
Hola Raul! Las plusvalías latentes no tributan hasta que se hacen efectivas, es decir, hasta que vendas y consolides las pérdidas o ganancias. Por tanto no debes pagar nada por el momento. En el caso de venderlas, es independiente que las vendas antes o después de irte. Lo relevante es dónde se encuentre tu domicilio fiscal. Si vives más de la mitad del año en otro país, deberás hacer allí la declaración de la renta, por lo que tributarás por esas ganancias en ese país, no en España. Un saludo :)
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Miriam Franch 27/04/16 09:53
Ha respondido al tema Declarar plusvalia bolsa
Hola simargo! Las plusvalías por la venta de acciones en bolsa debes incluirlas en el épigrafe de ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de acciones y participaciones. Puedes verlo más claro en la siguiente imagen: Un saludo!  
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Miriam Franch 27/04/16 08:53
Ha respondido al tema Reparación de un gotera
Hola Trenkita, ese gasto no puedes deducirtelo. Los gastos que Hacienda permite deducir en concepto de inversion en vivienda habitual están bastante tasados, y solo admite los gastos ocasionados por reformas para la mejora de la eficiencia energética, sustitución de instalaciones de luz, gas y agua u obras para adaptar la vivienda por motivos de discapacidad. Un saludo!
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