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Participaciones del usuario Miguelm - Depósitos

Miguelm 09/04/24 13:09
Ha respondido al tema Rellenando el Modelo 720
A la hora de intentar entender todo esto hay que tener en cuenta no sólo la normativa, sino también cómo interpreta la Administración (en este caso la Administración tributaria) esa normativa. Es lo que se conoce en Derecho como "doctrina administrativa".La AEAT te facilita toda esa doctrina administrativa: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/normativa-criterios-interpretativos/doctrina-criterios-interpretativos.htmlSi ahí clickas en "Consultas a la Agencia Tributaria (programa INFORMA)" te dice lo que es: "El programa INFORMA es una base de datos que contiene, en formato pregunta-respuesta, los principales criterios de aplicación de la normativa tributaria". También te dice que "Puede acceder a la misma utilizando el buscador puesto a su disposición en la parte superior derecha de esta pantalla". Si entras ahí y utilizas el buscador por modelo y escribes "modelo 720" te aparecen enlaces a, sí, lo has adivinado, las "Preguntas frecuentes" del modelo 720, en su última edición (Actualizadas a marzo de 2022).Es decir, que junto a la normativa sobre el 720 hay que utilizar todos los criterios interpretativos que te da la propia AEAT en sus preguntas frecuentes. Esas "preguntas frecuentes" sobre el modelo 720 las tienes en formato escrito e incluso en video, los dos videos de la AEAT sobre el 720: https://www.youtube.com/watch?v=yBs9epZN3yk&ab_channel=agenciatributaria https://www.youtube.com/watch?v=ZtuvuPq3WlI&t=9s&ab_channel=agenciatributariaEn el primero de esos videos, se repite en varias ocasiones, como funciona el modelo 720. Por ejemplo, en la pregunta 6 (min.39:37) te dice que si marcaste la entrada en el sistema (por A, por +50000) debes marcar la salida del sistema (por C, por cancelación de la cuenta). Esto funciona como un "Sistema" o un "Registro". En un momento entras en el "Sistema" y en otro momento sales del "Sistema". Se entra por "Origen de bien o derecho": A, y se sale por C. Cuando, ESTANDO DENTRO del "Sistema" aumentas el saldo medio del último trimestre o el saldo a 31 de diciembre por encima de 20000, tambien debes declararlo por M. Así funciona este "Sistema". Lo lógico es pensar que si has salido del "Sistema" ya no tienes ninguna vinculación con el mismo, no te guardan los datos de los saldos del ejercicio en que sales. Para volver a entrar al "Sistema" debes cumplir otra vez los requisitos que determinan la entrada al mismo: que superes los 50.000.
Miguelm 08/04/24 20:12
Ha respondido al tema Rellenando el Modelo 720
Discrepo (como casi siempre). El 720 no es mas que un registro de las cuentas y depositos (y otros bienes) que tienes en el extranjero. En un momento se entra en ese registro, por A (cuando pasas de 50000) y en un momento se sale de ese registro, por C (cuando los cierras). Una vez salido del sistema, del registro, vuelves a empezar, y tendras que declarar el 720 cuando vuelvas a pasar de 50000, por A, pues vuelves a entrar en el sistema.
Miguelm 04/04/24 13:51
Ha respondido al tema Tabla de Depósitos de Monillo
Esas citas en letra roja de las capturas de pantalla ("Las comisiones por transferencia del Banco de España se restan ..."), ¿aparecen así en el borrador? Porque si es así, se acabó la discusión.
Miguelm 04/04/24 13:29
Ha respondido al tema Tabla de Depósitos de Monillo
No. Sólo la mandan por correo postal.
Miguelm 02/04/24 14:35
Ha respondido al tema Pibank
Y si el banco te ha retenido más de lo que consta en tus datos fiscales (no unos céntimos, pero sí unos cuantos euros) y la declaración te sale a devolver, ¿tampoco lo modificarías? Yo sí, y lo justificaría con la propia documentación que el banco me aporta ( por ejemplo con los extractos mensuales ).
Miguelm 02/04/24 13:53
Ha respondido al tema Pibank
Ya te vendrán puestos o no. Normalmente coincidirán los datos reales (lo que el banco te comunica que te ha pagado y te ha retenido) con los datos fiscales (los datos que el banco le comunica a Hacienda que te ha pagado y te ha retenido). Pero en caso de discrepancia entre ambos, deberás consignar los datos reales.De ahí la nota a pie de página que te aparece en tus datos fiscales en la AEAT:"Recuerde que en su declaración deberá consignar todos los rendimientos obtenidos en el ejercicio, con independencia de que los mismos aparezcan o no en estos datos fiscales. Los datos fiscales que le enviamos proceden de información facilitada por terceros (sus pagadores, entidades, etc.). Con ellos puede aclarar las diferencias que observe entre los datos fiscales recibidos y sus datos reales ..." 
Miguelm 30/03/24 17:12
Ha respondido al tema Pibank
Parece ser que es un fallo generalizado.Uno se puede apañar con el "RESUMEN ANUAL DE COMISIONES, INTERESESY GASTOS - AÑO 2023" (que te mandan en enero) para los intereses de los depósitos y con los extractos mensuales para los intereses de la cuenta remunerada. Hay que utilizar el buscador de la sección "Correspondencia" en el "Buzón virtual". 
Miguelm 08/03/24 17:09
Ha respondido al tema Productos CIC Iberbanco - CIC Iberbanco
 ¿Para España o para el extranjero? Pero hombre, si estamos hablando de la web del broker  "Freedom24".  https://freedom24.com/about Chipriota, o sea, extranjero. Y se supone que es un Fondo de Compensación para inversores (arriba en la web puedes cambiar el idioma. En Inglés:  "Guarantees by the Investor Compensation Fund". En Griego, uno de sus idiomas oficiales: "Εγγυήσεις του Ταμείου Αποζημίωσης Επενδυτών").En el caso que pones de Degiro, la cuenta es una "cuenta bancaria", que no se abre en el broker Degiro propiamente dicho, sino en su banco, "flatexDegiro Bank AG".  
Miguelm 08/03/24 16:04
Ha respondido al tema Productos CIC Iberbanco - CIC Iberbanco
" FONDO DE COMPENSACIÓN ",  no Fondos de Inversión. Mira el logotipo que está en el lado izquierdo, la corona triunfal: "20 K fund".Fondo de compensación, Fondo de Garantía de Inversores, llámalo como quieras. Y te dice que el límite cubierto son 20 K, 20.000 euros. Y no hace distinción entre cuenta de efectivo y cuenta de valores, es decir, en total, por inversor.
Miguelm 08/03/24 15:04
Ha respondido al tema Productos CIC Iberbanco - CIC Iberbanco
Pues en la web del broker en cuestión la única referencia a fondos de garantía es a "Garantías Inversor Fondo de CompensaciónSus fondos dinerarios están protegidos por la legislación europea y están asegurados por el importe hasta 20.000 euros ".https://freedom24.com/about