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Participaciones del usuario Marianin07 - Fiscalidad

Marianin07 25/04/25 08:59
Ha respondido al tema Ayuda alquiler (Bono joven) declaración de la renta
Si no cobraste más que una ayuda de 3.000 € en 2024, ambas informaciones se refieren a la misma ayuda, una de las adjudicadas en virtud de la “Orden VMV/936/2023, de 17 de julio, por la que se convocan ayudas al alquiler de vivienda para el año 2023”, de la Diputación General de Aragón (Gobierno de Aragón). – Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda (Boletín Oficial de Aragón de 21-07-2023). Las solicitudes presentadas debían resolverse por la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación de dicho Departamento.Marca “Incorporar SI” en la primera información que aparece en la foto, la de “Otras subvenciones, auxilios y ayudas satisfechas por las AA.PP”. El importe tiene que aparecer recogido en la casilla 0303 “Ayudas públicas al alquiler” de la declaración de renta 2024. Si no te aparece en esa casilla, mete a mano el importe. Si te aparece en otra casilla distinta, elimina ese dato y ponlo en la casilla 0303.Marca “Incorporar NO” en la segunda información.
Marianin07 16/04/25 12:10
Ha respondido al tema Atrasos Renta 2023 Funcionarios Junta de Andalucía
Yo creo que únicamente debes cumplimentar la casilla 2.Casilla 2: 1.109,40 €. Supongo que la AEAT acordó devolverte 1.109,40 € (lo has cobrado ya), lo que solicitaste en tu declaración inicial de 2023 según la cifra que consignas en la casilla 1.Si eso no funciona, no puedo ayudarte, no he hecho complementarias con esa pantalla de captura de datos.
Marianin07 16/04/25 10:37
Ha respondido al tema Prestación INSS por nacimiento hijo en 2024
En la declaración de renta no hay que consignar las rentas exentas, como es la prestación por maternidad.Pero sí hay que  incluir en la declaración las cotizaciones de Seguridad Social a cargo del trabajador que le descontaron en la liquidación/nómina de la prestación por maternidad: esas cotizaciones están comprendidas en el concepto fiscal de  "gastos deducibles" de los rendimientos del trabajo.
Marianin07 15/04/25 11:12
Ha respondido al tema Prestación INSS por nacimiento hijo en 2024
Sí puede incluir esos gastos en la declaración de renta. Es más, normalmente en el borrador aparecerá como total de "gastos deducibles" de rendimientos del trabajo  la suma de los correspondientes al salario abonado por la empresa y de los correspondientes a la prestación de maternidad abonada por el INSS.
Marianin07 11/04/25 13:50
Ha respondido al tema Atrasos Renta 2023 Funcionarios Junta de Andalucía
Aquí tienes información general sobre la modificación de una declaración de 2023: Agencia Tributaria: Renta 2023 - Modificación de una declaración presentada de Renta 2023 Desde aquí puedes acceder a la autoliquidación de un ejercicio anterior que ya presentaste y que quieres modificar. Agencia Tributaria: Cómo modificar una declaración ya presentada Tendrás que rectificar los datos recogidos en la autoliquidación de renta del ejercicio 2023 que presentaste en su día (retribuciones dinerarias, retenciones IRPF y gastos Seguridad Social), incrementando los respectivos importes en las cuantías correspondientes a los atrasos. 
Marianin07 11/04/25 13:15
Ha respondido al tema Complemento de maternidad
No es correcto lo que te informaron.  Parece que en el cónclave al que asististe no había ningún empleado de la AEAT con conocimientos actualizados. Con decirte que el anterior plazo de prescripción de cinco años quedó sin efecto el 31-12-1998 (hace 26 años). En 01-01-1999 entró en vigor el actual plazo de prescripción de cuatro años. Además de que la tributación por atrasos de rendimientos del trabajo tiene unas reglas específicas que esos empleados parece desconocían.Tienes que presentar declaraciones complementarias desde el año 2016, ejercicio hasta el que supongo se remontan los atrasos por el complemento de paternidad, que también supongo que te ha reconocido el INSS por resolución administrativa. Mira las intervenciones en este hilo desde la página 4, no es mucha lectura, tienes información abundante y enlaces sobre la prescripción y la tributación de los atrasos de los rendimientos del trabajo, sobre las declaraciones complementarias a formular y el procedimiento para presentarlas según el ejercicio a que correspondan. Puedes también mirar el enlace más reciente de la AEAT sobre esta materia, donde podrás conocer los plazos para la presentación de las declaraciones complementarias: Agencia Tributaria: 1. Percepción de atrasos de rendimientos del trabajo 
Marianin07 11/04/25 09:39
Ha respondido al tema Subvención para obras de adecuación vivienda habitual
Correcto
Marianin07 10/04/25 12:54
Ha respondido al tema Atrasos Renta 2023 Funcionarios Junta de Andalucía
 Ojo, porque la subida general para todos los funcionarios para 2023 se compuso de un incremento inicial del 2,5% a primeros de dicho año y dos incrementos adicionales del 0,5%, uno ligado al IPC armonizado a septiembre-2023, y otro a la evolución del PIB nominal de 2023, que no se conoció hasta después que finalizó dicho año. Este 0,5% adicional de 2023 ligado al PIB es el que aprobó el Gobierno en Consejo de Ministros el 06-febrero-2024 (BOE 08-02-2024), y que se abonó a los funcionarios en nómina de febrero-2024 o posterior con los atrasos correspondientes desde 01-01-2023. Estos concretos atrasos, el 0,5% ligado al PIB, que no fueron exigibles hasta 2024 en que se aprobó por Consejo Ministros, son los que deben imputarse a 2024 como señala este informativo de la AEAT. Agencia Tributaria: Imputación incrementos retribución del personal al servicio del sector público (art. 19.Dos.2.b) ... Los atrasos que reflejas en tu fotografía, si los cobraste como dices en enero-2024, difícilmente pueden corresponder al 0,5% ligado al PIB, pues hasta febrero-2024 no se aprobó en Consejo de Ministros este incremento adicional. Puede que se trate de los atrasos correspondientes al 0,5% ligado al IPC septiembre-2023, cuyo abono se aprobó por Consejo de Ministros de 03-10-2023 (BOE del 05-10-2023), que sí corresponde imputar al 2023, o sean por otro concepto. Cerciórate con tu departamento de nóminas de a qué concepto corresponden los atrasos de la foto, puede que sí que te corresponda hacer complementaria de 2023 por ellos 
Marianin07 09/04/25 14:16
Ha respondido al tema Subvención para obras de adecuación vivienda habitual
CanariasAgencia Tributaria: Por obras de adecuación de la vivienda habitual por personas con discapacidad“Base de la deducción y base máximaLa base de la deducción la constituyen las cantidades satisfechas durante el periodo impositivo en las obras e instalaciones en que consista la adecuación de la vivienda habitual.La citada base se minorará en el importe de las ayudas concedidas por las Administraciones Públicas en el periodo impositivo de que se trate, que cubran la totalidad o parte de los gastos que dan derecho a la deducción, siempre que tales ayudas tengan la consideración de renta exenta a los efectos del IRPF.La base máxima de la deducción será de 15.000 euros por contribuyente.” Importe de las obras: 13.642,63Importe de la subvención del Ayuntamiento: 10.000. Si la incluyes en la declaración de renta como una ganancia patrimonial, es porque dicha ayuda no está exenta a los efectos de IRPF. Por tanto, la base de la deducción autonómica será el importe total de las obras, 13.642,63 €, sin minorarla en el importe de la ayuda municipal que no es una renta exenta.
Marianin07 07/04/25 11:18
Ha respondido al tema Fiscalidad comisiones custodia acciones
Puedes incluir en tu declaración “los gastos de administración y depósito” de valores negociables, aunque en el ejercicio impositivo no hayas percibido ningún rendimiento de capital mobiliario: intereses de plazos fijos y cuentas corrientes, dividendos de acciones, intereses de deuda pública o privada, etc. La declaración de renta puede reflejar un rendimiento neto negativo del capital mobiliario si gastos fiscalmente deducibles son superiores a ingresos íntegros.Para consignar los “gastos de administración y depósito” de valores negociables en el borrador de Renta:1 Apartado “Rendimientos del capital mobiliario a integrar en la base imponible del ahorro”2 “Dividendos y demás rendimientos por la participación en fondos propios de entidades”3 Desplegable de la casilla 0029, clicar en el lápiz4 campo “Gastos de administración y depósito”. Consigna el importe de estos gastos. Aceptar5 El importe que has consignado te aparecerá reflejado a continuación en la casilla 0037Agencia Tributaria: Gastos deducibles: de administración y depósito.Aunque estos gastos no aparezcan en tus datos fiscales y en tu borrador, puedes incluirlos porque la declaración hay que hacerla con los datos reales. No obstante, como te han dicho, habla con tu bróker para pedir explicaciones sobre la información que ha facilitado a la AEAT.Estos gastos no se tienen en cuenta para determinar la ganancia o pérdida patrimonial resultante de una operación de venta de acciones, determinación en la que intervendrán los gastos de compra y de venta soportados. En este enlace de la CNMV tienes una guía sobre la fiscalidad en el IRPF de las acciones cotizadas, con la distinción entre “rendimientos de capital mobiliario” y “ganancias y pérdidas patrimoniales”. Guia_Fiscalidad_Acciones.pdf