Si te lo descuentan del IMV y genera cobros indebidos, es porque esa parte que te tendrían que descontar, la has estado cobrando varios meses, y eso es lo que te piden. No te lo descuentan 2 veces. Y si, si te baja el IMV porque te lo descuenten, generas cobros indebidos siempre.
A ver, eso es decisión de cada uno. Se te puede olvidar incluirla el año que viene en la renta (no lo recomiendo, pero me ha pasado algún año), o delegarlo en algún familiar a la que no le afecte y te lo de cuando lo cobre (fuera de tu unidad de convivencia para que no entre en vuestra renta). O incluso cobrarlo tu y tomártelo como un anticipo.A algunos dicen que no se lo han descontado incluso metiéndolo en la renta, no se si será cierto y si solo seria en algunas circunstancias, hasta donde se, si te lo descuentan.En mi caso, siempre se me olvido, así que no puedo ser mas exacto.😉
Siempre que te baje la cuantía en la regularización de finales de año, creas cobros indebidos. Si te baja, a parte te pedirán mas adelante la diferencia de lo cobrado de mas, por los meses de ese año que lo hayas tenido.No hay bajada sin que cree deuda.
Si, tienes razón, yo por expedición entendía también la renovación como vi en algunas paginas no oficiales que ponía que la expedición era la fecha en la que lo renuevas, pero parece que no, que la expedición para este caso es solo la primera vez que obtienes el DNI. La Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital, recoge en su disposición adicional octava la exención del pago de tasas por expedición del Documento Nacional de Identidad a menores de 14 años integrados en una unidad de convivencia que solicite la prestación de ingreso mínimo vital.