En algunos casos, es mas difícil o por alguna circunstancia no interesa, pero a la mayoría, que podéis cambiaros de banco, por que no os pasáis a otro banco que pague un día en concreto y no os maree con los pagos?, ING u otro similar.
Si te lo descuentan del IMV y genera cobros indebidos, es porque esa parte que te tendrían que descontar, la has estado cobrando varios meses, y eso es lo que te piden. No te lo descuentan 2 veces. Y si, si te baja el IMV porque te lo descuenten, generas cobros indebidos siempre.
Me da pena la gente que se le dice y no hace caso, no guarda y luego es un palo. No los entiendo la verdad, se ha repetido mil veces por muchísimos hilos y no quieren enterarse...La única que no me dará pena será la viudita que hace sufrir a su hija cuando le llegue el día (tampoco me alegraré eh, pero pena ninguna).
A ver, eso es decisión de cada uno. Se te puede olvidar incluirla el año que viene en la renta (no lo recomiendo, pero me ha pasado algún año), o delegarlo en algún familiar a la que no le afecte y te lo de cuando lo cobre (fuera de tu unidad de convivencia para que no entre en vuestra renta). O incluso cobrarlo tu y tomártelo como un anticipo.A algunos dicen que no se lo han descontado incluso metiéndolo en la renta, no se si será cierto y si solo seria en algunas circunstancias, hasta donde se, si te lo descuentan.En mi caso, siempre se me olvido, así que no puedo ser mas exacto.😉
Siempre que te baje la cuantía en la regularización de finales de año, creas cobros indebidos. Si te baja, a parte te pedirán mas adelante la diferencia de lo cobrado de mas, por los meses de ese año que lo hayas tenido.No hay bajada sin que cree deuda.
Mismo caso que el de Laura877, a los que os ha bajado es que tenéis deuda. Si aun no te ha llegado la carta, en el INSS os dirán cuanta y en que meses os la descuentan.
Por que dices que te correspondía? En que te basas?Cuando te bajan en la regularización de finales de año, es porque han mirado tus ingresos y han visto que te estaban pagando mas de lo que te corresponde, con lo cual, baja hasta la cantidad que realmente deberías haber cobrado desde enero de ese año.Por ello, aunque no te lo digan en el momento, generas una deuda por cobros indebidos. Cuanto? Pues con los números que has puesto, serian 645€ x los meses que cobraste 1000€ de ese año. Hay algunas circunstancias en que te perdonan una parte, pero suele ser pequeña.Es mucha cantidad, así que mejor que pidas cita en el INSS y que te indiquen cuanto es realmente y la forma de pago que te sea mas ventajosa si te dan opciones.
Si, tienes razón, yo por expedición entendía también la renovación como vi en algunas paginas no oficiales que ponía que la expedición era la fecha en la que lo renuevas, pero parece que no, que la expedición para este caso es solo la primera vez que obtienes el DNI. La Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital, recoge en su disposición adicional octava la exención del pago de tasas por expedición del Documento Nacional de Identidad a menores de 14 años integrados en una unidad de convivencia que solicite la prestación de ingreso mínimo vital.