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Participaciones del usuario Katiuska Ojeda

Katiuska Ojeda 16/11/18 09:23
Ha respondido al tema Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial
No me la pasó nadie, me la tropecé yo solita x la red y me lió. Te das cuenta lo destrozada psíquicamente que estoy con todo esto? Como decimos n mi tierra, ya no sé ni hacer la O con un canuto.Además d todo este asunto debo ocuparme día a día de la supervivencia familiar y a ser posible dsd mi burbuja, lo cual complica mi existencia mucho. Ya anoche estaba agotada.Siento mucho estos altibajos. Pagaré al asesor xq no quiero cometer errores y seguir dando tumbos. Mi padre que es agricultor jubilado, lleva 2 semanas trepando x los barrancos de esta isla, bajo la lluvia y con un resfriado q no sabemos si se lo llevará a la tumba, recogiendo higos chumbos para conseguir algunos euros para ayudarme a pagar esto. Tengo la enorme suerte de ser muy querida por todos. Muchas gracias por la rapidez, Juan. Nunca sabré de qué milagro has aparecido en mi vida. Supongo que sigo viva gracias a tantos ángeles que me cuidan!
Katiuska Ojeda 16/11/18 00:26
Ha respondido al tema Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial
En resumen..... no sé si esta resolución vinculante de 2018 anula o desdice lo de la Sentencia en la que voy a basar mi reclamación a hacienda. 😩😩😩😩😩😩😩😩😩😩😩😩😩😩😩😩😩😩😩😩😩😩😩😩😩😩😩😩😩😩😩😩😩😩😩 NO PUEDO SENTIRME MÁS CONFUSA
Katiuska Ojeda 15/11/18 23:20
Ha respondido al tema Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial
"....por encontrarse pendiente de resolución judicial la determinación del derecho a su percepción o su cuantía, los importes no satisfechos se imputarán al período impositivo en que aquélla adquiera firmeza" Esta frase es la que me confunde y necesito tenerlo claro para redactar la instancia para solicitar las rectificaciones y evitarme el pastón del asesor fiscal. LA DETERMINACIÓN DEL DERECHO A SU PERCEPCIÓN.... ¿es el objeto del juicio? Se juzgó si procedía declarar mi incapacidad laboral pero eso también es el derechp a una pensión..... o es que ya estoy tan extenuada que no puedo pensar. Llevo 2 años de tensión extrema y mi salud ya no me permite seguir. Creo que no me va a quedar otra que pagar los servicios de alguien que redacte la reclamación y confeccione las rentas por mí. YO NO VOY A PODER
Katiuska Ojeda 15/11/18 23:10
Ha respondido al tema Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial
Ay, Juan, me he tropezado con esto y vuelven a recalcar lo de la imputación al ejercicio en que se hizo efectiva la sentencia. Es una resolución vinculante de la dirección general de tributos de este mismo año. O sea, que la Sentencia que me enviaste no valdría para nada? Es muy breve, nada precisa.... No dice nada de si se deducen los reintegros. Entiendo que debería ser como tú explicaste, declararlos como rendimientos del trabajo, tanto los ingresos commo los reintegros, pero en lugar de imputarlos a cada ejercicio correspondiente, ¿debe ser en el año de la Sentencia?  O no!!! Necesito que me lo traduzcas porque siento un pánico horrible a que la tía de hacienda tenga razón, se declaren en percepciones de ejercicios anteriores con la correspondiente tributación del 15% y entonces vuelvo a estar como al principio?! Porfi...... te necesito! https://www.iberley.es/resoluciones/resolucion-vinculante-dgt-v1520-18-05-06-2018-1477054
Katiuska Ojeda 14/11/18 22:51
Ha respondido al tema Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial
Gracias por guiarme. Estaría aún perdida. Y claro que seguiré compartiendo lo que vaya pasando porque puede ser util e incluso vital, como en mi caso, para muchas personas que buscan desesperados respuestas en cualquier parte. Un abrazo!
Katiuska Ojeda 14/11/18 13:46
Ha respondido al tema Declarar atrasos percibidos tras sentencia judicial
Hoy han anulado la renta 2017 de la que resultaba la deuda de 8.300€ y por tanto ya no seguirán cargándome en cuenta el resto del fraccionamiento. Han rectificado la de 2016 en la que han imputado todos los ingresos sin los reintegros como Percepciones de ejercicios anteriores pendientes de Resolución Judicial (ahí es donde SIEMPRE ha estado la clave, como me has indicado Juan Lackland) con la correspondiente retención del 15%. El resultado son los 1.170€ a pagar, que ya comenté ayer. Me remitirán la propuesta de resolución para que yo haga la declaración y la presente en la Agencia Tributaria. Van a esperar a que les llegue la notificación de mi banco sobre el pago de la segunda cuota del fraccionamiento que fue el 5 de este mes, para así sumar los 2 pagos y compensar así la deuda que resultaría de 2016. Espero no haberme liado explicándolo. NO ESTOY CONFORME. Siguiendo tus consejos y con la sentencia que indicabas, he hecho los cálculos y considerándolos Rendimientos del trabajo, imputándolos a cada ejercicio, descontando los reintegros y teniendo en cuenta las retenciones aplicadas, resulta un importe a mi favor de algo más de 7.700 € + intereses y la devolución de los 1.400€ ya pagados, además de desaparecer la deuda. He pedido cita a un asesor fiscal que me han recomendado para hacer las rectificaciones, después deque me llegue toda esta documentación. Es muy probable que antes me reúna con el jefe del servicio (ahora está fuera por reuniones, vacaciones.... y fue quien en un primer momento me dijo que me devolverían todo) y con la persona que me ha estado tramitando todo esto en hacienda (que creo es la que no se entera de nada, aunque vaya de listilla sabionda). He podido tener esa oportunidad porque un familiar muy cercano lleva trabajando allí 30 años (aunque en la hacienda autonómica y en un departamento que nada tiene que ver con la tributaria. Ya saben, hay q tener amigos hasta en el infierno). También por eso y por ser considerados con mis limitaciones (soy una persona burbuja con SensibilidadQuímicaMúltiple grave y es muy perjudicial para mí salir de mi casa) me han atendido y comunicado cualquier cosa vía telefónica. En cuanto al trato, no puedo quejarme de nada. En esa reunión expondré todo esto que he calculado y les estamparé en las narices la susodicha Sentencia. Así que no sé cuándo podré contarles novedades hasta pasado un tiempo. Pero lo haré! Saludos!
Katiuska Ojeda 13/11/18 22:12
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Faltaría más!!!😉
Katiuska Ojeda 13/11/18 21:16
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Si algo he aprendido de toda esta experiencia es a ir "despacito y con buena letra". Ventajas de haberlo perdido CASI todo. Gracias!!!
Katiuska Ojeda 13/11/18 18:45
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No veo ya porque no paro de llorar. No me creo todo esto que me ha pasado. Me cuesta creer que haya gente tan incompetente, que te arrastren y destruyan tu vida. Inconcebible. Ya haré otra consulta referente a la reclamación por daños y perjuicios. Miles de euros, al margen de este lío de hacienda, para demostrar que estoy lo suficientemente enferma para no poder volver a trabajar, que nadie me va a devolver. El daño psicológico y físico de este calvario. Los meses que trabajé por alta de oficio y luego han sido considerados en situación de jubilación. Devolví esos haberes pero YO TUVE QUE IR A RASTRAS A TRABAJAR PARA LA ADMINISTRACIÓN. Qué pasa con mis retribuciones? ¿quién se ha quedado mi dinero y se ha aprovechado de mis servicios prestados? Mi abogado me dijo que no tenía derecho a reclamar nada porque no había malintencionalidad por la otra parte. Los inspectores de la Seg. Social sabían perfectamente que mi enfermedad, acreditada por el mejor y más prestigioso especialista del país, está considerada incapacitante. Ya hay muchísimas sentencias en estas enfermedades. ¿De verdad no hubo malintencionalidad y ensañamiento?
Katiuska Ojeda 13/11/18 18:33
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Vaya, ahora lo entiendo. Lo has explicado muy bien, cosa que no ha hecho nadie: ser profesional y honesto. Ni en la asesoría con la que he trabajado años supieron cómo hacer todo esto y me remitieron a la propia agencia el último día de plazo de la campaña 2017. Sigo informando y tengo novedades que me desconciertan. La persona que está tramitando todo lo mío me llamó antes para decirme que hay un error. La sentencia es de 2016 aunque se transcribió y se me comunicó en 2017 (se retrasó por ausencia del funcionario y yo de baja en baja y de alta de oficio del EVI cada mes con los descuentos en nómina correspondientes). Me dice que agarrándose a esa irregularidad, puede anular la renta 2017 y cancelar la deuda. Que los ingresos los ha imputado al ejercicio 2016 y que sale a pagar 1170€ (que he pagado sobradamente con los 2 pagos que llevo del fraccionamiento). Dando saltos, claro. Cancelé la cita del jueves. Pero ahora al leerte, creo que es mucho más dinero el que me corresponde porque al ponerlos como ingresos de ejercicios anteriores pendientes de resolución judicial, me retienen automáticamente el 15 % (ya lo aplicaron al pagarme todo). Son más de 4.000€ que tuve que solicitar prestados. Si se hiciera como me dices, año por año, serían aplicados los porcentajes que me corresponden por pensionista con más del 33%. Crees que lo he entendido bien? Porque me van a mandar todo esto por escrito para que firme y acepte sin reclamar nada más. Juan, de veras, si salgo de ésta me planto en la península donde sea y te doy un abrazo, aunque me cueste mi poca salud meterme en un avión!