Si tienes derecho a ello, en la declaración del IRPF se puede desgravar el 15% de lo pagado durante el año por la hipoteca de la vivienda habitual, hasta un máximo de 9040 €.Si amortizas 15000 en el mismo año no te desgravan el 15% del exceso, que sí podrías obtener si lo amortizas al año siguiente.
No veo por qué no se podrían tener varias conjuntas con diferentes cotitulares. Como no lo preciso, no he probado pero en ningún sitio veo que limite el número de cuentas del mismo titular.
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Eso depende del uso que prevea el plan urbanístico del municipio donde este ubicado ese terreno. Si ahora no lo admiten, la única forma, a parte de pleitear si hubiera base para ello, es intentar que modifiquen el plan urbanístico pero es muy lento aún si les convencieras. Y seguramente costoso.
Lamento comunicarte que mis conocimientos (esencialmente basados en experiencia vital) no alcanzan a sugerirte una via de solución.Habría que conseguir, si existe, la escritura que atribuye la propiedad de la finca y ver las lindes que suelen recogerse en ese tipode documentos. Otra vía, seguramente más ferragosa, sería consultar los padrones municipales que gravan la propiedad. El propio Ayto. puede sugerirte vías reales para dar solución al problema que planteas.Pero solo son ideas, no tengo ninguna formación jurídica formal en qué sustentarlas.
Ok, no entendí que tu expresión inicial daba por descontado que ese 2 era en realidad 2%. Además sobra un cero en mi cálculo, quise decir "hasta 36 veces más" 2^10Tu aportacion sería si cada día los intereses se acumulan a la deuda generando nueva deuda. Superaría el 1044%, figurativamente tan astronómico como la tasa límite máxima anual que, según cita @Petersen, no puede superar el 730%, por lo que parece que "solo" cobran el 2% sobre el principal, y encima "regalan" el día del año bisiesto 🥴