supongo que te refieres a que se lean esto:el nuevo plazo que el art. 100.2 de la LMVSI establece para la difusión del segundo informe financiero semestral (tres meses desde la finalización del anterior ejercicio) Pero no me negarás que rastrero por parte de la empresa acogerse a esa norma para retrasar el informar a los accionistas de como va la empresa cuando ya deben tener el informe realizado.Mal, muy mal por parte de la empresa. Porque tengo que ser respetuoso.......