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Pensiòn compensatoria por alimentos a la exmujer casilla 571
Muchas gracias Lunatico. Otra duda el pago de este retraso se acordo ante el juéz compensandolo con la cesión del 10% de la vivienda que tienen en común.
Sabes si hay que reflejarlo en en la declaración de la renta, y si es que si,
se esta obligado a presentar la renta por esto, en restos de rentas no se llega a la obligatoriedad.
Gacias
javibn24/04/13 13:58
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Duda fiscal
Por lo que yo sé el dinero de las cuentas corrientes no afecta a nada, solamente si lo pones en algun tipo de deposito donde genere intereser, los cuáles si se declaran en hacienda.
Lo que te digo es que si ese dinero de tus padres han pasado a una cuenta vuestra los titulares soy vosotros y hacienda si podria intentar ver porque motivo sois titulares pues se consideran donaciones y éstas si se declaran en el impuesto se sucesiones y donaciones,
lo que no se es a como tributa.
De todas formas igual no reclaman.
javibn24/04/13 10:06
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Pensiòn compensatoria por alimentos a la exmujer casilla 571
javibn24/04/13 08:46
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Pensión compensatoria por alimentos
Ayuda me es muy importante saberlo. Gacias
javibn24/04/13 08:44
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¿Os ha dejado presentar la declaración? (PADRE)
A mi me pasa igual tendremos que probar mas tarde.
El primer dia que se pudo descargar el programa padre tambien se tardó por lo menos hasta mediodia.
javibn24/04/13 08:09
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Declarar vivienda embargada por el banco
Hola esa pagina la abres desde el programa padre parte de arriba donde esta como un cuadrado con flechas rojas,(selecionar apartados de la declaración) le pinchas y abres el apartado GANANCIAS Y PERDIDAS PATRIMONIALES y marcas todos los recuadros.
Un saludo.
javibn24/04/13 07:52
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Pensión compensatoria por alimentos
javibn21/04/13 15:16
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Deduccion por alquiler de vivienda habitual
Con cumplir una de las cuatro de la A es suficiente, tambien lo que te indica Lunatico del B y C
Cuantías y requisitos para la aplicación de la deducción:
y El 10 por 100 de las cantidades satisfechas en el período impositivo en concepto de alquiler de la vivienda habitual, con el límite máximo de
300 euros anuales, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
a) Que el contribuyente se halle en alguna de las situaciones siguientes:
- Tener 32 o menos años de edad a la fecha de devengo del impuesto (normalmente, el 31 de diciembre de 2012).
- Haber estado en paro durante 183 días o más durante el ejercicio.
- Tener un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100.
- Ser viudo o viuda y tener 65 años o más.
b) Que la suma de las bases imponibles general y del ahorro del contribuyente menos el mínimo personal y familiar, suma de las casillas
455 y 465 de la página 10 menos el importe de la casilla 679 de la página 12 de declaración, no supere 20.000 euros anuales.
c) Que las cantidades satisfechas en concepto de alquiler excedan del 10 por 100 de los rendimientos netos del contribuyente.
El límite máximo será de 600 euros anuales, siempre que en la fecha de devengo del impuesto (normalmente, el 31 de diciembre de 2012) el
contribuyente pertenezca a una familia numerosa y cumpla los requisitos establecidos en las letras b) y c) anteriores.
Importante: en caso de tributación conjunta, siempre que alguno de los declarantes se halle en alguna de las circunstancias descritas en la letra a)
anterior o pertenezca a una familia numerosa, el importe máximo de la deducción es de 600 euros y el de la suma de las bases imponibles, general y
del ahorro menos el importe del mínimo personal y familiar es de 30.000 euros.
Otras condiciones para la aplicación de esta deducción:
– Esta deducción sólo puede aplicarse una vez, con independencia de que en un mismo contribuyente puedan concurrir más de una
circunstancia de las establecidas en la letra a) del apartado anterior "Cuantías y requisitos para la aplicación de la deducción".
– Una misma vivienda no puede dar lugar a la aplicación de una deducción superior a 600 euros. De acuerdo con ello, si por una misma
vivienda tiene derecho a la deducción más de un contribuyente, cada uno de ellos podrá aplicar en su declaración el importe que se obtenga de
dividir la cantidad resultante de la aplicación del 10 por 100 del gasto total o el límite máximo de 600 euros, si procede, por el número de
declarantes con derecho a la deducción.
– Los contribuyentes deben hacer constar el NIF del arrendador o arrendadora de la vivienda en la casilla 943 de la declaración.
Te recuerdo que en el programa padre de la renta en la pagina DEDUCCIÓN POR ALQUILER DE LA VIVIENDA HABITUAL Y POR DONATIVOS Anexo A.1 (II) Tambien se Desgrava el alquiler de vivienda habitual.
javibn21/04/13 13:49
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Deduccion por alquiler de vivienda habitual