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Participaciones del usuario guille.avz - Fiscalidad

guille.avz 07/04/16 19:28
Ha respondido al tema Campaña Renta 2015
EN el borrador siempre aparecía si estabas obligado a hacerla o no (según los datos que hubieses puesto) ¿Sabéis si este año sale en algún lado? (en las conjuntas sale, pero si estas soltero no aparece en el resumen de la declaración)
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guille.avz 06/03/16 12:40
Ha respondido al tema Rectificación de autoliquidación
Vuelve a hacer la declaración desde 0 con los datos correctos actuales con el programa PADRE del año 2014 y comparas ese resultado con el que tuviste. De ese modo tienes el calculo hecho.
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guille.avz 09/02/16 20:20
Ha respondido al tema Error ayuntamiento al girar ibi
Seguramente haya un error en el catastro y aparezca la propiedad a nombre de esas sociaedad (los ayuntamientos cogen los datos directamente del catastro). De ese error, en principio eres responsable tú.. Tambien comentarte que ningun ayuntamiento está obligado a comunicarte personalmente ni a girarte en ninguna cuenta el pago del IBI, ya que es un impuesto que se paga todos los años y el propietario tiene que estar pendiente a los plazos publicados. Como te digo, no están obligados a mandarte ninguna carta ni nada similar, por lo que, salvo mejor opinión, no hay nada que rascar.
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guille.avz 15/12/15 21:48
Ha respondido al tema Embargo Cuenta Bancaria
Desde luego parece que ha sido un juzgado y no la AEAT o un ayuntamiento (descartamos multas y ese tipo de cosas) La verdad me sorprende que te embarguen mas de lo que tienes en la cuenta, no creo que sea legal la verdad. A ver si se pasa algun entendido en el tema
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guille.avz 21/11/15 14:43
Ha respondido al tema Devolución retenciones deposito
En territorio comun puedo confirmar que con rentas no superirores a 1500€ en ese año, se puede confirmar el borrador y obtener la devolucion en un par de dias. Incluso en algunos casos, era la propia agencia tributaria la que enviaba el borrador al hijo para que obtuviese la devolucion (cuando los padres no hacian conjunta)
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guille.avz 12/09/15 13:29
Ha respondido al tema Dudas Diligencia de embargo de creditos (parte pagadora del crédito). Alquiler de vivienda habitual
En la propia carta deben venirte las instrucciones sobre como realizar el pago. A partir de ahora vas a pagar el alquiler a la Agencia tributaria en vez de a la empresa que te alquiló el piso porque le han embargado, no pueden echarte del piso ni nada similar. Lógicamente vas a poder seguir desgravando. Si la AEAT embarga definitivamente el piso, lo subastaría y pasarías a ser inquilina del nuevo propietario.
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