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Participaciones del usuario goodfellas

goodfellas 21/08/22 19:02
Ha respondido al tema Cesión gratuita de una vivienda a título oneroso. Herencia yacente.
Muchas gracias Anrabro por contestar!, Esto que me dices es así, aunque no hayamos aceptado la herencia...? Un hermano  preguntó a un abogado y este le dijo que no había ningún problema con que mi sobrino viviera en el inmueble, puesto que éramos mayoría de hermanos los que estábamos  de acuerdo en este hecho y, que el hermano disidente no tenía nada que hacer al respecto por eso, por ser mayoría, que no había problema alguno. Pero yo no me quedé muy convencida de esta contestación, por eso estoy aquí, viendo si alguien puede ayudarme a no intentar liar más este entuerto.Puede repercutir todo este hecho de alguna forma negativa en mi subsidio de 55 años?Todo lo que podáis aportar, es bienvenido.Gracias mil!
goodfellas 21/08/22 18:42
Ha respondido al tema Cesión gratuita de una vivienda a título oneroso. Herencia yacente.
Aunque nosotros no hayamos aceptado aún nada...Repercute también en mi subsidio de 55 años?Gracias de nuevo, Juan!
goodfellas 21/08/22 16:16
Ha respondido al tema Cesión gratuita de una vivienda a título oneroso. Herencia yacente.
Juan,  por qué consideras que esa cesión es lucrativa? Acabo que en la transmisión lucrativa un bien cambia de titularidad sin que la persona que lo entrega reciba nada a cambio. En este caso el bien no cambia de titularidad, o tiene que ver algo que el sobrino pague los gastos de la vivienda desde su cuenta que está a su nombre? Explícame porque no entiendo esto.Mil gracias!
goodfellas 21/08/22 14:40
Ha respondido al tema Cesión gratuita de una vivienda a título oneroso. Herencia yacente.
Buenos días, Juan! Muchas gracias por contestar.Entonces cómo habría que hacerlo para que no hubiese problemas con ese hermano? Por precario? La cesión del uso de la vivienda al sobrino de forma gratuita para que la use sin más, es decir no está condicionada ni a tiempo ni a ninguna otra circunstancia, y no requiere formalización?Un saludo!
goodfellas 21/08/22 05:37
Ha publicado el tema Cesión gratuita de una vivienda a título oneroso. Herencia yacente.
goodfellas 09/02/20 08:18
Ha respondido al tema ¿Se considera donación?
Y lo último y muy importante que se me olvidó antes preguntar, póngamonos en el peor de los casos que no lleguemos a acuerdo y mi hermano nos lleve a juicio, la forma de hacerlo sería diferente de considerarse donación o préstamo, imagino. Mi hijo comenzó a devolver ése dinero a la cuenta de mi madre, de dónde salíó (2.500 euros en total) hasta que mi madre le dijo que no devolviera nada más, que ese dinero aunque mi hermano no estuviera de acuerdo era para él (para mi hijo).Pongámonos en el caso de que fuese DONACIÓN, qué tendría que devolver? el total de lo 15,000 euros no tendría que devolverlos, no?, hay 1/3 que élla,(mi madre) podía dar a quien quisiera (en este caso a mi hijo) y 2/3 que corresponden a los herederos. Si es así, en vez de 15.000 son 10.000 lo que tendría que devolver, menos los 2.500 que ingresó la cuenta en cantidades pequeñas en varios meses y a dividir entre cuatro hermanos? estoy en lo cierto o me corriges?Y en el caso de que lo consideraran préstamo, porque empezó a devolver esa cantidad a la cuenta de mi madre (2.500 Euros), mi hermano puede denunciar por no haber terminado de devolver el resto del dinero, entonces devolvería 12.500 y se dividirían entre los cuatro hermanos pero en ningún caso irían los 15.000 euros en su totalidad para el denunciante.Por éso es muy importante lo de la prescripción porque nos puede denunciar pero si está prescrito, no puede chantagear con lo del fisco.Mil gracias de nuevo,Espero que nos puedas aclarar algo.
goodfellas 09/02/20 07:27
Ha respondido al tema ¿Se considera donación?
Buenos días.En primer lugar, agradecer tu interés, Leopol y los consejos que me das. Siempre me son de gran ayuda. En segundo lugar me planteo una duda, la donación tiene efectos para iniciar el cómputo de la prescripción desde que se produce alguna de las tres circunstancias1º.- Se eleva a público (no se ha producido). 2.- Fallece alguno de los contratantes (mi madre murió el año pasado y la donación se hizo hace diez años.)3.- Un funcionario público tiene conocimiento de la transmisión por razón de su cargo. (Qué significa ésto?)Si se diera el caso de que se comience a devolver el dinero a la cuenta bancaria de dóde salió, ya no se consideraría donación, sino préstamo?Agradezco de antemano de nuevo tu interés y espero tu amable respuesta.Un saludo
goodfellas 07/02/20 04:25
Ha respondido al tema ¿Se considera donación?
Buenas noches!Depués de casi cinco años vuelvo a retomar este hilo porque, cómo bien decían por ahí, a veces hay que temerle más a la familia que al fisco.A continuación paso a referiros el asunto que me trae de nuevo por aquí para ver si podéis ayudarme con el tema.Mi madre falleció en Marzo de 2019 y, desde entonces dos de mis hermanos y yo, no hemos podido aceptar su parte de la herencia porque hay un cuarto hermano,(somos cuatro en total) que se niega a firmarla.Después llevar casi un año intentando conseguir por la buenas llegar a una acepetación amistosa con él, cosa que ha sido completamente imposibe, lo último que nos ha comunicado a través de su abogado es que quiere que le demos cinco mil euros cada uno para que él firme dicha aceptación pero no ha dicho, en más de un mes desde decirlo, a cuenta de qué pide ese dinero y se lo hemos preguntado reiteradamente.Cuando mi madre vivía yo fui la que me ocupé de élla, el resto de hermanos siempre pusieron problemas con lo que recayó sobre mí su cuidado.Mi madre sabía que sólo podía contar conmigo por lo que se estaba viendo y quiso recompensarme con 15.000 euros en metálico que ella misma sacó de su cuenta y se los entregó a mi hijo porque iba a comprarse su casa. Ese fue su deseo.En aquel momento uno de mis hermanos se enteró (no es el que ahora no quiere firmar y pide los quince mil para firmar, es el otro ) y dijo a mi madre que a él éso no le parecía bien. Pero mi madre hizo oídos sordos.Bien, llegados a este punto, nos encontrábamos tres hermanos posicionados de un lado y el que no quiere firmar del otro. Pues ahora, el que esta posicionado del mío dice que si conseguimos averiguar por qué el cuarto hermano en discordia pide ese dinero y se trata de que es el que mi madre nos díó en su momento a mi hijo y a mí, él no va a pagar ni un duro de ésto. Por lo que me tocaría a mi devolverlo?Pueden llegar a obligarme a hacerlo? Mi madre no dejó nada firmado, ni por escrito.Se considera ésto donación y cómo tal, tengo que devolver esa cantidad una vez "agún día lejano" ... se llegue a cuerdo y podamos vender, descontándola de la parte de herencia que me corresponda? El lunes próximo hemos quedado los tres hermanos y no sé qué hacer.Agradezco de antemano vuestra atención.Un cordial saludo.
goodfellas 05/09/19 18:46
Ha respondido al tema Sepe - herencia- subsidio mayores 55 años.
Este caso que te he comentado anteriormente  no es el mío es el de la persona que abre este hilo, un tal Collado que se encontraba en esta situación y que tenía que ver con el tema del Impuesto de Sucesiones que ahora me preocupa y que tengo que presentar por la parte de mi madre que falleció el 24 de Marzo de este año porque se cumple el plazo de los seis para poder presentarlo el dia 24 de este mes de septiembre en curso y no he podido firmar  adjudicación y aceptación de herencia porque uno de mis tres hermanos no quiere firmar.El texto entrecomillado es del un tal Collado que abre este hilo y es el siguiente y que te envié también más arriba. "Buenos días, Mi padre falleció el 5 de octubre de 2015. El 29 de Marzo hicimos el impuesto de sucesiones y no estábamos obligados por ley ha hacer la Escritura de herederos. Estoy cobrando el subsidio para mayores de 55 años. En mayo, fecha en la que tenía que hacer declaración de rentas del Sepe he comunicado que soy heredera, junto con mis dos hermanos (creo que nuda heredera) de una parte del 50% de mi padre, ya que mi madre vive y estaba en gananciales y además posee el usufructo. Me han dicho que estudiarán mi caso pero que pueden tomar como fecha de aceptación de herencia la fecha de fallecimiento y no la fecha en la que hemos presentado el impuesto de sucesiones con lo que desde Octubre pasado habrían pasado siete meses desde la fecha en que debía comunicarlo. Cada persona del Sepe tiene un criterio y aunque aún no sé nada, me gustaría adelantarme a mis derechos. No entiendo que una Administración fije seis meses para poder hacer el impuesto de sucesiones y el Sepe te diga otra cosa, en alguna parte tiene que estar regulado. Puede ayudarme para saber si puedo contar con que la fecha de comunicación al Sepe sería a partir del 29 de Marzo?. Muchas gracias." - TE VUELVO A RESUMIR MI CASO.Mi padre fallece hace diceciséis años y no se hace adjudicación ni aceptación de hererencia, ni se presentan ninguno de los impuestos Plusvalía o Sucesiones. El año pasado solicito subsidio de 55 años con fecha de Septiembre de 2018 y me lo conceden, con lo cuál hasta el momento estoy recibiendo la ayuda.Desde que falleció mi madre, 24 de Marzo 2019,  hemos intentado dos de mis hermanos y yo que, un cuarto hermano en discordia firme adjudicación y aceptación de herencia,(Iba a ser una doble adjudicación y aceptación de herencia, la parte de mi padre y la de mi madre) sin haberlo logrado hasta ahora y hoy mismo nos comunica que no la va a firmar antes de que se cumpla el plazo de los seis meses que tenemos para presentar el Impuesto de Sucesiones.Ahora no nos queda más remedio que presentar el Impuesto de Sucesiones y plusvalía mis dos hermanos y yo, antes de que se cumpla el plazo de los seis meses que tenemos para presentarlo, que es el 24 de Septiembre, mes en curso.(El modelo 660 irá sin la firma del hermano en discordia) porque no va a querer firmarlo.Una vez presentado el Impuesto de Sucesiones, TENGO YO QUE COMUNICARLO AL SEPE AUNQUE NO HAYAMOS ACEPTADO LA HERENCIA? Tendría también que incluirlo (me refiero a los modelos presentados en el Impuesto de Sucesiones) en la declaración de rentas de este año que hay que hacer anualmente todos los años con el Sepe porque me coincide también que tengo que hacerla este mes de Septiembre en curso?No sabes cuáto te agradezco tu atención.Recibe un cordial saludo.
goodfellas 05/09/19 06:45
Ha respondido al tema Sepe - herencia- subsidio mayores 55 años.
Y ésto es lo que ella saca en consecuencia de por qué el SEpe toma la fecha de fallecimiento de su padre. "Gracias a todos, de verdad, por vuestras opiniones. Parece ser que lo importante, la fecha, es la de aceptación de herencia en el notario. Como nosotros, mis hermanos y yo, no hemos pasado por el Notario porque la ley no te obliga y lo que sí obliga es ha hacer el impuesto de sucesiones es por lo que interpreto que al ser nuda propietaria según explican en el impuesto realizado el 29 de marzo y allí ellos hacen constar la masa hereditaria, la fecha a tomar sería esa porque supuestamente es cuando estoy aceptando la herencia. No hay otro documento de aceptación y creo que no podrían partir del fallecimiento porque hasta que no se presentan todos los papeles en la Comunidad de Madrid no te dicen si tienes que pagar o no y que parte de la herencia tienes. Cualquier comentario será muy agradecido."