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Participaciones del usuario Gallofa

Gallofa 17/01/10 15:07
Ha respondido al tema Adiós a la Deducción por Vivienda Habitual con la Nueva Ley de Economía Sostenible
Con toda sinceridad; no creo que la deducción por inversión en vivienda habitual se acabe suprimiendo. Aunque desde luego sería del todo positivo la supresión, pero no sólo para más de 25.000, sino para todos. Este anuncio con fecha de caducidad 31/12/2010 sólo es (como toda la política propagandística del lobby de los especuladores, de los bancos y del gobierno, si es que se pueden diferenciar los unos del otro) una artimaña para espolear a la gente a que continue dando cuerda a la estafa piramidal que supone el tema de la vivienda en España, haciéndoles meterse comprar con el miedo de "es que el año que viene me saldrá peor" (igual que cuando nuestros padres, suegros, amigos etc. nos animaban en los primeros años de la década a meternos cuanto antes en una vivienda porque "el año que viene será un 15% más caro"). Si el PP gana las próximas elecciones mantendrá o incrementará la deducción. Si ZP continúa, con mucha probabilidad se sacarán algún argumento del tipo "la coyuntura para el que se diseñó la medida de supresión de la deducción ha variado y la hace innecesaria" (recordemos que la deducción de los 400 euros también iba a ser "permanente" en el tiempo). Tenemos la clase política más vergonzosa de Europa Occidental con permiso de la italiana. Ningún amigo extranjero logra entender como en España un político corrupto (se llame como se llame, tenga el color que tenga su corbata) incluso después de procesado saca aún más votos en la siguiente elección; no hay ninguna duda de que ése aspecto de la clase política española (así como su ínfima preparación académica o intelectual) está relacionado directamente (no sabría estimar hasta qué punto) con la también insólita en Europa situación de la especulación inmobiliaria en España. Tocar este tema o decidirse a arrancarlo de raiz (fin de la VPO en propiedad -un indecente sorteo de lotería en un país corrupto y fraudulento hasta los tuétanos-; parque público de viviendas exclusivamente en alquiler; fin de estímulos fiscales a la especulación; prohibición de hipotecas a más de 30 años, etc.) podría suponer consecuencias sociológicas, políticas y económicas previsibles, pero también imprevisibles. Es por ello que los Pajín, Blanco, Camps, Moragas, Sanz o Txentxo Jiménez no se arriesgarán a tocarlo de verdad, fuera del mamoneo político gente como ésta (teniendo en cuenta su verdadera capacidad, su formación y sus méritos) estaría perdida.
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Gallofa 10/01/10 23:50
Ha respondido al tema Qué escala de gravamen estatal se aplicará a la parte general en 2010?
Lo más seguro es que la intención que tuvieran fuera la que apuntas, pero yo no consideré esa posibilidad porque la misma disposición adicional segunda de la Ley 22/2009 añade a la Ley del IRPF una disposición transitoria decimosexta que regula el tema de la tributación por IRPF en el caso de autonomías que no opten por el nuevo sistema diciendo que en ese caso (de los contribuyentes radicados en autonomías que no se sumen al nuevo sistema) se aplicará la escala y demás previsiones de la Ley del IRPF en su redacción vigente a 31 de diciembre de 2009. Así que al establecer ya esa previsión me suena raro que la aparente contradicción entre la ley de presupuestos y ésta sea precisamente por contemplar el caso de autonomías que no se sumen. Por otro lado, en la misma disposición adicional segunda de la Ley 22/2009 a pesar de que en la escala general reparten las tarifas 50% para la parte estatal y 50% para la autonómica; en el caso de la parte especial ese reparto al 50% no contempla la subida de tributación decidida para la esa parte especial del 18% al 19%, ya que se afirma taxativamente que el tipo a aplicar para determinar tanto la cuota estatal de la parte especial, como la cuota especial autonómica será del 9% y del 95...una vez subida la tarifa del 18 al 19% entiendo que lo suyo sería que el tipo a aplicar fuera del 9.5% para cada una de las dos. Todo esto si es que no me terminando despistando, claro... Abrazo bat.
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Gallofa 31/12/09 10:23
Ha respondido al tema Ventajas de navarros y vascos
No puse en duda que fuera cierto lo que afirmabas respecto a los 3 puntos menos de tipo máximo en los 90 (cómo han cambiado las cosas en sólo 14 años....) lo que pretendía resaltar es que las diferencias finales son casi inapreciables salvo casos concretos. No obstante, nunca había hecho el supuesto con una base alta del tipo de 50.000. De hecho tengo que reconocer que (si no he hecho mal el cálculo) algo de razón llevabas y con una cantidad así la diferencia que se observa sí que es apreciable (aunque no es ninguna barbaridad), tras tu comentario he hecho la simulación sin ningún tipo de reducción o deducción especial, y con unos ingresos totales únicamente por trabajo de 50000 euros y un tipo de retención estándar de 21% la base liquidable que quedaría en el estado sería de 44.150 y en Navarra de 43.100. Y aplicando la escala de gravamen vigente actualmente en uno y otro lugar (suponiendo a Madrid como la CA de Régimen Común en este caso) la cuota diferencial que queda en uno y otro sitio se diferencia en 200 euros, pero no a favor de Navarra precisamente. Salen 411 a pagar en el Estado y 604 a pagar en Navarra (probablemente porque en Navarra hay cinco tramos de tributación frente a los 4 del EStado). Sin embargo, con ingresos totales de 12000 0 24000 euros las cuotas sí que salen similares, con diferencias irrelevantes. Un saludo, gracias por contestar, he aprendido mucho en estos foros. Feliz Año.
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Gallofa 30/12/09 16:21
Ha respondido al tema Ventajas de navarros y vascos
Sigo defendiendo que son similares, y al mismo tiempo vuelvo a repetir que para casos concretos puede resultar más beneficioso uno u otro. Yo no tengo una base liquidable de 50.000, pero vivo de alquiler y en ese caso concreto seguro que me saldría mejor tributar en el estado porque la deducción allí en Madrid por ejemplo es el doble -y eso tampoco es moco de pavo-; pero la fiscalidad general es equivalente. Por otro lado, no entiendo la presunta diferencia de 3000 euros que comentas. Aplicar un tipo de 56% o de 53% sobre una base de 50.000 arroja cuotas que no se diferencia en 1500, no en 3000 (si no me he despistao). En cualquier caso, la base no se calcula igual en Navarra y en el Estado, esos 50000 de base en el estado, quiza no fueran igual en Navarra... Para mí que en vivido en Navarra y fuera de ella, sí son leyendas urbanas, los fueros son una rémora feudal sin incidencia sustancial en lo que a desarrollo se refiere; Guipúzcoa y Vizcaya también tiene fama de administrar bien el dinero y no tuvieron los "fueros" durante la mitad del siglo XX. Creo que Navarra gestiona mejor (si es que lo hace) para empezar porque es una comunidad pequeña y dar servicios a 600.000 habitantes no es lo mismo que hacerlo a 7 millones. En cualquier caso yo me refería sólo al IRPF, en cuanto a derecho civil, todos los navarros estamos muy orgullosos de poder inaplicar la legítima estatal y poder desheredar a nuestros hijos sin problema, jeje. Un saludo.
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Gallofa 29/12/09 22:14
Ha respondido al tema Ventajas de navarros y vascos
En el caso de Navarra que es el yo sufro y conozco, las diferencias finales en cuanto a IRPF con el régimen común son en general nimias. Los supuestos privilegios fiscales de Navarra son en su 95% una leyenda urbana y la "autonomía fiscal" y el "régimen foral propio" también. La Ley del Convenio Económico entre Navarra y el Estado recoge la obligación de Navarra de hacer que la presión fiscal efectiva global sea equivalente a la del Estado, lo que se traduce en que cualquier medida estúpida, populista o acertada que proponga el Gobierno Central tiene que ser implantada casi inmediatamente (vía Decretos Forales Legislativos de Armonización Tributaria) por Navarra, no pudiendo dar más que algún pequeño retoque (así, hace dos años se puso en Navarra la deducción de 440 euros en respuesta a la estúpida medida de los 400 del Estado, aunque en Navarra la deducción no fue lineal y respetó la progresividad; y ahora que el Estado la quita, Navarra hace lo propio manteniéndola solo para rentas muy bajas; del mismo modo la subida del tipo especial del ahorro al 21% para incrementos superiores a 6000 también se ha aprobado en Navarra hace escasos días aunque a las inferiores a 6000 se ha dejado en 18% y no se ha subido a 19% como en territorio Común y cuando el Estado decidió quitar el Impuesto de Patrimonio a Navarra le faltó tiempo para aprobar el oportuno Decreto Foral Legislativo de Armonización). Esto ha sido siempre así y no responde a la buena sintonía política del momento entre Pamplona y Madrid, es mandato legal (y creo que la Ley del Concierto Vasco también recoge una precepto similar acerca de presión efectiva global equivalente). En cuanto al cálculo del impuesto, como se ha dicho son dos maneras diferentes, pero la estructura es la misma con algunos particularidades (por ejemplo el mínimo personal es efectivamente de 3700 y no de cinco mil y pico como en el Estado, pero no se calcula una cuota sobre ése mínimo para luego descontarla de la general y hallar así la cuota íntegra como se hace en el Estado, sino que se reduce simplemente esa cantidad de 3700 de la base imponible para calcular la liquidable antes de aplicar el tipo de gravamen por lo que el efecto en la cuota termina siendo prácticamente el mismo; y por otro lado en Navarra no se aplica sobre los rendimientos del trabajo la reducción general del trabajo de 2652, si no que lo que hay es una deducción de la cuota de 700 euros por razón de rendimientos del trabajo que también acaba teniendo un efecto final parecido; y en el caso de cobro de atrasos en Navarra se puede decidir por imputarlos al ejercicio en que fueron exigibles o hacerlo al ejercicio en que efectivamente se cobraron, en el Estado es obligación imputarlos al que fueron exigibles; las ayudas para decodificadores de la TDT están exentas... y alguna bobada más). Haciendo ambas declaraciones con los mismos datos, termina saliendo un resultado bastante similar y desde luego, como se ha apuntado, el sistema navarro incentiva y subvenciona la especulación inmobiliaria en los mismos volúmenes que el estatal. En general (y aunque ya digo que es muy parecido) el sistema navarro es algo más progresivo en lo que a gravamen general se refiere (más tramos, tipos ligeramente menores, tipo máximo algo superior, etc.), pero como contrapartida tiene muchas menos deducciones y reducciones por coyunturas concretas (la deducción por alquiler en Navarra es muy inferior a cualquier otra autonomía, no existe reducción por movilidad geográfica, etc.) por lo que el resultado es parejo. Como en todo, habrá casos concretos en que (vía deducciones y reducciones específicas) en los que resulte más beneficioso que el sistema de régimen Común y en otros éste tendrá más rendijas para escapar, pero el sistema (tal y como manda la Ley del Convenio) guarda una presión fiscal equivalente y la Ley del IRPF estatal y la Ley Foral del IRPF presentan en su gran mayoría artículos calcados. Finalmente se puede decir que al tener menos deducciones y reducciones especiales, el sistema navarro termina siendo más justo, más simple y menos proclive y permeable al fraude, pero lo de los privilegios de los navarros es sólo un mito de explotación política (en Pamplona, y en Madrid).
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Gallofa 25/11/08 17:31
Ha respondido al tema Rebajar el IVA ¿buena medida?
Una medida de este tipo no llegarían a notarla los consumidores. La bajada del IVA no se traduciría en minoración de los precios (salvo en el muy muy corto plazo), sino en ensanchamiento de los márgenes comerciales. Esta medida fue aplicada por Venezuela (entre otros países) en 2007 y no sirvió más que para sujetar la inflación durante apenas un par de meses. Es un error......otro más...de la caterva de políticos que nos timonean.
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Gallofa 29/09/08 18:29
Ha respondido al tema Copia de la nomina en Ibanesto
Yo también leí en el correo de confirmación que en el caso de productos azules no había que enviar la copia de la nómina; pero luego me llegaron dos correos más advirtiéndome de que de no enviarles la nómina la cuenta no quedaría operativa. Les mandé un correo haciendo referencia a que en el anterior ponían que en el caso de productos azules no era necesario y me contestaron ignorando lo que les decía y sólo diciéndome que "sí, es muy conveniente que no la envíe cuanto antes". Hoy han procesado la OTE (que evidentemente y en vista del historial de este banco ha sido del mínimo que se exigía) y me han mandado otro correo diciendo que el dinero les ha llegado pero que no puedo operar con la cuenta por no haber recibido la copia de mi nómina. Todo este descontrol me ha hecho dar la razón a la legión de gente que ha hablado mal de este banco. No leen los correos que se les envía a atención al cliente:; Se contradicen en los correos que mandan ellos. Al teléfono nadie sabe nada, todo es "espere, pregunto". Por otro lado la solicitud de apertura de cuenta la hice el día 18 de julio, y aun no puedo operar, a pesar de haber cedido y haberles mandado hace dos semanas la susodicha nómina. Pero con todo esto no creo que lleguen a ver mi capital en sus manos.
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Gallofa 29/09/08 18:14
Ha respondido al tema Cobran por transferencia a otra entidad x internet en Sa Nostra?
En las condiciones del contrato de la cuenta especifica claramente que las transferencias conllevan comisión. No obstante, desde atención al cliente de Sa Nostra me afirmaron que la cuenta remunerada está sujeta a una promoción y está exenta indefinidamente del cobro de las comisiones mencionadas en el contrato (realmente entonces no sé para qué las sigues mencionando en el contrato).
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