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diazro 01/06/20 12:40
Ha comentado en el artículo Cómo hacer la declaración de la Renta en 2020: esquema del IRPF y novedades
Hola JimixMe imagino que la información que comentas la has visto en el apartado "Datos" de la Declaración de la Renta. En esa misma pantalla puedes selecionar "Datos no trasladados" y comprobar de qué se trata. También puedes aclarar tus dudas entrando en el apartado de "Datos fiscales"Por lo que indica la Nota, se trata de la venta de un activo financiero. Puede ser por la venta de Acciones, CFD,s, Criptomonedas, ETF, etc. En ese apartado no aparecerán los reembosos de los Fondos de Inversión que se habieran realizado durante el año 2019, porque las operaciones de venta de los Fondos de Inversión se introducen automáticamente en el borrador de la declaración de la Renta.Una vez te hayas informado de qué se trata, tendrás que incorporarlo en la Declaración de la Renta. Creo que tendrás que declarar una "Variación Patrimonial" de la que se puede derivar una ganancia o una pérdida, pero que insisto que tendrás que declarar si no quieres tener problemas con Hacienda. Te aconsejo que si tienes dudas de cómo declarar por estos conceptos, veas alguno de los videos que tengo publicados en mi Blog.Cuando sepas de que se trata este asunto, dímelo y te aconsejaré la forma de resolverlo.Saludos.
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diazro 25/05/20 18:07
Ha comentado en el artículo Cómo hacer la declaración de la Renta en 2020: esquema del IRPF y novedades
Hola AlluviaSi has trasladado los datos de tu padre al borrador y te sale a devolver la cantidad que indincas, no dudes en la cantidad que salga porque seguro es la que le corresponde, dado que todo el proceso de la Renta es en automático. Para solicitar la devolución, te aconsejo que sigas las intrucciones que indico en mi video tutorial y dado que la cantidad a devolver es menor de 2.000 euros, comprobarás que es un proceso sencillo y lo puedes hacer telemáticamente.Saludos,
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diazro 25/05/20 10:35
Ha comentado en el artículo Cómo hacer la declaración de la Renta en 2020: esquema del IRPF y novedades
Hola AlluviaLa diferencia que ves en la asignación del nº de la casilla, depende del uso del inmueble. Por tanto, si tu padre tenia varios inmuebles, tienes que identificarlos todos indicando cual de ellos es su casa habitual y los que están "a disposición del contribuyente". En todos has de poner los dias de duración que será el periodo comprendido entre el 01/01/2019 y la fecha de fallecimiento. Recuerda que la vivienda habitual no tributa en la Renta.En relación con la renta de tu madre, desconozco quien hereda el 50% de los inmuebles de tu padre, pero por lo que deduzco de tu mensaje, tu madre ya tenia el 50% de la propiedad del piso en el que vivia con tu padre y continua viviendo en esa casa. Por tanto, debe poner en su Renta de que esa vivienda es su casa habitual (los 365 dias del año). Si quiere puede poner que el periodo ha sido de 365 - los dias que vivió tu padre. Dará igual cómo lo haga porque la vivienda habitual no tributa en la Renta. También es posible que no esté obligad hacer Declaración si no ha tenido ingresos del trabajo o son muy bajos (pensión de viudedad).Si te queda alguna duda, me escribes y te aclaro.Saludos,
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diazro 02/05/20 19:41
Ha comentado en el artículo Cómo hacer la declaración de la Renta en 2020: esquema del IRPF y novedades
Hola IpeterCon los datos que aportas no te puedo dar una respuesta concreta.Estando en la fase inicial de la Renta, Hacienda te consulta si quieres introducir algunos datos que aparecen en tus datos fiscales pero que requieren información adicional. Por tanto, lo primero que tenemos que saber es lo que hay en tus datos fiscales en ese importe de 314€ y lo debes hacer es consultar este dato. Si no has continuado con tu renta porque no sabias lo que poner, te aconsejo que te vayas a la página Web de Hacienda y consultes el apartado "Datos Fiscales". De esa manera sabrás de que se trata y es posible que junto a la cantidad de los 314€ aparezca (no lo sé) otra cantidad (exención?, gasto? ) y es posible que haya que sumarla a la anterior para obtener los rendimientos integros percibidos.Te propongo que inicies de nuevo tu Renta y que confirmes que quieres incorporar ese dato y cuando te pida el importe integro pongas los 314€. De esta forma podrás continuar con tu declaración de la Renta y antes de entregarla, me escribes con lo que pone en tus datos fiscales y ya te indico si tiene que hacer alguna modificación en la Renta por este concepto.Saludos,
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diazro 15/04/20 19:56
Ha comentado en el artículo Hacer la declaración de la renta en 2020: Modificar o añadir datos al borrador
Hola MarialpSi tienes claro que Hacienda no ha introducido el importe de los dividendos que comentas y tiene el justificante del Banco, debes meterlo. El impacto en tu renta será practicamente nulo porque a los dividendo les aplican retenciones, por lo que ya has pagado los impuestos y Hacienda nunca te va reclamar ese ingreso. El introducir los datos es muy sencillo. Te vas a la pestaña de los rendimientos del capital mobiliario e introduces las cantidades que te haya dado tu Banco.Cómo ya he dicho en mis videos, todos los rendimientos del capital mobiliario, los mete Hacienda en tu Borrador. Por tanto, yo no me preocuparia mucho por este asunto. Si recibes en tu banco dividendo del extranjero, automáticamente Hacienda los mete a tu Borrador. Otra cosa distinta es con el tema de la doble imposición de rendimientos en el extranjero. Esto sí que es un lio porque depende mucho de los convenios entre los paises afectados. Mi consejo es que no te agobies con estos asuntos, sopena que tengas unos ingresos altísimos de dividendos extranjeros. En ese caso, deberias acudir a un buen asesor fiscal.Saludos,
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diazro 14/04/20 19:20
Ha comentado en el artículo ¿Cómo tributan las pérdidas de los accionistas del Banco Popular?
Hola EnriqueSi sigues el ejemplo de venta de acciones que he puesto en mi video (abajo te pongo el enlace), no aparece nada referente a las retenciones. Solo necesitas el precio de venta y el precio de compra.En cuanto, al tratamiento de la compensación de las ganancias y pérdidas de los 4 años anteriores, lo hace el programa en automático. No tienes que hacer nada. Además podrás comprobar en tu Declaración de la Renta, cuantas pérdidas quedan pendientes de compensar al acabar el ejercicio.Saludoshttps://www.youtube.com/watch?v=s_-iuM6W4ts&t=621s
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