Acceder

Contenidos recomendados por diazro

diazro 01/04/21 12:44
Ha comentado en el artículo Declaración de la Renta (IV): ¿Cómo declarar las ganancias y pérdidas patrimoniales?
Hola PatxiTal como te dije en mi mensaje anterior, no tengo claro lo de la normativa de 1 año para las compensaciones patrimoniales de acciones en el extranjero, pero voy a darte mi opinión respecto a cómo proceder, porque yo también trabajé en una Empresa (Española) que tiene un programa de compra acciones propias y he ayudado a varios compañeros en los trámites fiscales cuando han vendido sus acciones.Mi opinió al respecto, es:- Es conveniente que contactes con tu Broker o con el "Departamento de ayuda al empleado" indicando que vas a vender acciones y que necesitas el extracto de todas las operaciones de adquisición las acciones, tanto de forma directa, cómo a través de los dividendos.- Yo no creo que la compra de acciones a través de los dividendos, pueda afectar a la normativa de 1 año para las compensaciones. En el caso de mi Empresa, sí que hay una cláusula que impide que se puedan vender las acciones antes de 3 años, debido a la ventaja fiscal  por la compra de acciones de la propia empresa.- En cuanto a la venta de las acciones, podemos encontrarnos dos situaciones:  a) Venta de todas las acciones.- En este caso para determinar el precio de compra, sumaria el importe de todas las compras (incluyendo el importe de los dividendos) y el precio de venta seria el obtenido en la venta, menos los gastos de la operación de venta.b) Venta parcial de acciones: Aplica el método FIFO, es decir, el precio de compra es el de las acciones más antiguas y el de venta el obtenido en la venta menos los gastos.Cómo ves el tema es bastante complejo y se escapa del objetivo de este Foro que es tratar cuestiones y aclaraciones de tipo general.Si crees que te puedo ayudar sobre este asunto, me mandas un email privado, pero te aconsejo que consultes con un gestor profesional.Suerte en tu operativa!Saludos,
ir al comentario
diazro 21/12/20 21:37
Ha comentado en el artículo ¿Cómo planificar el rescate de los planes de pensiones?
Hola VeslavaVeo que te urgen respuestas ante las dudas que tienes para el rescate del PP de tu madre. Trataré de responder a tus cuestiones pero te aconsejo que no te precipites con el rescate porque una mala decisión puede tener mucho impacto fiscal.Te pongo un enlace para que puedas ver un video que he publicado en Rankia con "consejos para la Declaración de la Renta" y en este video trato el tema del rescate del PP.https://www.youtube.com/watch?v=xhUmqL3c7_8&t=987sTe respondo a las cuestiones que planteas:- Todos las rentas que se perciben en el año, incluidas la pensión de Jubilación, tributa en el IRPF.- Cuando rescatas un PP, lo que percibes se incluye en tu renta como un rendimiento del trabajo y se suma a otras rentas que hayas percibido (la pensión). Tributan en la Base General y por tanto, te va a impactar mucho (fiscalmente). Yo siempre recomiento no rescatar más de lo que necesites para complementar tu pensión. Además, la parte no rescatada, está invertida y te dará más intereses que tener el dinero en tu cuenta del Banco.- Si el rescate te lo abonan en 2021, lo percibido tributará en la Renta de ese año.Como vés son mucho aspectos a considerar y no conviene que te precipites.Mira el video que te he indicado y si tienes dudas, me lo dices y trato de echarte una mano.Saludos,
ir al comentario
diazro 16/12/20 19:53
Ha comentado en el artículo De inversor a un talent show
Muchas gracias!!Muy orgulloso de mi nieta, y yo sigo intentando aprender a tocar el piano pero avanzo muy lentamente.Son cosas de la edad!!Un abrazo
ir al comentario