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Participaciones del usuario degalicia

degalicia 30/10/11 14:12
Ha respondido al tema Impuesto Sucesiones después de 4 años por vender vivienda por la que se practicó exención del 95%
Gracias Empty. El notario es de otra población lejos de mi residencia, o sea, donde estaba la vivienda heredada de mi padre. Ahora me resultaría complicado volver hasta allí. Recuerdo perfectamente que el notario por su cuenta incluyó en la escritura de aceptación de la herencia ............la vivienda descrita constituyó la vivienda habitual del causante, comprometiéndose a mantener la adquisición de dicha vivienda durante el plazo de 10 años, por lo que solicita la exención prevista en el artículo 20º, párrafo 5, de la ley del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, en la redacción dada en el Real Decreto Ley 7/1996 de 7 de Junio, BOE 139 de 8 de Junio........ Yo que tenía ya preparada la liquidación del Impuesto de Sucesiones, porque yo la tenía calculada e iba a realizar por mi cuenta esa gestión, tuve que corregirla, ya que el Notario me dijo que "aquí eso siempre se hace así, después si se vende, no reclaman nada". Evidentemente, las palabras las lleva el viento. He consultado la legislación vigente en esa fecha, que es anterior como tú bien dices en el comentario núm. 2, y se confirma que si vendo la vivienda debo devolver la reducción aplicada en su día con intereses de demora. Por tanto, eso con tu inestimable ayuda, ya lo tengo claro. Ahora me encuentro en la duda de si hacer caso a lo que en su día me dijo el Notario "no reclaman nada" ó decidirme por hacer una liquidación complementaria y esperar después que me notifiquen los intereses de demora. Para tomar una decisión al respecto, precisaba saber, en caso de que espere el requerimiento por parte de la Administración Tributaria de Galicia, ¿cual sería la MULTA a la que me enfrentaría, sin contar con los intereses de demora)? Si puedes responderme a esa última pregunta, estaría muy agradecido. Muchas gracias por tu atención. Saludos,
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degalicia 30/10/11 00:40
Ha respondido al tema Impuesto Sucesiones después de 4 años por vender vivienda por la que se practicó exención del 95%
Muchas gracias Empty por tu ayuda. La verdad es que yo en su día ya tenía preparado el pago del Impuesto de Sucesiones con la vivienda, pues mi intención era ponerla a la venta inmediatamente, aunque no la vendí hasta este mes. Fue el notario el que incluyó en la escritura de aceptación de herencia esa claúsula de que solicitaba la exención por mantenerla 10 años (él me comentó que siempre se hacía así y que después se vendía y no reclamaban nada). Ahora ya veo que me encuentro con una sorpresa, porque al incumplir los requisitos de la exención, tengo que abonar intereses de demora. Y si espero a que me envíen requerimiento, seguramente añadirán una multa. Saludos,
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degalicia 29/10/11 23:45
Ha respondido al tema Impuesto Sucesiones después de 4 años por vender vivienda por la que se practicó exención del 95%
Muchas gracias Empty por tu respuesta. Entiendo que debería hacer una nueva declaración (modelo 650), calculando la base liquidable sin la "reducción" aplicada en su día por consejo del Sr. Notario, y calcular la cuota a pagar. .- Si la hago yo antes de que me reclamen, ¿tendría que abonar intereses de demora igualmente? .- Si tengo que pagar intereses ¿qué tipo de interes tengo que aplicar? No encuentro donde poner ese importe en el impreso. .- Si no hago nada, ¿cual es el plazo de prescripción para que me reclamen y desde cuando cuenta, desde la fecha de fallecimiento ó desde la fecha que he vendido la vivienda objeto de la reducción? El valor de la vivienda incluido en su día (obtenido en la página de la Xunta de Valoración de Bienes) es superior al precio real por el que se vendió la vivienda (ahí está el gran problema del pinchazo inmobiliario), pero supongo tendré que pagar por el valorado por la Xunta. Gracias por la ayuda. Saludos,
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