Ha escrito el artículo
La prescripción fiscal de 4 años
CIRO Consulting26/03/15 10:00
Ha escrito el artículo
Desaparecen en 2016 determinadas actividades del sistema de módulos estimación objetiva
CIRO Consulting25/03/15 14:09
Ha comentado en el artículo
Sanciones por no presentar el modelo 720: declaración de bienes en el extranjero
Tras las últimas noticias, parece que están empezando a llegar a sus destinatarios las primeras cartas de la Agencia Tributaria.
De momento Hacienda está inspeccionando a contribuyentes que presentaron fuera de plazo esta declaración informativa. En concreto, Hacienda comunica al contribuyente que presentó fuera de plazo la declaración informativa –que concluye en marzo de cada año– que debe entregar al fisco documentos como la relación de bienes en el extranjero, el grado de participación, la ubicación, la fecha de adquisición y los rendimientos obtenidos. Además, exige una “justificación suficiente de que los fondos utilizados en los bienes y derechos relacionados han sido declarados”.
En este último aspecto, además se prevé que los bienes en el extranjero no declarados en el modelo 720 serán considerados como una ganancia patrimonial no justificada en el IRPF y recibirán una sanción del 150%. Así, como también para aquellos casos en los que se publicó fuera de plazo, así como cuando los bienes en el extranjero proceden de un ejercicio ya prescrito.
Además, en las cartas que remite la Agencia Tributaria se indica que la documentación se “solicita sin limitación de prescripción”. Aspecto que está siendo analizado por la Comisión Europea tras las denuncias presentadas.
Aun así, determinadas fuentes fiscales indican que la inspección está actuando con cierta cautela y los asesores confían en que no se impute como ganancia patrimonial los bienes que habían prescrito cuando entró en vigor la obligación de declarar las rentas en el extranjero, una medida que se aplicó por primera vez en el primer trimestre de 2013 respecto al ejercicio 2012.
CIRO Consulting25/03/15 11:17
Ha respondido al tema
Modelo 347
Hola!
No, porque el modelo 347 se presenta en relación a todas las operaciones comerciales realizadas por una entidad o persona física en el desarrollo de su actividad, y ademas esta deberá de ser superior a la cantidad de 3,005,06€.
CIRO Consulting23/03/15 18:00
Ha escrito el artículo
Sanciones por no presentar el modelo 720: declaración de bienes en el extranjero
CIRO Consulting18/03/15 11:00
Ha escrito el artículo
Incidencia del IVA en los socios profesionales
CIRO Consulting16/03/15 14:00
Ha escrito el artículo
Modelos fiscales para ser autónomo
CIRO Consulting13/03/15 13:45
Ha escrito el artículo
Plan Control Tributario 2015
CIRO Consulting09/03/15 13:00
Ha escrito el artículo
Cómo darse de alta en el RETA