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Participaciones del usuario challengeripf

challengeripf 05/06/17 23:28
Ha respondido al tema Banco Popular y los asustaviejas
En contestación a su correo le informamos que el art. 7.1 del Real Decreto 2606/1996, disponible en nuestra página web (www.fgd.es) recoge: “1. El importe garantizado de los depósitos tendrá como límite las cuantías establecidas en el artículo 10.1 del Real Decreto-ley 16/2011, de 14 de octubre. La garantía alcanzará los intereses devengados pero sin abonar hasta la fecha en que se produzcan los hechos contemplados en el artículo 8.1 sin que, en ningún caso, se sobrepasen los límites del citado artículo 10.1.”
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challengeripf 05/06/17 23:26
Ha respondido al tema Banco Popular y los asustaviejas
Pues me ha contestado el FGD y sí se cobrarían los intereses devengados hasta la fecha (es lo lógico, pues en caso contrario si no voy a recuperar mis intereses, para eso cancelo mañana mismo). Yo seguiré a vencimiento y no cancelare.
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challengeripf 05/06/17 15:38
Ha respondido al tema Banco Popular y los asustaviejas
Pienso como tú, en ese sentido estoy tranquilo totalmente, tampoco voy a cancelar. Queda la duda, eso sí, de qué pasa con los intereses de los depósitos. ¿También los garantiza el FGD?
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challengeripf 05/06/17 15:37
Ha respondido al tema Banco Popular y los asustaviejas
Buenas tardes: Tengo un depósito en una entidad financiera cubierta por el FGB (Wizink, antiguamente Banco Popular-e). Dicho depósito vence a principios de 2018 y los intereses se abonarán a vencimiento. Mi idea es esperar a vencimiento para poder conseguir el abono de los intereses del depósito. Además, confío en el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD), dado que es un depósito por importe menor que 100.000 euros por titular. He llamado esta mañana al FGD y me dicen que evidentemente el FGD garantiza 100.000 euros máximo por titular en depósitos de hasta 100.000 euros (por eso mi idea es no cancelarlo, estoy tranquilo si pasase algo, que está por ver, puede que simplemente lo compre otro más grande y no pase nada). Ahora bien, mi sorpresa es que la persona del FGD que me ha atendido me dice que "el capital hasta 100.000 euros está totalmente cubierto, pero no sabe qué pasaría con los intereses generados hasta la fecha". Impresionante. Es decir, si interviene el FGD, por supuesto recupero mis capital a plazo fijo pero nadie sabe si recuperaré también los intereses a vencimiento o al menos la parte proporcional (si ha actuado el FGD a la mitad del plazo fijo, pues la mitad de los intereses que me correspondan a vencimiento). Dado que no voy a cancelarlo anticipadamente, tengo la siguiente duda: Si hiciera falta cubrir el capital del depósito (plazo fijo de menos de 100.000 euros, un único titular) con el FGD durante 2017 (antes del vencimiento del mismo y abono de intereses), entiendo que dicho capital estaría lógicamente cubierto por el FGD. Ahora bien , ¿recuperaría también los intereses de dicho depósito o al menos la parte proporcional de los intereses correspondientes hasta la fecha de intervención del FGD? Pregunto esto porque actualmente tengo dos opciones: a) Cancelar el depósito en dicha entidad y llevarlo todo (capital) a otra entidad más solvente y segura. En dicho caso no cobraría los intereses del depósito por cancelarlo antes de vencimiento. Todo este tiempo no habría servido para nada y obtendría 0,00 euros de intereses.   b) Esperar a que venza el depósito a primeros de 2018 (quedan 7 meses) para recuperar capital más intereses. Si antes de 2018 tuviera que actuar el FGD y tan solo me garantiza la recuperación del capital, pero no de los intereses pendientes, ¿qué sentido tiene no cancelar ahora el depósito y huir como las ratas, si el FGD no me garantiza los intereses? Gracias por la ayuda.
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