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Paralela por cuenta ahorro-empresa
Segun he podido deducir 1º puedo presentar un recurso de reposicion antes de ir al ecnomico-administrativo y si en el plazo de un mes no me contestan tengo que entenderlo denegado y puedo acudir al economico-administrativo que es lo que voy a hacer.
2º Me parece entender que hay que no hay mas remedio que pagar antes de presentar el recurso o presentar garantias que es mucho mas complicado)¿estoy en lo cierto? ¿no implica eso darle la razon a hacienda?
A ver si alguien me lo aclara gracias
Carballo01/12/11 21:29
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Paralela por cuenta ahorro-empresa
Muchas gracias por contestar no he podido leerlo hasta esta mañana y llevo todo el dia leyendome boes y articulos que me vienen tanto en tus contestaciones como en consultas vinculantes de la AEAT como todos los articulos que me indican en las 2 notificaciones de hacienda ( cosa que deberiamos hacer todos cuando nos mandan una notificacion y nos aclararia muchas dudas) jode lo que estoy aprendiendo.
este finde te hare unas cuantas preguntas cuando me aclare del todo, de todas formas muchisimas gracias de verdad
Carballo27/11/11 16:20
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Paralela por cuenta ahorro-empresa
Hola empty y compañia aqui me teneis de nuevo y con el mismo tema, ayer se me ocurrio entrar en la agencia tributaria y vi que tenia una notificacion y logicamente la abri y me vienen a decir entre 1 millon de cosas que desestiman mis alegaciones y en concreto por: - Las alegaciones efectuadas por el interesado no desvirtúan la propuesta de liquidación emitida
toda vez que, tal y como recoge el artículo 68.6 de la Ley del IRPF, en los apartados 5º y
6º,cuando, en períodos posteriores al de su aplicación se pierda el derecho, en todo o en parte,
a las deducciones practicadas, el contribuyente está obligado a la regularización de la situación.
En este caso, dicha regularización no se ha producido por el interesado por lo que ha sido
practicada por la Administración tributaria, en el plazo establecido para ello.
La carta viene firmada con fecha 25 de otubre ( yo presente las alegaciones el 24 de febrero) aunque yo la recibo ayer via internet ( por correo todavia no ha llegado) ¿ no se les ha pasado ya el plazo de 6 meses?
en 2º termino no me queda otra que seguir alegando la 1ª prescripcion que creo que es la mas adecuada, pero ¿ debo alegar algo a que se les a pasado el plazo para contestar a mis alegaciones?
no se estoy hecho un lio y sin pegar ojo desde que lo ley
gracias y saludos
Carballo02/10/11 17:38
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Paralela por cuenta ahorro-empresa
SI, supones bien, simplemente me enviaron la paralela, yo hice las alegaciones comentadas y desde entonces (24-2-11) no he tenido mas noticias, por lo que yo tambien supongo que simplemente a caducado sin que me hayan contestado.
muchas gracias y saludos.
Carballo01/10/11 12:31
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Paralela por cuenta ahorro-empresa
Los 6 meses, ya han pasado tanto desde la 1ª notificacion como desde mis alegaciones. ¿entonces debo entender que se les ha pasado el plazo?
si se les ha pasado, ¿ significa que prefieren olvidarse del tema para no tener que darme la razon? o que no me dan la razon y al pasarse los 6 meses se entiende que nno aceptan mis alegaciones, ¿en este caso el silencio administrativo como se entiende a mi favor o en mi contra?
gracias y saludos
Carballo27/09/11 20:43
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Las fcc van como un tiro
Perdona, he estado viendo los enlaces y no me entero de nada,¿alguien podria explicarlo para los que somos un pelin cortitos?
gracias y saludos.
Carballo27/09/11 20:33
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Paralela por cuenta ahorro-empresa
Como veis hace 6 meses tuve un problemilla con hacienda, hice mis alegaciones argumentando como dije en los post 7 y 8 y presentando el certificado del cierre de la cuenta y la copia del talon conformado. Todo eso lo presente en hacienda el dia 24 de febrero de 2011 y a fecha de hoy no me han contestado nada de nada, ¿es normal que tarden tanto? ¿es bueno o malo que tarden? ¿hay algun plazo para que me contesten? o si no lo hacen ¿tengo que entender que aceptan mis alegaciones, o las rechazan?.
Ya se que son muchas preguntas a la vez, pero a ver si alguien puede contestarme, porque sigo preocupado, pero no me atrevo a ir a hacienda a preguntar
gracias y saludos a todos.
Carballo24/08/11 21:37
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¿como se declara el cobro de la baja de un autonomo?
JODER no se a subido el mensaje, con lo lento que soy para escribir. EL caso es que he leido en hacienda las preguntas que me indicas y deja muy claro que si te paga la S.S. es rendimientos del trabajo pero no menciona a las mutuas ( a mi me paga FREMAP aunque yo no les pago nada a ellos directamente, tan solo pago cada mes mi cuota de autonomo a la S.S.).
¿debo asimilar la mutua a la S.S.? o atenerme a la respuesta 2.
perdona que sea tan espesito pero no lo tengo claro.
Gracias y saludos.
Carballo24/08/11 21:27
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¿como se declara el cobro de la baja de un autonomo?
Carballo19/08/11 19:23
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¿como se declara el cobro de la baja de un autonomo?
Concretamente me paga FREMAP, ME IMAGINO ENTONCES QUE LO DEBO incluir en los rendim. de activ. profe.
La 1ª vez que me di de baja ni sabia que era fremap quien me tenia que pagar, me lo dijeron en la S.S. por que yo solo le pago a la S.S.
saludos