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Participaciones del usuario Avante

Avante 04/08/23 14:38
Ha respondido al tema Interpretacion de póliza de seguros Suma Pension Mapfre
Mira, aterrizando en técnica aseguradora, hay que tener en cuenta que las tablas de mortalidad se elaboran con datos de periodos de 20 años, como máximo. Las últimas publicadas son del 2020, esto es, han sido elaboradas con datos estadísticos de mortalidad, por cohortes de edad, entre 1999 y 2019, supuestamente. Esto es, de 1998 a 2018 si tenemos en cuenta que para conocer datos hay que cerrar y calcular el año anterior y para publicarlos hay que analizarlos y generar la oportuna documentación legal lo cual consume tiempo.Si tienes un seguro anterior a 2020, está basado en los datos de la tabla de mortalidad anterior, esto es, la que recoge datos de 1979 a 1999, aprox. Y, como puedes suponer, la gente de hace 40 años...vivía menos tiempo. Por ello, mantener un seguro de vida contratado con esas tablas suele ser un error costoso, simplemente porque el asegurador calcula que vas a durar mucho menos de lo que duraba una persona...en los veinte años anteriores. Cosa que aún así es peor que hoy día.Aparte hay otra cuestión, completamente desconocida por la gente de a pie y, afirmaré sin temor a equivocarme, que por muchísimos de mis ilustres colegas. Una tabla de mortalidad se genera con TODA la población que entra en un año menos la que no consigue acabar ese año. Y, para evitar alteraciones contextuales, se toman los datos en series de 20 años, como hemos visto. Pues bien, ese "TODA la población" está compuesto por personas muy sanas, por otras que tienen "algo" y por personas que están realmente mal. TODAS integran la estadística y determinan la probabilidad por cada cohorte de edad. La aseguradora de turno cobra a sus asegurados en función de una tasa que deriva de esa estadística.Pero, ¿qué ocurre cuando un mercado, el asegurador, cobra por una tasa que contempla la mortalidad de TODA la población, pero no acepta asegurar a las personas que tienen "algo" o las que están realmente mal? (Ilegal pues vulnera las DA 4ª y 5ª de la Ley 50/1980). Pues que juega con las cartas marcadas y cobra un precio excesivo. Nos lo dice este dato, publicado por ICEA y que calla la memoria de la DGSFP:Puedes ver que la tasa de siniestralidad en vida riesgo, julio 2021 - junio 2022 se situó en el 26,21 % (es el pico), así pues, de cada 100€ recaudados, más de 73€ no van a siniestros.¿Capici?
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Avante 04/08/23 14:19
Ha respondido al tema Interpretacion de póliza de seguros Suma Pension Mapfre
Así es.Aparte, los contratos son bilaterales, por lo que cualquier modificación precisa ser consensuada entre las partes y, claro está, una novación de este calibre sí o sí debe contar con el placet del tomador.Por otra parte, sería interesante ver cómo interpreta esto un juez. Ya está que ellos cuentan con que para esta cuantía sería matar moscas a cañonazos. Pero me gustaría ver el tema en modo "ON",Un abrazo,
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Avante 04/08/23 13:17
Ha respondido al tema Interpretacion de póliza de seguros Suma Pension Mapfre
El TRLGDCU deja claro que es práctica abusiva dejar el contrato a la interpretación de la parte profesional y, como bien has indicado, que la oscuridad en un contrato de adhesión no puede favorecer a la parte causante de esta.Por tanto, sí o sí estas ante una conducta impropia al obtener esa "excusa", que no explicación.Pero, insisto, falta conocer todo el contrato para ver si, efectivamente, es un lapsus o mala baba.Un abrazo,
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Avante 04/08/23 13:01
Ha respondido al tema Interpretacion de póliza de seguros Suma Pension Mapfre
Otra cuestión @w-petersen : yo de ti no perdería ni un segundo con el servicio de reclamaciones de la DGSFP. Dedica ese tiempo a leer los Episodios Nacionales de Galdós 5 ó 6 veces, será más ameno, aprenderás mucho y consumirás el mismo tiempo. Aparte, es muy probable que obtengas el mismo resultado para tu queja: ninguno.
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Avante 04/08/23 12:57
Ha respondido al tema Interpretacion de póliza de seguros Suma Pension Mapfre
Hola, @w-petersen !No conozco este producto ni cuál es su finalidad. Aparte, parece apuntar a una cierta vinculación con un fondo de pensiones que, por Ley, carece de prestaciones de fallecimiento e incapacidad más allá de lo que prevea la Ley al respecto en materia hereditaria o derecho de liquidez, antes de entrar en prestación.Por tanto, sería bastante tonto y desleal por mi parte hablar sobre lo que no sé.Sugiero, por tanto, que o bien compartas todo el contrato en este foro o bien que me lo hagas llegar a lluch arroba esbroker dot com.Lo que sí puedo avanzar es que la prima "durante el plazo de vigencia del seguro" es aquella que corresponde a tal vigencia, que no es otra que la anual. Esto es, al estar en un contrato por años renovables, la prima no puede ser alterada "dentro" del año.Atendiendo a lo que dice el artículo 22.3 de la Ley 50/1980 "El asegurador deberá comunicar al tomador, al menos con dos meses de antelación a la conclusión del período en curso, cualquier modificación del contrato de seguro", con tal antelación deben anunciarte la prima total del siguiente periodo de seguro que podrás aceptar o rechazar comunicando tu deseo de no prorrogar con el plazo mínimo de un mes (art 22.2). En el cuadrito siguiente tienes la clave, tanto de la duración del seguro como de la de la prima..."constante": No es correcto que se manejen términos confusos, desde luego, y no puede pretenderse que el usuario deba entender un lenguaje y terminología que no le son propios. Hay seguros que son a prima nivelada, esto es, que generan una provisión a largo plazo para que, en el futuro, entre ese exceso de prima pagada y la potencial rentabilidad obtenida tengas que pagar menos. Eso es muy interesante cuando tenemos excedentes de renta que puede que no se sostengan cuando somos mayores. Por ejemplo, muchos seguros de decesos funcionan con prima nivelada o seminivelada para que el pago de la prima sea mucho más cómoda a un/a jubilad@. En cambio, en los seguros de vida riesgo lo normal es contar con primas naturales, esto es, referidas a la edad actuarial aplicable en cada vencimiento. La edad actuarial es aquella que corresponde al cumpleaños más próximo: si uno tiene 40 años y siete meses, aplica 41. Si tiene 40 años y 5 meses, 40. Por ello no cabe esperar primas "constantes" en un seguro de vida riesgo. Si, en uno de ahorro mixto. Esto traería cambios a tu producto y a mi análisis. Suponiendo que has pactado aportar 1.000€, sin revalorización alguna, a un seguro de ahorro mixto durante 15 años (ejemplo), y el seguro contempla para el caso de fallecimiento e incapacidad un capital de 50.000€, se produce una progresión en el coste del seguro de vida riesgo (muerte e invalidez) que se detrae de los 1.000€ pagados de forma constante, por lo que al principio se destinaría más dinero a ahorro al ser más baratas las coberturas de riesgo, e iría paulatinamente ahorrándose menos cada año al cubrir el mismo riesgo con mayor edad. En este caso sí tendríamos una prima constante del seguro, si bien las primas de riesgo no lo serían. Estos productos hoy día son muy raros, por lo que dudo que estés ante uno de ellos.Espero haber sido de ayuda al menos en este punto.¡Un abrazo!
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Avante 04/08/23 10:49
Ha respondido al tema Me conviene quitar el seguro de vida, aunque pierda un 0,60% de bonificacion en los intereses?
¡Feliz reencuentro! Tengo anécdotas para aburrir, amigo, y están integradas en una carpeta que llamo "Museo de los horrores del seguro". Puras salvajadas.Es cierto que en el ámbito de agentes y corredores hay mucho tuercebotas y vendedor de feria, sobretodo entre los primeros - donde solo el 15% gana más de 300€ al mes - y, si hablamos de los segundos, suelen producirse los problemas en los que basan su negocio en la venta por auxiliares sin formación adecuada y otros que recurren a los conflictos de interés para sanear sus cuentas. Pero quien, a la legua, incurre a diario en prácticas mafiosas, en fraudes de contratación, en engaños relativos a la obligatoriedad de seguros,  a la aplicación de fórmulas que nadie más usa en el mercado por tóxicas, como son las primas únicas financiadas o a la imposición de contratos a quien no los necesita (seguros de desempleo o baja laboral a funcionarios o pensionistas), es la banca.No entiendo que se pueda llamar "actividad mercantil" a lo que hacen, pues no es vender. Es otra cosa. Y tampoco entiendo que gestionen "seguros" cuando lo que venden por tal cosa se comporta de modo distinto a cómo debe comportarse un asegurador.En fin, que ahí lo dejo, que me echo al monte.Un abrazo...¡con homenaje!
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Avante 03/08/23 10:51
Ha respondido al tema Me conviene quitar el seguro de vida, aunque pierda un 0,60% de bonificacion en los intereses?
Hay tres elementos a valorar en tu caso:el coste: este es solo uno más de los atributos de un préstamo y de un seguro. En el préstamo es más fácil, pues obtenemos para comprar la vivienda dinero que -teóricamente - no es diferente del que podríamos obtener de otro banco. En realidad, no es así, pues asumimos una serie de obligaciones derivadas que hacen que dos préstamos puedan ser radicalmente distintos en muchos elementos clave. Y si no me crees, díselo a la gente que vive un calvario por las cláusulas suelo, IRPH, gastos, etc y que mantiene vivas más de 200.000 demandas judiciales. De ahí la importancia de pagar a un asesor hipotecario independiente antes de contratar el préstamo. Por cuanto al seguro, los que "vende" - generalmente los impone - la banca son entre un 60% y un 300% más caros que aquellos que puedes adquirir en el mercado libre. Por ello puede que no contratar el seguro en el banco, sino en dicho mercado libre, te ahorre más dinero que aquel que pagarás por el incremento de diferencial.la cobertura: no hay dos seguros iguales, por más que se empeñen los interesados en que compres menos producto - les expone a menos riesgos - a cambio de un precio mayor - lo que dispara sus beneficios - en hacerte creer que "da igual dónde lo compres".  Y, ya que estamos, te diré que no solo el seguro es peor, es que - además - es muy probable que ni siquiera te asesoren, sino que te planten un "esto es lo que hay", un café para todos que solo va a encajar contigo y tus necesidades de chiripa. Bueno, es probable que sí encaje con las necesidades del banco que no son otras que garantizarse un ingreso adicional que, además, irá subiendo exponencialmente a medida que envejezcas. Otra forma de ganar pasta gansa la tienen con los seguros a prima única, de los que afortunadamente te has librado. En cuanto a coberturas: que sepas que hay seguros bancarios que excluyen lo que te ocurra si vas en bici, si practicas algún deporte, si trabajas en construcción, en transportes, en seguridad, en el campo, que no te cubren ciertos riesgos si estás fuera de España, que no cubren epidemias ni pandemias (¿te suena de algo?), etc. Y, por cuanto a la incapacidad, solo cubren la permanente y absoluta, esto es, quedar incapacitado para cualquier trabajo cuando, según tu profesión, puede que debieras pensar en una incapacidad total que cubre la hipoteca si no puedes hacer TU trabajo, aunque puedas hacer otro menos cualificado, peor pagado. Todo eso puede ser correcto para un asegurado si se lo explican, lo entiende y casa con sus circunstancias. Pero en absoluto es adecuado para todos los clientes de un banco y menos si lo cruzas con el precio, pues resulta absurdo pagar mucho por algo que no vale - ni de lejos - lo que cuesta.la conducta: si te digo que llevo algo más de 14.000 casos de prácticas abusivas asistidos y que el 70% de ellas procede de la bancaseguros igual te cuesta creerlo, pero es así. Puedo contar experiencias muy duras. Por ejemplo, de un mismo banco tengo 15 casos iguales: el esposo fallece, la esposa trabaja en casa. Presentan la documentación al seguro del banco y este no paga. El banco sigue girando recibos de la hipoteca, se generan intereses remuneratorios, moratorios... se ejecuta. Segunda subasta, se pierde la casa. La familia queda con una deuda de capital, con la de intereses, gastos de ejecución, notaría, registro, etc. Entonces aparece el seguro y liquida al banco el importe pendiente de amortizar en el momento anterior al fallecimiento. La familia reduce su deuda, pero queda deuda viva y...sin casa. ¿Es eso lo que se pretendía al pagar el seguro? Otro banco hace seguros TAR, como el tuyo: en ese caso el capital es fijo (por ejemplo, de 200.000€), al fallecer se liquida el importe pendiente de amortizar (no los gastos, impuestos, etc), supongamos 100.000€ y la familia reclama los 100.000€ sobrantes a lo que el banco responde "Nos los hemos quedado, pues su marido nos nombró beneficiarios". De esos, 8 casos igualitos. ¿Sigo contándote barbaridades? María se quedó en la calle porque su marido Luis fue a dar un paseo en bici con sus hijos, pero al salir un coche de una esquina se asustó, cayó y dio con la cabeza contra el bordillo. Como el seguro excluye ir en bici... perdió la casa.Dicho esto, cabe recalar en otro aspecto: ¿Por qué y para qué quieres un seguro de vida? Ahí radica el quid de la cuestión. Ya te he avanzado que los seguros de vida asociados a préstamos (amortización) solo cubren el capital pendiente de amortizar. Pero ¿es esa la única necesidad a cubrir si uno fallece y, no digamos, si queda incapacitado? Mi consejo, como profesional, pasa por diseñar un sistema que cubra efectivamente las necesidades de cada familia en concreto, fallezca o se incapacite quien sea que aporta dinero a la caja familiar. Y ese diseño tiene que ir más allá de un préstamo, si se hace bien, porque es un acto de responsabilidad y de amor cuidar de los nuestros incluso si se pierde nuestra capacidad de generar renta. El español medio, a diferencia de otras culturas, carece normalmente de esa visión y no es por despreocupación hacia las personas que quiere sino porque no se han planteado que puede ser él quien no tome las uvas o quien esté en la silla de ruedas en el futuro. Esas cosas les pasan a los demás.Y a quien le pasa, sinceramente, más le vale haber previsto esa contingencia porque el día después cambiará todo radicalmente en función de que haya hecho o no los deberes. Y no se pueden hacer de la mano de un vendedor, ni de un bancario extractivo, debe hacerse con un asesor independiente y capacitado.Espero haber sido de ayuda.
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Avante 15/06/23 10:37
Ha respondido al tema Seguro Plan de Jubilacion
Buenos días @minervasalgado, Al informar que los pagos se ejecutaron en USD, entiendo que el seguro está contratado fuera de España. Yo puedo aconsejar en relación a lo acontecido, exclusivamente, en España. En otros países la cuestión puede variar de un modo radical.Si su caso tiene que ver con México o USA, tal vez pueda hallar un especialista en dichos mercados que pueda ayudarla.Otra cuestión: StateTrust Life anuncia en su web que opera en España, pero no consta como aseguradora autorizada para operar en este país, de acuerdo con la consulta que acabo de hacer en la web de la Dirección General de Seguros por lo que, de tratarse de un contrato formalizado en España puede denunciarlo ante dicha autoridad.Saludos,
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