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Participaciones del usuario Antoniomapo

Antoniomapo 12/08/11 21:54
Ha respondido al tema Hipotecar para comprar un terreno.
Como dice Kretan, olvídate de que te concedan la hipoteca sobre un terreno. Respecto a que te acepten la ampliación de hipoteca, no lo veo tan claro. No sé si en tu caso necesitarías, tal y como están las cosas, un aval, no sé, pero pienso que lo mejor es que vendas el piso primero para poder comprar ese terreno sin la necesidad de constituir otra hipoteca. Y la hipoteca que grava ahora mismo a tu piso, quizá le interese al comprador subrogarse en ella y ampliarla, quién sabe? No tengas prisa que las prisas no son buenas en estos casos. Saludos!
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Antoniomapo 26/05/11 13:51
Ha respondido al tema Tengo que pagar recargo de demora en el Registro de la Prop?
Cuando dije no inscribir en el Registro, me refería a la cancelación de hipoteca, que esa era su duda. Ahora que he leído bien su post sí le aconsejo inscribir su título de compraventa. Efectivamente no sería necesario pero sí muy aconsejable, ya no sólo por la mala fe del vendedor, sino por la posibilidad de que le entre algún embargo, ya que aún aparece como titular actual de la misma, y eso sí sería un problema. Resumiendo: - NO aconsejo inscribir la cancelación de hipoteca, por la única razón del ahorro de dinero en los honorarios registrales. - SI aconsejo encarecidamente la inscripción de su título de compraventa. Gracias Kretan por el apunte.
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Antoniomapo 26/05/11 01:25
Ha respondido al tema Tengo que pagar recargo de demora en el Registro de la Prop?
Te van a cobrar lo mismo que te cobrarían entonces. Quizá un poco más, pero poco, si se cancelan notas de afección por caducidad. Yo te recomiendo que no hagas nada si te quieres ahorrar el gasto. Siempre lo digo, lo importante es saldar la deuda con el acreedor y punto. En el registro se puede quedar la carga inscrita de por vida. No pasa nada. Distinto es si vas a hipotecarte, en ese caso sí te va a obligar el banco a que dejes la finca libre de esa carga. s2!
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Antoniomapo 08/01/11 13:17
Ha respondido al tema Pagar la cancelacion registral de la hipoteca
Siento repetirte que no es necesario. Hace un año más o menos esa teoría que tú dices estaba en el aire, es decir, que como estaba exento del pago no era necesario pasar por hacienda, y en muchos Registros aceptaban la cancelación sin la carta de pago, pero otros alegaban que era Hacienda la que debería de decir si estaba exento o no, y que necesitaría la carta de pago. Pues bien, eso terminó. Por qué? pues porque existen Resoluciones que lo así lo avalan y, por tanto, hay orden desde el Colegio de Registradores de aceptar todas las escrituras de cancelación de hipoteca sin liquidar. De esto hace unos seis o siete meses más o menos. No tiene nada que ver que el Registro tenga o no oficina liquidadora, simplemente ya no es necesario liquidar. s2!
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Antoniomapo 08/01/11 02:06
Ha respondido al tema Herencia
Si estás en su testamento, no has de preocuparte por nada. Lo malo es que haya otorgado otro testamento posterior, en tal caso, el segundo es el que manda. No obstante, el Notario, cuando vea el testamento, no podrá autorizar la herencia hasta que no estén presentes de alguna forma todos los herederos y legatarios. s2!
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Antoniomapo 07/01/11 14:57
Ha respondido al tema Pagar la cancelacion registral de la hipoteca
Pues sí te podías haber ahorrado Hacienda, ya que ya no es necesario para inscribir la cancelación en el Registro de la Propiedad, es decir, una vez hecha la escritura de cancelación en la Notaria, directamente para el Registro. s2!
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Antoniomapo 05/01/11 01:14
Ha respondido al tema Qué ocurre si se ejecuta el préstamo hipotecario y la deuda es menor a la tasación?
Hola! Hay que tener claro dos situaciones bien distintas, que son: Por un lado, se puede contraer una deuda con el banco que sea, por ejemplo, un simple préstamo personal. Pero, por otro, puedo endeudarme con el banco por un préstamo con garantía hipotecaria, es decir, que el banco va a poseer un derecho de carga sobre el bien inmueble objeto de hipoteca, con el cual tendrá una garantía de la devolución del préstamo por parte del hipotecante. Bien, pues es en el segundo caso cuando el banco puede ejecutar la hipoteca, sea la cantidad pendiente de pago la que sea, tanto si es mayor que la valoración del inmueble como si lo es inferior. Si, por ejemplo, la deuda es de 1.000 euros y el banco decide ejecutar la hipoteca, lo hará por esa cantidad, o, si por el contrario, la deuda es prácticamente la totalidad de lo prestado, igual. En ambos casos, sea cual sea la valoración del inmueble, repito, sea la que sea, la deuda queda cancelada. Recuerdo que nos encontramos ante un caso de préstamo de dinero con garantía hipotecaria (hipoteca). El deudor de un préstamo hipotecario queda libre de dicha carga si la hipoteca se ejecuta. No ha de responder de nada más una vez haya sido pagada la cantidad adeudada, ya que la garantía del banco, como así se fijó, era el inmueble, el cual, por ejemplo, mediante pública subasta, se ha cubierto la cantidad total de la deuda.
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Antoniomapo 03/01/11 00:00
Ha respondido al tema FINCAS - trámites
Hi! Un sólo apunte: en el Colegio Notarial no hay almacenados protocolos, simplemente es el Colegio de donde parte la organización y demás menesteres del gremio de Notarios y empleados. El protocolo de un Notario cuando éste pasa a la inactividad siempre lo archiva otro Notario, y con ciertas reglas como son, por ejemplo, que sea el sucesor de su plaza, es decir, de su protocolo, o bien, si nadie ha cogido su plaza, pasaría al Archivero, que es otro Notario en activo al que se le otorga dicha condición. De la misma forma, todas aquellas escrituras cuya antigüedad exceda de veinticinco años, también pasarán al Archivero. s2!
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