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Participaciones del usuario Annaksan

Annaksan 22/04/11 01:32
Ha respondido al tema Como degrava un prestamo convenido¿?
Hola, Los 9000 euros si no me equivoco (al menos es lo que voy a hacer yo) se declararan en la casilla 310 (Subvenciones o ayudas para adquisición o rehabilitación de vivienda habitual. Importe imputable 2010). La duda la tengo en el subsidio de la cuota del préstamo. Lo he planteado en el foro a ver si alguien lo sabe. No entiendo muy bien a qué te refieres con lo de la transferencia de la diferencia. Quieres decir por ejemplo que el piso costaba 116.000 euros y de hipoteca pediste 100.000, ya que habías pagado 16.000 euros previamente? (para que me entiendas). Saludos
Annaksan 22/04/11 01:08
Ha publicado el tema Subsidio de la cuota del préstamo (Declaración de la Renta)
Annaksan 04/05/10 23:46
Ha respondido al tema Hipoteca libre para adquisicion de VPO paga el impuesto de actos de juridicos o esta exento?
Hola, Se paga el 1% de AJD em los préstamos libres (1 % de la responsabilidad hipotecaria (es decir, de la suma del capital, intereses ordinarios, demora y costas). (Hay reducción para unos supuestos concretos). En cuanto a las viviendas de protección oficial (ya sea transmisión de solar, escrituras públicas, 1ª transmisión de vivienda, constitución y ampliación de capital) están EXENTAS, es decir, no se paga AJD. Lo podéis ver en el art. 12 Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Saludos
Annaksan 04/05/10 23:28
Ha respondido al tema Prestamo convenido VPO
Hola Queen, Tendrás que hacer la hipoteca con el banco que tu elijas y posteriormente se cancelará la hipoteca del promotor con el dinero que les des el día de la compraventa. (Digo posteriormente ya que es lo más normal, pero también cabe la posibilidad de que la promotora cancele antes, pero ya te digo que no es lo más común y más cuando hablamos de cuando los promotores son los propios propietarios de los pisos). Supongo que el cambio de plan que comentas será por el tema de ayudas, no? Piensa que las ayudas se tiene que encargar de tramitarlas con el Minsiterio de la vivienda el nuevo banco (no el el banco donde está actualmente la hipoteca del banco). Si te puedo ayudar en algo más ya sabes donde estoy. Saludos
Annaksan 21/04/10 22:09
Ha respondido al tema Donación de un terreno de padre a hijo
Smontoy, No sé si llego tarde a contestar pero acabo de verlo y como es algo que sé te contesto. La donación es recomendable hacerla, como mímino, por el mínimo fiscal. Como bien te ha dicho "Putabolsa" tienes que multiplicar el valor catastral del terreno de este año por un coeficiente. Si el terreno está en Barcelona, mírate este enlace: http://www.e-tributs.net/pt/ca/Tributs/Tributs/Transmissions+patrimonials/Criteris_admin/Instr_comprov_valors/instruccio+valors+2010.htm Ahí ve a la "Coeficients dels municipis de la demarcació de Barcelona" y busca el coeficiente que le corresponde a la población dónde esté situado el terreno. Tendrás que multiplicar el valor catastral por ese coeficiente y ya tienes el mínimo. El precio que quieras escriturar si es hasta 200.000 euros pagarás el 5% de Impuesto de Doanciones. A partir de ahí va subiendo. En la práctica, donaciones entre padres e hijos las revisan muy frecuentemente...Lo digo por si tienes pensado poner menos valor. Te lo digo por experiencia. Saludos
Annaksan 21/04/10 21:07
Ha respondido al tema Duda con una propiedad del piso??
Hola Laia, Lo de "ahora, cuando uno se casa se hace con separación de bienes" no es cierto. Depende de tu vecindad civil. Si tu vecindad civil es valenciana como parece entonces sí (igual que los catalanes). Para saber tienes vecindad civil valenciana, si los dos lleváis más de 10 diez años residiendo allí ya la tenéis los dos y os regirá el régimen de separación de bienes si no pactáis expresamente otro (si no llevás más de 10 años residiendo hay otros criterios subsidiarios, que constan en el artículo 9.2 Código Civil "Los efectos del matrimonio se regirán por la Ley personal común de los cónyuges al tiempo de contraerlo; en defecto de esta Ley, por la Ley personal o de la residencia habitual de cualquiera de ellos, elegida por ambos en documento auténtico otorgado antes de la celebración del matrimonio; a falta de esta elección, por la Ley de la residencia habitual común inmediatamente posterior a la celebración, y, a falta de dicha residencia, por la del lugar de celebración del matrimonio." Una vez os caséis no tienes que ir al Notario a modificar nada. El hecho de casarte no afecta a lo que hayas hecho con anterioridad. A partir de cuando te cases (que en realidad es como si estuvieras soltera para lo que te voy a decir) lo que compréis será con carácter privativo. Si compráis un piso los dos y cada uno aporta la mitad del dinero, tendréis la mitad de piso cada uno. Para lo único que te afecta el matrimonio en cuanto al piso de VPO es que, al ser vivienda habitual, tu "futuro" marido no puede vender e hipotecar sin tu permiso. De todas formas, no entiendo muy bien el documento que dices que váis a firmar. Creo que sé por dónde van los tiros pero no me queda claro. Un matiz: "delante" de notario no se firman contratos privados (sólo públicos) salvo que el notario quiera echaros una mano con algo pero no confundas que son cosas diferentes! :P Pero bueno lo que querías saber es si el documento que haréis tendrá el mismo valor cuando os caséis, en principio sí, pero habría que ver de qué documento hablas. Espero haberte aclarado alguna cosa! Un saludo
Annaksan 21/04/10 20:46
Ha respondido al tema Hipoteca en prestamos convenidos VPO (Plan antiguo vs Plan nuevo)
Hola Rodrigo, Veo que tu también eres un "afectado" del timo de los préstamos de VPO, porque no tiene otro nombre. La mayoría de los bancos optan por el máximo como bien dices. Pero he encontrado tres entidades con menor diferencial: Banco Sabadell (con quién firmare yó, diferencial 0,70 sin ninguna vinculación excepto seguro de hogar que es obligatorio). Ibercaja 0,70 también pero con vinculaciones, creo que pedían domiciliados 3 recibos, tarjeta, y un par de cosas más. Ahora mismo no recuerdo. Banco Pastor 0,70 con vinculaciones también. Las "normales" (recibos, tarjetas..) pero con un fondo de un mínimo de 300 euros si no recuerdo mal. Esto es lo que he encontrado yo, resto de entidades que he consultado (BBVA, Caixa Catalunya, Caixa Tarragona, CAI, entre algunas de ellas optaban por el máximo). Y me he encontrado con alguna entidad que ha firmado el convenio que directamente me decían que no daban el prestamo, la CAM, entre ellos. No sé si ya te has puesto a "investigar" pero ten cuidado que, al menos a mí, me ha pasado que la mayoría de entidades no tenían ni idea de qué les hablaba, algunos me ofrecían directamente préstamo libre, otros me decían que el plan nuevo no se aplicaba, etc. Ahora ya han pasado meses y supongo que estarán más puestos en el asunto, pero me ha costado lo mío que me den ofertas vinculantes con el nuevo decreto... Espero haberte ayudado. Cualquier otra cosa estoy a tu disposición.
Annaksan 21/04/10 20:33
Ha respondido al tema Duda con la cuenta vivienda
Hola de nuevo, Pues acabo de realizar la consulta a la Agencia Tributaria (me ha atendido muy amablemente un tal Jorge Delgado). Ha tenido que consultarlo y dice que había diferentes criterios (vamos supongo que entre los compañeros uno pensaría una cosa y otra cosa) pero me comenta que definitivamente SÍ puedo deducirme ese "exceso" de las cuentas ya que se ha utilizado para pagos al promotor. Por tanto, por un lado deduciré los 5.000 y pico en la cuenta vivienda. Y por otro lado, en la casilla de pagos al promotor pondré los 28.000 y pico (aunque el total a deducir entre las dos cosas como máximo serán los 9.015 euros). Bueno, buenas noticias para mí :P Un saludo
Annaksan 21/04/10 17:22
Ha respondido al tema ¿Qué hay que tener en cuenta al solicitar una hipoteca?
Hola Alberto, Pues mi opinión y mi experiencia (que no es mucha pero creo que la suficiente) es que no quieren ser transparentes porque no les interesa. Yo diría que estás en lo cierto. Una vez ya has firmado ya te tiene "cogido" y has firmado un contrato delante de notario así que ve tú a reclamar después.... A mi me ha llegado a los oídos de alguna entidad bancaria que no ha querido firmar en la Notaría donde trabajo porque "el Notario explica demasiado". Porque algunos notarios (me ha ocurrido a mi personalmente) te pueden leer una escritura en 2 minutos y quedarse tan anchos. Hay que tener mucho cuidado... pero al final es uno mismo el que tiene que preocuparse por enterarse bien de las cosas. No confiar en nadie más, porque quién luego puedo tener problemas eres tú. Me he encontrado con muchos casos con gente que dice que el banco no les explicó la clásusula "de suelo" del tipo de interés (por ejemplo Caixa Penedés siempre tiene el 3,00 por ciento" y que vienen directamente a cambiarse de banco por eso. Es un poco nuestra ignoracia junto con la picardía del banco...
Annaksan 21/04/10 17:12
Ha respondido al tema Duda con la cuenta vivienda
Muchas gracias por tu opinión. Llamaré a la Agencia tributaria a ver si me lo pueden aclarar ya que ese dinero estaba en la cuenta vivienda, como podría haber estado en otra cuenta o tenerlo en efectivo por ejemplo. Y con ese dinero se ha hecho un pago al promotor para la construcción, gasto deducible. Asi que intentaré defenderlo a capa y espada jaja En fin, por si a alguien le interesa cuando sepa algo lo pondré por aquí. Muchas gracias de nuevo al.rodrigo :)