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Participaciones del usuario Abognet

Abognet 21/04/10 22:27
Ha respondido al tema Valor de adjudicacion de un piso embargado
Primer punto aclarado: la subasta ha quedado desierta. El banco se la queda por el 50 por ciento del valor de tasación (primera mentira del banco) Segundo lugar: desde el día que ha quedado desierta la subasta, el acreedor tiene 20 días HABILES para decidir si se la queda por el 50 o el valor de la deuda. Si no ejerce este derecho, el ambargo se levanta (segunda mentira del banco) Tercer lugar: aunque la subasta se haya celebrado el 9 de abril, no han pasado los 10 días hábiles, por lo que podrías incluso presentarte con el deudor ejecutado y ofrecer tu postura de más del 50% (como te he indicado, nada dice la LEC, pero seguramente te la aceptarían). Ahora mismo estamos en un plazo muy delicado para el banco, porque se le puede fastidiar el negocio. Cuarto: El banco, incluso sin postor, `puede ceder el remate a tercero (Auo de la AP de Madrid, 4 de diciembre de 2009, recurso 547/2009) Por consiguiente, los acreedores pueden, si así lo estiman, ceder su adjudicación. Contigo intentarán hacer negocio, seguro, e intentarán engañarte. Normalmente, cuando ceden el remate lo hacen a sus propias inmobiliarias (por ejemplo, en el auto que cito, el BBVA cede el remate a Europea de Titulación, compañía que está particpada por él mismo en un 87 %) Ultima cuestión: Aun cediendote el remate, el ejecutado sigue cogido por los h.... pues la deuda NO QUEDA SALDADA por mucho que te asegure el simpatico comercial...
Abognet 21/04/10 15:19
Ha respondido al tema Valor de adjudicacion de un piso embargado
¿Estás seguro que se despachó deuda por 88.000 euros? porque el banco, como ya te hemos comentado, se la querrá adjudicar por el 50 por ciento del valor de tasación (47.500 euros) perviviendo el resto de la deuda respecto a la cantidad no satisfecha por el ejecutado, hasta esos 88.000 euros. El banco, por tanto, no se quita de encima la deuda (podrá perseguir más bienes del deudor) sino que hace negocio (se adjudica por el 50, vende por el 95, y aún sigue siendo acreedor del ejecutado) Si ya se ha celebrado la subasta, y ha pujado el banco (sinceramente no lo creo) y la cantidad ofrecida no alcanza el 70 por ciento, el ejecutado tiene 10 días para presentar tercero que mejore la oferta. si es más del 70 te lo aprueban. Si es inferior, pero supera el 50 por ciento (por ejemplo el 60 por ciento que dices dispuesto a pagar), y en banco no ejerce su facultad de quedarselo por el 70, oídas las partes se estará a lo que diga SSª (normalmente te lo aprobarán) Lo que no queda claro en la LEC, es el trámite en caso de no haber postores y quedar subasta desierta; pero entiendo que aún así, el juzgado debería aceptar si el deudor se presenta con tu oferta superior a ese 50 por ciento, porque, en teoría, beneficia a todas las partes.
Abognet 20/04/10 20:29
Ha respondido al tema Valor de adjudicacion de un piso embargado
En efecto, te han intentado colocar el mochuelo. En primer lugar, cualquiera puede acudir a subasta (la proxima vez, mejor que contactar con el acreedor ejecutante, comunicate con el deudor, quien estará encantado de pasarte los autos y que haya alguien que puje) Si la subasta está desierta, en efecto el banco se adjudica la vivienda or el 50 por ciento del valoe de la tasación o por la deuda si no llega a esa cantidad, más interese y costas. El banco, naturalmente, NO LE INTERESA que haya un tercero por medio, porque si hay una puja, se lo deberá adjudicar por 70 por ciento. Nunca te fíes de los bancos saludos
Abognet 31/03/10 21:59
Ha comentado en el artículo La Disolución del Condominio: Ejemplo y aclaraciones
Hola Echevarri, magnifico comentario.. pero ahora el problema se agrava: te pongo un ejemplo, que imagino que no será el único: pareja que salen partiendo peras, con una hipoteca mucho mayor que el valor del piso. uno de ellos no quiere disolver el condominio y se debe pedir judicialmente. Para colmo, el prestamo hipotecario esta garantizado con la vivienda que es copropiedad de la pareja y por la casa de los suegros de ella. Uno de ellos (logicamente al que no le avalan sus padres) deja de pagar las cuotas. Así las cosas, resumiendo: -prestamo por valor de 200.0000 -Casa por valor actual de 120.000 -cantidad garantizada por la vivienda litigiosa 80.000 -cantidad garantizada por la vivienda de los suegros 120.000 1. Problema numero uno. El condomino que está avalado por sus padres, quiere la propiedad de la vivienda, pero asumiendo la deuda solo respecto al porcentaje correpondiente a su valor, queriendo compartir el "sobrante" al 50% 2. Problema número dos. El condómino que está avalado por la casa de sus padres, jamás dejará que el otro adquiera la propiedad de la vivienda, máxime cuando pende el patrimonio de sus padres y el otro es un incumplidor. 3. Problema numero tres. El codueño incumplidor no estará de acuerdo en la oferta número 1 y la casa puede ir a subasta, con lo que tenemos el 4. Problema numero 4: si la vivienda se subasta, el adquiriente observará una carga inferior al valor y el sobrante debería repartirse entre los copropietarios, con el consiguiente enriquecimiento injusto de uno de ellos, salvo pronunciamiento expreso de condena a destinar tal cantidad sobrante a sufragar el prestamo del que aun son deudores. En fin, un lio de narices que tengo ahora encima de la mesa... Un saludo