A mi me acaba de pasar con una oposicion del estado, que me han dejado fuera porque dicen que con una incapacidad permanente no puedes entrar en el turno de discapacidad.
Mi consulta es si para otras oposiciones, del ayutamiento, de la diputacion, de la junta de andalucia... siguen el mismo criterio. Yo tenia pensado que si se podia acceder mediante el turno de discapacidad pero ya no lo tengo claro y no encuentro quien me de una respuesta.
Esto me han puesto desde el proceso de seleccion de las oposiciones al estado:
En virtud de la modificación operada por la disposición final 2.1 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero sobre el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, en criterio conjunto con informe emitido por la Dirección General de Función Pública:
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La equiparación de las personas pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez y las personas pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad a los efectos de esta ley, con la consideración de personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento, no opera “a todos los efectos”, sino exclusivamente “a los efectos de la sección 1.ª del capítulo V y del capítulo VIII del título I, así como del título II”.
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Entre aquellas materias a efectos de las cuales se produce la mencionada equiparación del artículo 4.2 de la LGDPD no se encuentra la materia de función pública, y específicamente, el acceso al empleo público.
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Por tanto, no cabe entender equiparable al concepto de “persona con discapacidad igual o superior al 33%” - a los efectos de acceso al empleo público y en concreto al cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad - a las personas que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez.
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Únicamente podrán participar por dicho cupo las personas con un grado de discapacidad reconocido por la Comunidad Autónoma correspondiente igual o superior al 33% por ciento, estando en este caso exentas del abono de la tasa correspondiente (Base 4.11 de la convocatoria).