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Desde luego justo no es

17 respuestas
Desde luego justo no es
Desde luego justo no es
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#9

Re: Desde luego justo no es

Creo que no nos hemos entendido.
Yo compro a 1000 ex-cupón.
Pago el cupón corrido (lógico). 36,67

En el momento de la venta, vendo a 1000 ex-cupón.
Cobro el cupón. 40

El problema radica en la retención: a mí me retienen el 18% de los 40, cuando realmente me tendrían que retener el 18% de (40-36,67).

Y aún hay más... Al que me vende a mí esa participación le hacen lo siguiente en el momento de su venta:
Cobro a 1000.
Cobro cupón corrido: 36,67
Retención 18%: -6,60

Con lo cual, lo que están haciendo es retener 2 veces el 18% de esos 36,67. Al que vende y a mí cuando compro.

Salu2.

#10

Re: Desde luego justo no es

Si me saliera la declaración a pagar y no tuviera obligación de presentarla perdería esa retención.

Salu2.

#11

Re: Desde luego justo no es

Bueno, tienes razón en un mercado interno vender al 105% es un poco dificil,
aunque yo he vendido al 102% en alguna ocasión sin problemas.
Aún asi,si el precio de venta es de 1.000 no tienes beneficio 0, tienes perdida de 36,67 y como bien sabes las pérdidas también se deducen de la base imponible del ahorro en tu declaración de renta, con lo cual, seguimos teniendo el mismo planteamiento, es decir te deduces hasta un 48% según cual sea tu escala.

Un saludo,

#12

Re: Desde luego justo no es

No, no tengo pérdida de 36,67. Posteriormente cobro el cupón completo de 40.

Tengo unos rendimientos positivos de +3,33.

El problema está en que el banco me retiene 7,20 (18% de 40), cuando me tendría que retener 0,60 (18% de 3,33).

Salu2.

#13

Re: Desde luego justo no es

Si que tienes perdida:

Precio de compra: 1.036
Precio de venta: 1.000
Pérdida 36

#14

Re: Desde luego justo no es

Yo iba por el lado de la retención que me aplican de más.
Aún así, si me resulta a pagar y no tengo obligación de presentarla, sigue siendo dinero que pierdo.

Salu2.

#15

Re: Desde luego justo no es

Yo pienso que esto en hacienda ya estara contemplado como funciona, no se puede pagar 2 veces por un beneficio o se lo tendran que descontar al otro de lo que tu tienes que pagarle o te lo podras deducir tu de lo que ya has pagado

#16

Re: Desde luego justo no es

Eso es... yo me lo puedo deducir... pero en algún supuesto no.

- No tengo obligación de presentar la declaración
- Me sale a pagar 500
- Por esa retención podría desgravar 300

No presentaría la declaración porque me sigue saliendo a pagar.

La retención esa que me hicieron "de más", la perdería.

Salu2.

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