Supongo que alguien con conocimientos podrá aclararlo. Yo creo que el real decreto solo se refiere a las reclamaciones por la posible "quita". Yo entiendo que si alguien se siente estafado, el RD no le impide reclamar por la presunta estafa en la comercialización del producto.
Sí, pero si eso (que es lo lógico) hubiera sucedido, muchos altos cargos de entidades financieras, muy vinculados a partidos políticos, hubieran perdido su trabajo (mejor dicho, sus ingresos, porque lo que es trabajar...)