Entiendo que heredas 1/3 de una vivienda y que ese mismo porcentaje se lo vendes, a otro de los herederos.
Si la venta se realiza por el mismo precio, por el que se adjudica lo heredado y se tributa en el Impuesto de Sucesiones, a tu valor de adquisición se ha sumar los costes de la herencia que corresponde a este 1/3 de vivienda y el Impuesto de Plusvalía Municipal que habrás pagado o tienes que pagar, por la parte heredada.
El valor de venta será el que figure en la escritura menos los costes que hayas tenido por esta venta,
Entiendo que con los gastos tendrás una leve perdida , se cumplimenta en la Casilla 0358 el carácter del elemento vendido y en la casilla 0361 los valores de adquisición y venta.
Si en unos primeros números el valor de venta es inferior al valor de adquisición, no es una complementaria lo que tienes que cumplimentar, sino una rectificación ya que no aumenta tu cuota tributaria. Si te sale ganancia si es una complementaria.
Entras en la RentaWeb del 2018 que ya tienes presentada y una vez recuperada, le das a modificar y después una modificación con la inclusión de los datos en las casillas descritas anteriormente, lo confirmas y lo mandas.
Saludos