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Pago Plusvalía en año distinto a la venta de un piso.

6 respuestas
Pago Plusvalía en año distinto a la venta de un piso.
Pago Plusvalía en año distinto a la venta de un piso.
#1

Pago Plusvalía en año distinto a la venta de un piso.

Buenas tardes,

el año pasado vendi un piso, pero el Ayuntamiento, a día de hoy, aún no me ha pasado al cobro la correspondiente Plusvalía, por lo que no podré incluirla como gasto cuando declare la venta en el IRPF que toca hacer este año. ¿Podré desgravarla en la siguiente declaración de la renta? Si así fuese, cómo se hace?

Muchas gracias por vuestros comentarios.

Un cordial saludo

#2

Re: Pago Plusvalía en año distinto a la venta de un piso.

pues para la declaración del IRPF 2018 que se presentará dentro de unos meses, harías el cálculo de la ganancia/pérdida patrimonial sin tener en cuenta dicho gasto, si no te ha llegado la liquidación del ayuntamiento dentro del plazo de presentación.

Cuando te llegue posteriormente, solicitas una rectificación de la autoliquidación del IRPF de 2018;se puede  hacer online, modificando la declaración y adjuntando en otra opción que hay en la web de la Agencia Tributaria una explicación y la documentación de por qué realizas la solicitud. La Agencia Tributaria debería devolverte la cantidad que corresponda a la diferencia entre la cuota de la declaración inicial y la rectificada.

 

#3

Re: Pago Plusvalía en año distinto a la venta de un piso.

Buenas noches:

La transmisión no es suficiente para producirse el hecho imponible del IIVTNU.

La transmisión debe haberse realizado en el período comprendido entre 1 y 20 años.

Además, durante ese período  (1 a 20) si se ha tenido pérdidas reales, éstas anulan al hecho imponible del incremento de valor potencial ficticio.

Fuera de ese período no hay plusvalía municipal. No existe manifestación de la plusvalía ficticia.

Saludos.

 

 

 

#4

Re: Pago Plusvalía en año distinto a la venta de un piso.

Muchas gracias Bacalao, alto y claro, pero no creo que me embarque en esa movida por una Plusvalía de 300 o 400 €.

#5

Re: Pago Plusvalía en año distinto a la venta de un piso.

Muchas gracias Jesúsm1, pero sí entra dentro de ese periodo, lo compré en 2004 y lo vendí en 2018, ajo y agua.

#6

Re: Pago Plusvalía en año distinto a la venta de un piso.

eso ya lo tienes que ver tú, piensa que Hacienda te devolvería un 19-21-23% del gasto que suponga el impuesto municipal pendiente de pagar, al ser esos los tipos a los que se gravan la ganancias patrimoniales.

#7

Re: Pago Plusvalía en año distinto a la venta de un piso.

Lo tendré en cuenta. Muchas gracias.