si es un plan abierto a todos los empleados de la empresa, está exenta la cantidad recibida en acciones hasta 12.000 euros/año, siempre que las mantengas en tu propiedad al menos 3 años. Si no es para todo el mundo, entonces es un rendimiento en especie al valor que tuvieran de cotización en el momento de la entrega.
si las vendes antes de 3 años, tienes que incluirlas como rendimiento del trabajo en especie en la declaración del IRPF (si ya pasó el plazo, con una declaración complementaria) al valor que tuvieran de cotización en el momento de la entrega. Si pasan más de 3 años, entonces el rendimiento del trabajo está exento definitivamente.
Cuando las vendas, tendrás además una ganancia/pérdida patrimonial por la diferencia entre el valor de transmisión y el valor de adquisición (que será esa valoración al precio de cotización cuando te las entregaron, con independencia de que hayan pasado o no los 3 años).