Re: Deducción por Maternidad
Ok, gracias.
Algo fallaba.
Yo creía que era para autónomos.
Un saludo.
4ojos ven mejor que dos.
Ok, gracias.
Algo fallaba.
Yo creía que era para autónomos.
Un saludo.
4ojos ven mejor que dos.
Otra preguntilla y que diferencia hay entre a) y b) de la casilla cotizaciones devengadas?
¿Donde puedo mirar cuales son los casos excepcionales de esta deducción?
Si marcas la a, te pone automáticamente 100 euros en cada mes, que es el mínimo para aplicar la deducción de forma íntegra; es para evitarte el trabajo de meter los meses uno a uno si has estado cotizando todo el año por importe superior a 100.
La b es pues para cuando no has cotizado todo el año o lo has hecho por importes inferiores a 100/mes.
Informa AEAT
127210-PADRE O TUTOR
Pregunta
¿En algún caso es aplicable la deducción por maternidad al padre o tutor?
Respuesta
Sí. En caso de fallecimiento de la madre, o cuando la guarda y custodia se atribuya de forma exclusiva al padre, o tutor, este tendrá derecho a la deducción pendiente, siempre que cumpla los requisitos exigidos. Para el reconocimiento del derecho a la deducción en este caso no será necesaria la existencia previa de una mujer con derecho a la misma. Les corresponderá el importe de la deducción pendiente, es decir, la deducción que corresponda al tiempo que reste hasta que el hijo o tutelado alcance los tres años de edad (en el supuesto de adopción o acogimiento el plazo se computará desde su comienzo).
Normativa/Doctrina
Artículo 81 Ley 35 / 2006 , de 28 de noviembre de 2006 .
Informe D.G.T. de diciembre de 2002
Muchísimas gracias.
Un saludo.
Buen día a tod@s.
Otra pregunta: que tengo que poner exactamente en cotizaciones devengadas? ¿la base de cotización de cada mes o el total a pagar la empresa y el trabajador por esas bases?
Si ha estado de alta trabjando todo el año, con marcar la cuadricula de a), es suficiente.
Saludos
ok.
muchísimas gracias. Saludos.