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Venta de vivienda expropiación forzosa y herederos

1 respuesta
Venta de vivienda expropiación forzosa y herederos
Venta de vivienda expropiación forzosa y herederos
#1

Venta de vivienda expropiación forzosa y herederos

En su momento mi suegra falleció, y mi suegro, tuvo que actualizar todos los papeles debido a que ella no dejó por escrito sus últimas voluntades, e hizo una escritura de Obra nueva de su inmueble, EL CUAL DATA DE 1961, a nombre de él mismo, con un valor de la adjudicación de 23.248,79, y de sus dos hijos herederos, por un valor de la adjudicación de 9902,25 euros, y con el gravamen legitimario paterno(esto último no lo entiendo...). Resulta que la casa de mi suegro fue clasificada de expropiación forzosa por la consejería de vivienda del gobierno de mi región para la construcción de una autovía . En el justiprecio se acordó indemnizarle con 201.346,90 euros en el que firmaron los tres por iguales, padre y dos hijos, mi suegro coge su parte para adquirir otra vivienda y reparte 33.500 euros a cada uno de los dos hijos, además el total del dinero lo recibió en una cuenta corriente que solo estaba a nombre de mi suegro.
Mi duda es la siguiente: Si el inmueble, originalmente fue escriturado en 1961 y aunque exista una declaración de obra nueva, ¿estamos obligados a declararlo en el IRPF?. Al producirse una expropiación forzosa, ¿estamos obligados a declararlo en el IRPF?. ¿Se puede entender la percepción de ese reparto entre los hijos como derechos de herencia procedentes de la madre fallecida?
Existe jurisprudencia con una sentencia de Tribunal de justicia de Valencia de 2003 donde se establece a grosso modo que no existe ganacia patrimonial para la expropiaciones forzosa, aunque el tribunal supremo no lo reconoce así.
El tema es que no sé como darle forma a este embrollo, ¿cómo confecciono esta renta tan peculiar..?, ¿en qué apartado lo indico?, o simplemente,¿no lo declaro...?
Ruego me den sus opiniones que muy agradecidamente valoraré.

#2

Re: Venta de vivienda expropiación forzosa y herederos

En principio los 9.902,25 euros de adjudicacion a los hijos , no aclaras si es acada uno de ellos o es al conjunto de los dos. Vamos a suponer que es a cada uno de ellos.

Se ha producido con la expropiacion con respecto a la escrituracion del año 1.961 una plusvalia por diferencia entre el valor escriturado y el justiprecio.

Cada uno tiene su participacion en funcion de estos valores , aunque no parece guardar la proporcionalidad entre el valor total y el justiprecio y los 9.902,25 euros y los 33.500 repartidos.

Al tratarse de un inmueble del año 1961 de adquisicion , se puede aplicar los coeficientes de abatimiento vigentes hasta el 20-01-2006 , por esta aplicacion la plusvalia proporcional al periodo entre la fecha de adjudicacion hasta el 20-01-2006 , se encuentra exenta en su totalidad.

Desde el la fecha 20-01-2006 a la fecha de expropacion , si tributara la plusvalia.

Ejemplo : Fecha Obra Nueva (Adjudicacion).... 30-10-1961
Fecha de venta(expropiacion)....... 30/06/2011
Dias transcurridos entre ambas fechas...... 18.140 dias
Dias entre 30/10/1961 y 20/01/2006........ 16.153 dias
Resto de dias con aplicacion plusvalia... 1.987 dias

Porcentaje plusvalia exenta... (16.153/18140)... 89%
Porcentaje con aplicacion plusvalia............. 11%

Los hijos declaran una plusvalia de 33.500-9.902 = 23.598 euros

Tienen exenta la plusvalia del 89%...... 21.013 euros exentos de plusvalia
Tendran que declara por una plusvalia de 2.585 euros que tributara al tipo de Base del Ahorro.

El padre tiene la misma operacion , solo que en este caso si ha adquirido una nueva vivienda habitual , con lo cobrado en la expropiacion , la plusvalia a tributar tamien estara exenta por reinversion en vivienda habitual.

Saludos