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Subsidio desempleo

51 respuestas
Subsidio desempleo
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#31

Re: Subsidio desempleo

Buenas tardes. 
Me acaban de llamar para hacerme un contrato a tiempo parcial, actualmente estoy cobrando el Paro, pero se me terminaba el 18 de Marzo (llevaba desde hace 21 mes), por lo que he estado leyendo puedo solicitar la compatibilidad del paro hasta finales de marzo y se reduciría al 50% (ya que mi jornada sería de 4 horas), pero mi duda surge después de del 18 de Marzo ¿puedo solicitar el subsidio por agotamiento del paro aunque esté trabajado a jornada parcial? creo que le llaman CAE pero no estoy segura. Y si es así el importe del CAE también se reduciría al 50%?....  
#32

Re: Subsidio desempleo

Con la compatibilidad de la Prestación Contributiva, todo correcto no tiene dificultad. Otra cosa es que hubiera nacido después del 01/04/2025, entonces también tendría CAE, pero no es el caso.
Tendrá derecho al subsidio por agotamiento de la Prestación, siempre que no tenga ingresos superiores a 888 euros al mes (incluído el trabajo). Una vez aclarado que tiene derecho al subsidio, el importe del salario deja de contar (no así todos los demás ingresos).
Ahora bien, el subsidio estando trabajando toma la forma del Complemento de Apoyo al Empleo (CAE) y percibirá una cantidad que depende del porcentaje del trabajo  y del trimestre en el que esté de subsidio https://loentiendo.com/wp-content/uploads/2025/08/cae-prestacion-contributiva.jpg  y un máximo de 6 meses. Si pasados seis meses sigue trabajando, el subsidio queda suspendido.
#34

Re: Subsidio desempleo

Hola. En el enlace que adjuntas aparece el tiempo y la cuantía de CAE durante las prestación por desempleo... pero si ya no tengo prestación? Como se la cuantía que recibo?
Donde pones " Una vez aclarado que tiene derecho al subsidio, el importe del salario deja de contar (no así todos los demás ingresos)" no entiendo a que te refieres exactamente no llego a los 888 y no tengo ingresos a parte de esos.

 Gracias de antemano.


#35

Re: Subsidio desempleo

Perdón, efectivamente esas eran las cantidades del CAE para Prestación contributiva. Estás son las del subsidio https://bizilan.eus/wp-content/uploads/2024/12/Enplegua-sustatzeko-osagarria-GAZT.jpg
Con el mensaje de las rentas solo me refiero a que, para acceder al subsidio se tienen en cuenta las rentas de ese trabajo, pero una vez reconocido ya no se tienen en cuenta, por lo que si le suben el sueldo y cobra más de 888 euros, sigue con el CAE
#36

Re: Subsidio desempleo

Perfecto, creo que ya lo he entendido. Pero me surge una duda que no sé si me sabes contestar. Cuando yo solicite el Subsidio, (que estando trabajando toma la forma del Complemento de Apoyo al Empleo, CAE) ¿entiendo que la tengo que solicitar como subsidio con cargas familiares o sin cargas familiares? en caso de solicitarlo sin cartas familiares me correspondería sólo 6 meses de subsidio y con cargas familiares 30 meses (prorrogables cada 3 meses), mi duda surge si al solicitar el subsidio sin cargas familiares me reconocen los 6 meses (Que so los mismo que me dan de CAE) pasados esos 6 meses por ejemplo a los 7 meses, yo causara situación legal de desempleo, podría solicitar la reanudación del subsidio con cargas familiares? o al solicitarlo de primeras sin cargas familiares no se podría cambiar?

Mi marido cada mes cobra distinto por las comisiones por eso pregunto que es mejor si pedir el subsidio de primeras con cargas familiares o hacerlo sin ellas y luego en caso de necesitarlo se puede solicitar con ellas.

Espero haberme explicado bien. 
Muchas gracias
#37

Re: Subsidio desempleo

Si el subsidio se reconoce sin cargas familiares, se puede ampliar a con cargas familiares en los 12 meses siguientes al hecho causante (el agotamiento de la Prestación Contributiva).
Por lo tanto, puede perfectamente hacer el subsidio sin cargas familiares y más adelante aportar la información de la unidad familiar.
#38

Re: Subsidio desempleo

Perfecto, Muchas gracias por la aclaración. 

Estas otras dudas no las encuentro por ninguna página y no se si alguien las puede saber. 

En caso de pedir un mes sin permiso retribuido ¿Cómo afectaría al CAE? 

Los requisitos para cobrar el CAE son los mismo que el subsidio entiendo, pero si en el 4 mes (2 trimestre de la CAE) ¿tengo que pedir la prorroga verdad? y si en ese momento cobro más de 888€ quedaría suspendido la CAE?

Gracias nuevamente por tu aportación.


#39

Re: Subsidio desempleo

El CAE se cobra mientras esté de alta el contrato que lo generó, no se ha contemplado ninguna otra situación.
Si no hay situación de baja en la seguridad social, entiendo que le seguirán pagando el CAE aunque haya un periodo de suspensión de empleo y sueldo, licencia, huelga, inactividad o cualquier otra situación en la que no haya trabajo pero sí hay situación de alta en seguridad social.  En algún momento habrá un criterio de los letrados del SEPE sobre el tema, pero de momento no existe, que yo sepa.
El CAE es un cambio de nombre de la compatibilidad del subsidio tiene los mismos requisitos que el subsidio (ya que es una variedad del mismo) excepto los señalizados expresamente en la Ley que no cuentan los ingresos del trabajo para el límite de rentas o que no hay que renovar la demanda si el trabajo es a tiempo completo. Por lo tanto hay que realizar las prórrogas igual, pero los ingresos del trabajo no se tienen en cuenta para el límite de ingresos.
#40

Re: Subsidio desempleo


Muchas gracias por la aclaración!!! ayudas un motón porque hay veces que lían tanto las cosas que yo por lo menos no me aclaro mucho, y a veces las personas que nos atienden en el SEPE nos dicen cosas distintas.

Me queda una última duda con lo que me has dicho del importe del trabajo para cobrar el CAE, porque lo que haré será agotar el mes de paro que me queda y pedir la compatibilidad y después pediré el subsidio por agotamiento de la prestación (que si estoy trabajando se convierte en CAE durante 180 días que es lo máximo que lo conceden) y cuando terminen esos 180 días se suspende el subsidio y en caso de necesitarlo si han pasado menos de 12 meses desde que se me agotó el Paro, podrían concedérmelo, ¿ es así verdad?.... La duda me surge cuando vaya a pedir el subsidio porque me surge la siguiente duda ¿el importe de mi trabajo no cuenta para las rentas familiares?? o eso es si después de concederlo me subieran a mi las horas y por lo tanto el salario.
La ley que me indicas no la encuentro.. ya lo siento


Gracias de nuevo.




#41

Re: Subsidio desempleo

y otra duda pregunta que yo entiendo así, y es que el subsidio no hay que renovarlo si pasados los 180 días de cobrarlo como CAE se sigue trabajando no? por lo que he leído tienes 6 meses para volver a realizar la solicitud de prorroga siempre que ésta la presentes dentro de los 6 meses siguientes a la fecha del agotamiento del periodo trimestral, es decir si se termina mi CAE en Agosto, tendría hasta febrero para poder cobrar nuevamente el subsidio en ese periodo si me quedara sin trabajo verdad? siempre que acreditara responsabilidades familiares porque sino no me lo concederían, ¿es correcto verdad?
#42

Re: Subsidio desempleo

Las rentas del trabajo no se tienen en cuenta durante el CAE, pero para acceder al CAE hay que tener derecho al subsidio y para tener derecho al subsidio si se miran las rentas.
Entonces se miran las rentas del trabajo (y se suman a otras rentas) solo para acceder al subsidio y una vez concedido y empezado el CAE ya solo se miran el resto de rentas.
Las prorrogas del subsidio deben hacerse hasta cobrar los 6 meses de CAE, después el subsidio se suspende y cualquier solicitud será denegada hasta que acabe el trabajo.
#43

Re: Subsidio desempleo

Entiendo que la prestación por desempleo tampoco contabiliza para alegar tener carencia de rentas verdad?
#44

Re: Subsidio desempleo

Si lo que pregunta es si tampoco se tienen en cuenta las rentas derivadas de la Prestación Contributiva, la respuesta es no, no se cuentan ni las rentas de la Prestación, ni las del subsidio.
#45

Re: Subsidio desempleo

Hola de nuevo, 
He encontrado esto en la página del SEPE y pone que si cuenta para rentas las prestaciones por desempleo y los subsidios por desempleo.... o eso entiendo yo "  Son rentas computables, de naturaleza prestacional, el importe de pensiones y prestaciones de la Seguridad Social, incluidas las prestaciones y subsidios por desempleo y otras prestaciones públicas. Se excluyen las asignaciones de la Seguridad Social por hijo a cargo y el importe de las cuotas destinadas a la financiación del convenio especial con la Administración de la Seguridad Social". 

Por lo que entiendo que para acceder al subsidio por desempleo, si que se cuenta la prestación por desempleo del mes anterior no?

Gracias