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Nueva compatibilización RDL 02/2024 de 21 mayo del subsidio mayores 52 con trabajo parcial cuenta ajena

25 respuestas
Nueva compatibilización RDL 02/2024 de 21 mayo del subsidio mayores 52 con trabajo parcial cuenta ajena
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Nueva compatibilización RDL 02/2024 de 21 mayo del subsidio mayores 52 con trabajo parcial cuenta ajena
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#1

Nueva compatibilización RDL 02/2024 de 21 mayo del subsidio mayores 52 con trabajo parcial cuenta ajena

Buenas tardes aunque es muy reciente la publicación del  Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo y con tiempo iremos viendo todos los cambios e intentar entender la normativa hay una cosa que me preocupa en la situación en la que me encuentro actualmente, al igual que yo muchos otros, seguro.
Mi situación actual es la siguiente:
Soy beneficiario del subsidio para mayores de 52 años y lo estoy compatibilizando con un contrato indefinido a tiempo parcial (200) a 10 horas a la semana trabajadas, por lo que cobro del subsidio un 75% 360€ ya que trabajo un 25% de la jornada, esto lo tengo aceptado desde este abril pasado.
Con este nuevo RD mi duda surge en el sistema de compatibilidad, si me regiré con la normativa actual o a partir del 1/11/24 me van a modificar las condiciones y se me va a aplicar el nuevo sistema de compatibilidad y trabajo por cuenta ajena con percibir el complemento de apoyo al empleo (la tabla de los trimestres)
Art.282. Incompatibilidades
" El complemento de apoyo al empleo se percibirá mientras se mantenga la relación laboral que lo originó. Durante su percepción, con independencia del porcentaje aplicado, se consumirán tantos días de la duración del subsidio como los días percibidos en concepto de complemento de apoyo al empleo. Su duración máxima será de ciento ochenta días, que podrán percibirse en uno o sucesivos periodos de compatibilidad, con el límite del número de días que restasen por percibir de la duración máxima del subsidio reconocido. Llegado al límite anterior o agotada la duración máxima del subsidio, este quedará suspendido por realización de un trabajo por cuenta ajena y sujeto a las condiciones generales de reanudación por esta causa o extinguido por agotamiento, respectivamente."

Que va a pasar con las personas que tenemos el subsidio compatibilizado con un trabajo a tiempo parcial con poca jornada? Se nos va a aplicar éste artículo y el cuadro de los trimestres o se nos seguirá aplicando la normativa actual en el momento del acceso al subsidio? A los 180 días de compatibilización se nos suspende el subsidio? Hay que sobrevivir con un salario de 10h/semana?

Gracias y un saludo.

 
#2

Re: Nueva compatibilización RDL 02/2024 de 21 mayo del subsidio mayores 52 con trabajo parcial cuenta ajena

Se regirá por la normativa por la que le fue concedida la compatibilidad.
(Disposición transitoria cuarta)

#3

Re: Nueva compatibilización RDL 02/2024 de 21 mayo del subsidio mayores 52 con trabajo parcial cuenta ajena

Hola Angelneu la disposición transitoria cuarta, dice:
Disposición transitoria cuarta. Régimen transitorio de compatibilidad del subsidio por desempleo con el trabajo por cuenta ajena. Todos los subsidios por desempleo, incluido el subsidio para mayores de cincuenta y dos años, que en el momento de entrada en vigor de esta norma estén sujetos al régimen de compatibilidad previsto en la disposición transitoria quinta de la Ley 45/2002, de 12 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma del sistema de protección por desempleo y mejora de la ocupabilidad, seguirán rigiéndose por lo previsto en la citada disposición transitoria y por la normativa vigente en la fecha de reconocimiento del subsidio, hasta que se produzca la finalización de la relación laboral, o en su caso, la extinción del subsidio.
 
Leyendo esta disposición transitoria cuarta, dice que en el momento de entrada en vigor de esta norma estén sujetos al régimen de compatibilidad previsto en la disposición transitoria quinta de la Ley 45/2002 de 12 de diciembre.
Esta disposición transitoria quinta  en el punto 1 dice:
 1. Podrán compatibilizar los subsidios por desempleo con el trabajo por cuenta ajena en aplicación de lo previsto en el párrafo primero del apartado 4 del artículo 228 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social los trabajadores desempleados mayores de cincuenta y dos años, inscritos en las oficinas de empleo, beneficiarios de cualquiera de los subsidios recogidos en el artículo 215 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.  La aplicación del programa regulado en la presente disposición transitoria será voluntaria para los trabajadores desempleados a que se refiere el párrafo anterior. 
Y en el punto 2 dice:
 2. A efectos de aplicar este régimen de compatibilidad, los trabajadores deberán ser contratados a tiempo completo y de forma indefinida o temporal, siempre que la duración del contrato sea superior a tres meses. 

Mi caso de compatibilización no es a jornada completa ni el tipo de contrato que creo que se refiere. La compatibilización a tiempo parcial se regiría por esta disposición transitoria  quinta (actualmente derogada) y a su vez por la cuarta del nuevo RDL?

Gracias y un saludo.


#4

Re: Nueva compatibilización RDL 02/2024 de 21 mayo del subsidio mayores 52 con trabajo parcial cuenta ajena

En este cambio normativo hay aún hay tela rascar.
No tengo dudas que su contrato se regirá por la normativa anterior por el que fue celebrado (sería inconstitucional lo contrario)
Seguiremos investigando.

Por lo poco que he visto, creo que los perceptores del subsidio por mayor de 52 años son perjudicados con este nuevo cambio cuando se quiere compatibilizar trabajo y subsidio a la vez.
Y no solo eso; 
 si buscaban "activar" hacia el empleo a este colectivo (ya se por sí casi imposible por la edad),   van a conseguir justamente lo contrario con esta norma. 
Me parece un disparate mayúsculo la derogación de la DT5ª de la Ley 45/2002 para este subsidio.


#5

Re: Nueva compatibilización RDL 02/2024 de 21 mayo del subsidio mayores 52 con trabajo parcial cuenta ajena

Gracias Angelneu por tu respuesta. Con lo que expones totalmente de acuerdo contigo, las nuevas condiciones parecen perjudicar en vez de incentivar y conseguirán el efecto contrario como bien dices, y la derogación otro disparate. Nada acertados con la nueva regulación.

Un saludo.
#6

Re: Nueva compatibilización RDL 02/2024 de 21 mayo del subsidio mayores 52 con trabajo parcial cuenta ajena

Las nuevas condiciones de compatibilidad pueden ser atractivas para cualquier modalidad de subsidio,  MENOS para el de mayores de 52 años;  es regresivo.
Me temo que se han "enfrascado" con lo de la cotización y no han pensando en esto.


Saludos.


#7

Re: Nueva compatibilización RDL 02/2024 de 21 mayo del subsidio mayores 52 con trabajo parcial cuenta ajena

Cuando se aprobó el RDL 7/2023 ya comenté lo de las compatibilidades, al gobierno, sin embargo, le gustó tanto que va a extender el nuevo modelo también a la Prestación Contributiva a partir del Noveno mes.
¿Cómo va a incentivar el trabajo tener una ayuda que se acaba a los 6 meses frente a una compatibilidad que se puede tener hasta que se acabe el subsidio en cuestión? Sólo puede ayudar en trabajos a tiempo completo, pero eso ya lo tenían cubierto los mayores de 52, por lo que este colectivo sale perdiendo.
Es un sistema muy complicado y que será poco útil.
En cuanto a lo que dice Tetra, sería anticonstitucional modificar una prestación ya concedida por la entrada en vigor de una nueva Ley, salvo que fuera de forma voluntaria o beneficiosa para la persona. Eso sí, cuando la persona termine el contrato y posteriormente acceda a otro será con la nueva regulación

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#8

Re: Nueva compatibilización RDL 02/2024 de 21 mayo del subsidio mayores 52 con trabajo parcial cuenta ajena

Ante todo, gracias a los dos Angelneu y franjgr por vuestras respuestas, siempre dispuestos a ayudar y además con una calidad increíble.
Una cosa, éste dichoso RDL por lo que he leído aún debe ser convalidado y aprobado en el Parlamento (Congreso de los Diputados), que de no producirse dicha convalidación, decaería. Dicen que no existe fecha para esta nueva convalidación pero previsiblemente antes de verano.
Desde mi posición y como posible perjudicado, aunque no está bien decirlo a ver si la tumban y no prospera porque está fatal.

Saludos. 

#9

Re: Nueva compatibilización RDL 02/2024 de 21 mayo del subsidio mayores 52 con trabajo parcial cuenta ajena

Si no recuerdo mal antes de un mes debe ser convalidado

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#10

Re: Nueva compatibilización RDL 02/2024 de 21 mayo del subsidio mayores 52 con trabajo parcial cuenta ajena

Como dice franjgr,   en un mes como máximo debe de producirse la votación para la convalidación.



#11

Re: Nueva compatibilización RDL 02/2024 de 21 mayo del subsidio mayores 52 con trabajo parcial cuenta ajena

Voy desgranando un poco el RDL.
A este respecto, dice la disposición transitoria tercera:  
Las personas que, a 1 de noviembre de 2024, hubieran solicitado, fueran beneficiarios o tuvieran suspendidos cualquiera de los subsidios por desempleo existentes en el momento de la entrada en vigor de este real decreto-ley, incluido el subsidio extraordinario por desempleo, o la renta activa de inserción, seguirán rigiéndose por la normativa anterior a este real decreto-ley hasta la extinción del derecho actual. 
Por lo tanto, seguirá compatibilizando en base a la legislación antigua, sin ningún problema

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#12

Re: Nueva compatibilización RDL 02/2024 de 21 mayo del subsidio mayores 52 con trabajo parcial cuenta ajena

Buenos días franjgr, gracias por tu aclaración. Pone un poco de luz en todo éste asunto.

Gracias.
#13

Re: Nueva compatibilización RDL 02/2024 de 21 mayo del subsidio mayores 52 con trabajo parcial cuenta ajena

El problema  -me temo-  empezará cuando el contrato finalice y surja celebrar otro nuevo,  y todas la leyes anteriores que permitían la compatibilidad este subsidio, derogadas;     en especial la DT5ª de la Ley 45/2002  que permite compatibilizar un trabajo superior a tres meses  (ya sea a tiempo parcial o completo) con el subsidio,  de manera indefinida.

Estaremos atentos a las instrucciones del SEPE. 

#14

Re: Nueva compatibilización RDL 02/2024 de 21 mayo del subsidio mayores 52 con trabajo parcial cuenta ajena

Gracias por la respuesta y hay que esperar a ver como se pronuncia el SEPE, siempre y cuando este RDL sea convalidado.

Y luego está que todos los funcionarios sepan aplicar las nuevas normas y estén formados para ello, será un cacao, para ellos y para nosotros que es quién lo vamos a sufrir.

Saludos.
#15

Re: Nueva compatibilización RDL 02/2024 de 21 mayo del subsidio mayores 52 con trabajo parcial cuenta ajena

Viendo como se perfila la nueva reforma, hay cosas que me preocupan porque más que incentivar el empleo lo que van a hacer es destruirlo y es muy sencillo. Si a partir de noviembre los nuevos beneficiarios de mayores de 52 encuentran un trabajo a tiempo parcial cobrando menos de 850 que no son muchas horas a la semana, que podrán compatibilizar pero sólo 180 días ya que después se les suspense el subsidio ya me dirás como va a vivir la gente porque 850 tiene un pase pero 200 o 300€ de un trabajo a pocas horas, que hay que hacer? La gente provocará despidos para volver a cobrar los 480€ del subsidio, que no es para tirar cohetes pero es superior al importe del trabajo. No sé como vamos a torear esto pero el legislador se ha quedado a gusto si realmente es así. En fin tendremos que verlas venir a ver como acaba todo esto.
Saludos.