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Duda sobre el cambio de ley del subsidio de desempleo - SEPE

10 respuestas
Duda sobre el cambio de ley del subsidio de desempleo - SEPE
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Duda sobre el cambio de ley del subsidio de desempleo - SEPE
#1

Duda sobre el cambio de ley del subsidio de desempleo - SEPE

Buenas,

Acabo de ver que el nuevo subsidio de desempleo que incluye a personas menores de 45 años sin cargas familiares entre en vigor el 1 de junio.

Anteriormente había cotizado más de 365 días antes de perder mi trabajo y mi paro se terminará el 13 de abril. ¿Podré solicitar si lo necesitara el nuevo subsidio o ya no soy apto por fechas?

Gracias de antemano.
#2

Re: Duda sobre el cambio de ley del subsidio de desempleo - SEPE

Cuando termine el paro no existirá ninguna Ley en vigor que le permita acceder a un subsidio.
Y en el RDL publicado no está previsto su aplicación con efectos retroactivos.
Por lo tanto, a día de hoy, parece que no tendrá acceso a ningún subsidio.
Pero el SEPE no público todavía las instrucciones de como se aplicará está reforma, hasta que no se publiquen no me atrevo a decir que no se forma rotunda

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#3

Re: Duda sobre el cambio de ley del subsidio de desempleo - SEPE

Para el nuevo subsidio menores de 45 años, sin cargas familiares, por agotamiento de prestación, se exige que la prestación por desempleo haya durado al menos 360 días.
Por lo que comentas, tu desempleo es el de 120 días.

En el caso, y sin necesidad ni de disposiciones transitorias, ni de criterios interpretativos, sino de la mera lectura literal de la ley (nuevo redactado del art. 276.1 de la LGSS), desde la fecha del "hecho causante" de acceso al subsidio nuevo, hay un plazo de hasta 6 meses para solicitarlo.

Por tanto, desde el 1 de junio de 2024 se podrían solicitar subsidios nuevos cuya fecha del hecho causante aun no estuviese vencida, o sea 02/12/2023.

Es una cosa peculiar, un hecho causante que no sea hecho causante ahora, puede que a partir de la entrada en vigor de la normativa sí sea hecho causante parcialmente retroactivo.
Evidentemente, durante ese plazo de no solicitud por no ser aun hecho causante, se consume derecho.

Ejemplo:
Un menor de 45 años, sin cargas familiares, tiene una prestación por desempleo de 360 días, que finaliza el 31 de enero de 2024.
Ahora mismo no tiene derecho al subsidio de continuidad.
Pero a 01/06/2024 sí tendría derecho al nuevo subsidio.
Como no han pasado aun 6 meses desde la fecha del hecho causante, puede solicitar el nuevo subsidio. 
Si lo hace el mismo día 01/06/2024, aun le podrían reconocer 2 meses de subsidio por agotamiento de prestación.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#4

Re: Duda sobre el cambio de ley del subsidio de desempleo - SEPE

Dudo mucho que el SEPE admita hechos causantes anteriores al 1 de junio.
Pero, como en el otro caso, hasta que no haya instrucciones publicadas por el SEPE no negaré categóricamente.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#5

Re: Duda sobre el cambio de ley del subsidio de desempleo - SEPE

Para contestar con datos precisos: fueron 1622 días cotizados con acceso a 540 días de paro que finalizan el 13/04/2024.

Tengo que esperar a que el SEPE publique lasinstrucciones, ¿verdad?. ¿Se sabe cuándo lo harán?

EDIT: He leído esto en civio.es

" Eso sí, la reforma de estos subsidios no entrará en vigor hasta junio de 2024. Todas las ayudas en vigor a esa fecha o que se hayan solicitado antes se tramitarán según los mismos criterios, cantidades y norma que hasta ahora. Quienes agoten el paro a partir del 30 de abril de 2024 sí podrán a la nueva prestación. "

Según este párrafo... ¿me quedaría fuera por dos semanas? 


Muchas gracias de nuevo a todos!
#6

Re: Duda sobre el cambio de ley del subsidio de desempleo - SEPE

Con la Ley actual, hay que realizar un mes de espera entre el paro y el subsidio, de ahí que los que finalicen el paro a partir del 30 de abril realizan el mes de espera durante el mes de mayo y tienen acceso al subsidio a partir de junio con la nueva Ley.
Pero, yo no daría mucha credibilidad hasta que el SEPE no publique instrucciones y ya me gustaría saber cuando va a ser eso, pero lo cierto es que no sería la primera vez que las publica cuando la ayuda está en vigor.
Es obvio que este criterio se aplica a los que, de acuerdo a la Ley actual tienen derecho al subsidio, así está recogido en la propia reforma, pero ¿se aplica a aquellos que no tienen derecho al subsidio con la Ley actual? Temo que no, pero esperaré a las instrucciones para asegurarlo.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#7

Re: Duda sobre el cambio de ley del subsidio de desempleo - SEPE

" ... ¿me quedaría fuera por dos semanas? "

Una posibilidad, en los estrictos términos del cumplimiento formal, sería que pudieses suspender tu actual prestación por un breve plazo, y así finalizarla ya dentro del "periodo indiscutible".
Se puede suspender la prestación por desempleo cuando existe una causa legítima de incompatibilidad. Por ejemplo, desarrollar un trabajo por cuenta propia o ajena. 
Así, si lograses "algo" que te generase la posibilidad/obligación de alta, régimen general o autónomos, 1 mes (febrero-marzo), tu prestación se suspendería ese mes. Luego solicitas su reanudación, y ya lo finalizas en mayo. Y de ahí, dada tu casuística, previsiblemente al subsidio 6 meses.

No se, yo pensaría en algún amigo o vecino que necesite reformar su cocina o baño, o algún tipo de trabajo de corta duración de ese estilo (si te sale alguna cosilla por cuenta ajena, obviamente también es válido).
Detalle: el re-acceso a la prestación DEBE ser desde una situación de desempleo legal (fin contrato, fin tarea, etc. Nada de dimisiones/bajas voluntarias).

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#8

Re: Duda sobre el cambio de ley del subsidio de desempleo - SEPE

Un truquito podria también ser olvidarse de renovar la demanda de empleo cuando toque. El SEPE suspenderá la prestación hasta que vuelva a tener la demanda y lo comunique y con ese tiempo suspendida tendria otra fecha de fin que podria meterle en el ambito de aplicacion de la nueva ley.
Lo único malo de este "truquito" es que podría haber una sanción posterior de la comunidad autónoma de un mes sin cobra, que con que tarde un poco en hacerse seria un mes de subsidio 

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#9

Re: Duda sobre el cambio de ley del subsidio de desempleo - SEPE

Hola tengo una serie se duda y no consigo hablar con nadie del sepe...lo voy a exponer por aquí por favor decid.e algo si sabeis
#10

Re: Duda sobre el cambio de ley del subsidio de desempleo - SEPE

Tengo cotizado unos 18nmeses hace dos meses me vine del trabajo yo...y ahora voy trabajar una semana en un bar y me van dar de alta..cuando pase la semana puedo sacarme la demands d employees y pedir el paro?
#11

Re: Duda sobre el cambio de ley del subsidio de desempleo - SEPE

El artículo 267 de la Ley General de la Seguridad Social recoge las situaciones legales de desempleo que se pueden tener para pedir la Prestación Contributiva.
1.- La baja voluntaria no está recogida
2.- Está recogido el despido, el fin de contrato, jubilación del empresario, cierre de la empresa, ERE..., en ninguno de ellos se fija un tiempo mínimo que debe haber durado el contrato.
3.- Únicamente se establece un tiempo en el cese en el periodo de prueba, en ese caso deben haber pasado más de 90 días desde la baja voluntaria.
Por lo tanto para darle una respuesta hace falta que finalice ese contrato y se sepa por que causa. Si es baja voluntaria no tiene derecho, si es cese en el periodo de prueba y hace menos de 90 días desde la baja voluntaria no tiene derecho, en cualquier otra situación si tiene derecho.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos