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Carta Revisión IPT - Incapacidad Permanente Total

186 respuestas
Carta Revisión IPT - Incapacidad Permanente Total
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Carta Revisión IPT - Incapacidad Permanente Total
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#181

Re: Carta Revisión IPT - Incapacidad Permanente Total

Hola.
Bajo tu experiencia, que diferencia existe entre ambos casos?
#182

Re: Carta Revisión IPT - Incapacidad Permanente Total

Hola Rangana,, Por norma, una revision a un año, tienes un alto porcentaje de que te la revisen, a veces la dan porque se esta a la espera de una intervencion, a veces por tema mental y seguir en tratamiento, etc...Si es algo fisico ,con secuelas de por vida, lo normal es que te den 2 años, y si ademas de esos 2 años,, no te viene la coletilla en la resolucion " se prevee mejoria antes de dos años y se tiene reserva de puesto de trabajo"... Si no te viene esa frase,, es mas comun que no te revisen,, y viceversa, con esa frase, hay mas opciones que te revisen...

Pero , ya te digo, no hay ninguna ley escrita para esto,,,me baso en experiencias de conocidos, foreros, y algun funcionario que tambien me ratifico esto,,  Aun asi,,,, Todas son revisables hasta la edad de jubilacion, unas se revisan casi al 100% seguro, y otras es mas posible que no las revisen,,,Tiene su logica, el incluir la frase con reserva de puesto de trabajo, mas opciones que te revisen, a no tenerla..

Al fin y al cabo , si no tienes esa frase, te puedes dar por extinguido en el momento que te concedan la IPT.. 

un saludo
#183

Re: Carta Revisión IPT - Incapacidad Permanente Total

Así es, a mi en la resolución solo pone los 2 años sin la coletilla y fue extinguido el contrato. En mi poder también tengo la carta que le llegó a la empresa y en ella si ponía la coletilla, " no se  prevee revisión por mejoría antes de los 2 años que permita la reincorporación al puesto de trabajo.."
#184

Re: Carta Revisión IPT - Incapacidad Permanente Total

Buenas Ludwigvan!
Gracias por tu respuesta!
Sabes de resoluciones con ese enunciado sobre la revisión? "se prevee mejoría antes de dos años y se tiene reserva de puesto de trabajo"

En la mia pone “Se podrá instar la revisión por agravación o mejoría a partir de XXX” siendo la fecha mas de años desde la fecha de efectos.

Gracias por vuestra ayuda a comprender los distintos escenarios, no es fácil organizar toda esta información que ademas no son leyes escritas que se puedan consultar, si no que son conclusiones sacadas de las experiencias de otros usuarios, que obviamente no tienen porqué cumplirse en todos los casos, pero que entiendo que sí nos pueden ayudar a marcar unas tendencias u otras.

#185

Re: Carta Revisión IPT - Incapacidad Permanente Total

Si claro, hay muchas con ese enunciado, normalmente es porque preveen que puede haber mejoria,.. ya sea porque saben que estas pendiente de una intervencion (con la demora que hay en la seguridad social no es extraño), temas psicologicos con tratamiento, cuando aun no se han acabado las opciones en definitiva...Si tu no tienes esa frase puedes estar un poco mas tranquila ( solo un poco, eh) ..

Pero hazte la idea que si te revisaran porque entra dentro de lo posible en el plazo ese que te indican , que supongo que sera a los dos años,( casi 2 años,,no llega) y te la quitasen, si tu empresa no quiere, no te reincorporarias, porque no tiene obligacion sino esta esa frase,, Otra cosa es que no lo tengan en cuenta y te cojan ,por deferencia a ti, por politica de ellos,etc...

De todas maneras no te entendi muy bien, dijiste que la revision la tienes a mas de dos años??o a casi 2 años ? ( para el caso , es lo mismo, la referencia seria la fecha de la resolucion de la revision, que no sera en plazo con ese margen)

Un saludo
#186

Re: Carta Revisión IPT - Incapacidad Permanente Total

Ahi me has dejado pillado Aitor,,

 Yo no dispongo de la resolucion de la empresa, entre otras cosas porque se la pedi, y me dijeron que era intransferible , de ellos, que no me concernia ( pa flipar)...Y fijate si son putas.. que me dijo no te la puedo enviar por mail, pero si te la puedo mirar y te digo si aparece esa coletilla...( matizo , que en mi resolucion no aparece) . Me llama recursos humanos al dia siguiente, y me dice que si, que tengo esa reserva y esa coletilla,, y que aunque no la tuviera que tranquilo, que la politica nuestra es readmitir si estas en plazo de los 2 años,....

Yo, como estoy bastante de vuelta con las multinacionales, y mienten mas que hablan,,, Fui al INSS,  y le pedi al funcionario que me mirara la resolucion de la empresa, la que le enviaron ellos a la empresa,,, y lo primero que me dijo fue? no tienes la tuya? le dije claro,,, pues es exactamente la misma,,,, Le comente el caso , que me dijeron que a ellos si les aparecia la frase, y me la miro,, y obviamente me confirmo que no estaba esa reserva de puesto de trabajo, y me recalco,,, que es exactamente la misma la que nos llega a nosotros que la que envian a la empresa, ( sin los calculos pension, claro).. Y seguidamente me dijo que yo ya estaba despedido, si la empresa quiere no tiene porque readmitirme....

Le sorprendio varias cosas, entre ellas que la empresa no me facilitara su resolucion, ya que es mia, de mi persona,,,y que me dijeran  que a ellos si que les aparecia,, ya que me argumento, que el que mas derecho tiene a saber sobre tu futuro eres tu , y no ellos,,, y si en tu resolucion no pone esa frase, por supuesto en la de ellos tampoco, que no tendria sentido..Y por tanto debe ser la misma,,,,

Ahora al leerte a ti, y ver que a ellos le aparece la  frase, matizando que no se prevee mejoria y que no tienes reserva,, me contradice lo que me dijo el funcionario , un poco,,Por lo visto a la empresa le han dado mas informacion que a ti...

Un saludo
#187

Re: Carta Revisión IPT - Incapacidad Permanente Total

Aúpa Ludwigvan, pues la verdad si es sorprendente que nada más llegarles a la empresa la carta no te diesen una copia o decirte lo que pone sin secretismo.., la información tenía que ser la misma y clara..pero en tu caso parece que no han sido muy claros. Si encima que estos procesos son largos ponen trabas o desinformación.. pues estamos apañados, suerte un saludo
#188

Re: Carta Revisión IPT - Incapacidad Permanente Total

Hola de nuevo.
Igual no me expresé bien. 
En mi resolucion la fecha de revision NO es antes de los 2 años, si no despues de los 2 años.

Ejemplo: si la fecha de efectos de IP es 15 de enero 2024, la fecha de revision es “a partir del 15 de enero de 2026”. Me explico?

Saludos