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Pago a la Seguridad Social mes de espera - Subsidio

3 respuestas
Pago a la Seguridad Social mes de espera - Subsidio
Pago a la Seguridad Social mes de espera - Subsidio
#1

Pago a la Seguridad Social mes de espera - Subsidio

Hay alguna forma de cotizar y pagar a la Seguridad Social por ese mes de espera que hay entre el paro y el subsidio que no sea suscribir un Convenio especial?
#2

Re: Pago a la Seguridad Social mes de espera - Subsidio

En mi opinión, no. Para no tener que soportar ese mes de espera, habrïa que tener otra vïa de acceso, por ejemplo, venir de una relación laboral terminada NO voluntariamente y que no haya generado cotización suficiente para cobrar prestación por desempleo. Bastaría, una vez extinguida la relación laboral, solicitar el subsidio a partir del día siguiente a la situación legal de desempleo, sin estar sujeto a ese mes de espera.
#3

Re: Pago a la Seguridad Social mes de espera - Subsidio

He hecho la consulta a la Seguridad Social " MES DE ESPERA Mensaje : buenos días. El próximo 2 de junio finaliza mi prestación contributiva (paro) y por tanto dejo de cotizar a la Seguridad social un mes hasta que el SEPE a través subsidio para mayores de 52 años vuelva a cotizar por mi. Mi pregunta es .. ese llamado "mes de espera" entre el 2 de junio y el 2 de julio en el cual no cotizo a la Seguridad social se puede hacer de forma individual la cotización por solo un mes si necesidad de firmar un acuerdo especial por un año?"
Y esta es la respuesta:

Título : MES DE ESPERA
Mensaje :
puede suscribir convenio por el periodo entre la baja en la cotizacion y el alta, no existe obligacion de un tiempo determinado


Reciba un cordial saludo.

#4

Re: Pago a la Seguridad Social mes de espera - Subsidio

Es que aunque sea por un mes, se trata de suscribir un convenio por ese mes. A nadie se le obliga a suscribirlo por un año. De hecho, hay noventa días para realizarlo desde que se produjo el cese de la obligación legal de cotizar, con efectos desde el siguiente a dicha situación; o de un año desde que se produjo ese hecho con efectos a partir del día siguiente a su suscripción. E incluso, es posible hacer esa operación y tras el mes reducir la cuantía del mismo para que la parte cotizada por el SEPE "asuma" parte de la cantidad de la base reguladora que constituyó la suscripción del convenio.