Acceder
¡Bienvenido a Rankia España! Volver a Rankia USA

Dudas sobre vía de acceso válida para el subsidio de + de 52 años

5 respuestas
Dudas sobre vía de acceso válida para el subsidio de + de 52 años
1 suscriptores
Dudas sobre vía de acceso válida para el subsidio de + de 52 años
#1

Dudas sobre vía de acceso válida para el subsidio de + de 52 años

Buenas tardes,
Hace un año solicité el subsidio de + de 52 años y me lo denegaron por no tener via de acceso al mismo.Cumplo con todos los requisitos de cotización( 15años cotizados,dos dentro de los últimos quinze y seis por desempleo)y tengo 54 años.Mi duda es la siguiente:
Me han ofrecido un contrato de empleado del hogar de 2 horas diarias(10 semanales).No tengo cargas familiares.Tengo entendido que con seis meses cotizados a tiempo parcial,al margen de que sólo sean esas dos horas diarías,tendría derecho a solicitar el subsidio por falta de cotizaciones suficientes en la proporción correspondiente a dichas horas.Y que de tener derecho al subsidio de +de 52 sería éste el que se me aplicaría directamente. y sin parcialidad.
Os agradecería me confirmarais si estoy en lo cierto,y  si dicho contrato de empleado del hogar de 2  horas diarias lo sonsideraría el Sepe como vía de acceso válida al subsidio de + de 52.

Gracias de antemano por vuestra ayuda
#2

Re: Dudas sobre vía de acceso válida para el subsidio de + de 52 años

Tienes la edad, los requisitos de cotizacion y entiendo que la carencia de rentas. Por lo tanto solo te falta la via de acceso. Por lo que he leido en prensa ( no he leido el cambio en la ley de la seguridad social), entiendo que los nuevos contratos de empleados de hogar cotizan al desempleo. Si es asi te valdria trabajar  90 dias independientemente del numero de horas para tener la via de acceso.
#3

Re: Dudas sobre vía de acceso válida para el subsidio de + de 52 años

Gracias por tu ayuda.Si,desde Octubre del 2022 en el régimen de empleadas del hogar se cotiza también para el desempleo.Y entiendo que el requisito de 90 días de cotización al desempleo que exige el Sepe es en cualquier réIgimen de la seguridad social.Y independientemente del número de horas cotizadas por día, equivaldría al mismo período a jornada completa.
¿Es así verdad?Lo único que tengo entendido es que ,al no tener cargas familiares ,el período exigido son seis meses.Una vez acabado el contrato,tendría que apuntarme al desempleo y esperar un mes antes de solicitarlo o lo podría hacer directamente a la finalización del mismo.?
Porque al empezar a trabajar me tendría que dar de baja como demandante de empleo?
Muchisimas gracias por ayudarme a resolver tantas dudas
#4

Re: Dudas sobre vía de acceso válida para el subsidio de + de 52 años

No te hacen falta seis meses , con tres es suficiente  para el subsidio de  mayores de 52.Esto ya lo resolvio el supremo hace años.Los 90 dias tienen que ser en un regimen que cotice al desempleo. Si el regimen del hogar lo hace, te valen 90 dias en este regimen.
#5

Re: Dudas sobre vía de acceso válida para el subsidio de + de 52 años

Gracias de nuevo.Tienes razón,estaba yo equivocado.El requisito es de 90 días cotizados al desempleo,al margen de que se tengan o no cargas familiares.Me he confundido con el subsidio por falta de cotizaciones suficientes.En este último es en el que diferencia entre 90 días si se tienen cargas familiares o 180 si no se tienen dichas cargas.Gracias por la aclaración.En lo que te comentaba si me he de dar de baja o no como demandante de empleo al empezar a trabajar esas horas y despúes volver a darme de alta,¿ o simplemente no he de hacer nada al respecto?¿Y si he de esperar un mes desde el cese en el trabajo para solicitar el subsidio o lo puedo hacer directamente,y que plazos he de seguir.
Gracias una vez mas por tu tiempo y la gran labor social que haceis ayudándonos  a los demás
#6

Re: Dudas sobre vía de acceso válida para el subsidio de + de 52 años

A partir del día siguiente a la situación legal de desempleo (lo que supone baja NO voluntaria del último empleo e inscripción previa en el correspondiente servicio autonómico de empleo). Con esta vía de acceso NO tiene que acreditar un mes de espera.