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- Incapacidad Permanente Total

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#1

- Incapacidad Permanente Total

Buenos días. A alguien le ha pasado, que el tribunal médico proponga una incapacidad revisable, y el inss la deniegue?. Un saludo.
#2

Re: - Incapacidad Permanente Total

sii claro  ami me sucedio, a mi el tribunal medico me dijo que me la iban a dar incapacidad total hasta la jubilacion y en la resolucion denegada ahora estoy con la reclamacion y si siguen a si ,pues a juicio un saludo 
#3

Re: - Incapacidad Permanente Total

Cuántos años tenías cuando te dijeron que te iban a dar la IP hasta la jubilación 
#4

Re: - Incapacidad Permanente Total

61 años un saludo
#5

Re: - Incapacidad Permanente Total

el medic@ evaluador te pudo decir que iba a solicitar para ti una incapacidad pero luego decide el tribunal medico que es el que las concede,incluso dudo que te dijeran hasta la jubilacion porque eso no existe como mucho son revisables hasta los dos años
#6

Re: - Incapacidad Permanente Total

Pues es exactamente lo que me dijo con las mismas palabras que he puesto se lo dije a mi abogado y me dijo pinta bien , pero no te ilusiones porque en ocasiones suelen decirlo y luego las deniegan ,que fue lo que me pasó a mí un saludo
#7

Re: - Incapacidad Permanente Total

Buenas tardes.
Este último párrafo que indicas en tu respuesta: "Como mucho son revisables hasta los dos años". 
Según la Ley de la Seguridad Social, cualquier persona con una IP concedida, el INSS puede instarle a revisión en cualquier momento que crea oportuno, siempre hasta la edad legal de Jubilación, nunca más tarde de ésta, ya que a partir de tu jubilación ordinaria pasas a percibir una pensión de jubilación, en detrimento de la IP Total o Absoluta que se estaba cobrando, antes de la edad referida (a tu elección de la que te resulte más favorable el importe).
Dicho esto.. entiendo que según el argumento final en tu respuesta, una IP concedida, si no te han instado a revisión en los dos años siguientes a la concesión, ya no revisan..?.
Te rogaría me aclares el tema.
Gracias.

#8

Re: - Incapacidad Permanente Total

Pues quizás la explicación ha sido incompleta.
Yo quería decir que las incapacidades pueden revisarlas desde que te la conceden cuando ellos quieran tanto a los tres meses como a los dos años que es el plazo máximo y siempre hasta la edad de jubilacion,normalmente las que tienen la revisión a los dos años revisan muy pocas,por eso digo que te puede poner en la resolución "revisable a partir de los dos años" pero no quiero decir que no te la puedan revisar,hasta que cumplas la edad ordinaria de jubilación te la pueden revisar en cualquier momento,como también puedes pedir tu la revisión por agravamiento

#9

Re: - Incapacidad Permanente Total

Gracias, ahora queda más claro. Ovbiamente, lo que ellos llaman expediente abierto es lo que te podría permitir el pasar de una total a una absoluta, en caso de agravamiento.
Me gustaría que me dieras tú opinión acerca de mi caso:

Profesión: Autónomo del taxi propietario de Licencia Metropolitana
Enfermedad común: Sarcoma fibroblástico mixoinflamatorio tobillo izquierdo ( pié embrague 
                                     del coche ), intervenido en junio-2013 con 6 intervenciones quirúrgicas 
                                     posteriores de reparación. Anquilosis tobillo izqdo.
Resolución: IPT para la profesión habitual derivada de enfermedad común, con efectos desde
                     13/08/2014.
                      "Declarar que se podrá instar a revisión por agravamiento o mejoría a partir de 
                       08/2015.
                       Permiso BTP intervenido por la DGT, debido al informe Médico del departamento
                       de Sanidad de mi Comunidad Autónoma, en 2015. Derivando la situación a la 
                       venta de la Licencia ( por no cumplir requisitos para pasar las revisiones del 
                      Área Metropolitana) con la consecuente pérdida del negocio.

Ahora en Agosto hace 8 años que se me concedió y no me han llamado a revisión, yo no voy a pedir ninguna revisión por agravamiento ( está estabilizado, no empeora, ni tengo otras patologias que me puedan hacer pasar de una Total, a Absoluta).

Crees que este caso en particular, és ( de los que te refieres en tu respuesta ) de los muy difíciles que insten a revisión?..
Ellos en su "argot" lo denominan: Caso Cronificado.

Gracias por tu atención.
Un saludo.



#10

Re: - Incapacidad Permanente Total

exacto,si no te han revisado ya,lo mas seguro es que tampoco te la revisen