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Actualización bases de cotización Sub+52 - Subsidio

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Actualización bases de cotización Sub+52 - Subsidio
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Actualización bases de cotización Sub+52 - Subsidio
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#61

Re: Actualización bases de cotización Sub+52 - Subsidio

Pero igual es porque ya ven el futuro y que van a sacar esa disposicion en las próximas semanas o meses que justifique esta congelacion, porque si visteis en mis anteriores mensajes, la respuesta de TGSS a mi reclamación para las cotizaciones de 2020 y que la cotizacion del SEPE hubiera sido 1312€ en lugar de 1385€, me la justificaron con una disposición de principios de 2021 que os puse en el anterior mensaje.
#62

Re: Actualización bases de cotización Sub+52 - Subsidio

Me he puesto a revisar cómo se sucedieron los hechos en septiembre de 2021, ya que en este caso subió el SMI y también subieron las bases mínimas.
Veamos el Real Decreto de subida del SMI fue el 28 de septiembre 2021 (https://www.boe.es/boe/dias/2021/09/29/pdfs/BOE-A-2021-15770.pdf), mientras que la Orden Ministerial de subida de las cotizaciones se aprobó el 2 de diciembre 2021 (https://www.boe.es/boe/dias/2021/12/04/pdfs/BOE-A-2021-20075.pdf), pasaron 65 días entre el RD y la OM.

Actualmente, el 14 de febrero 2023 subió oficialmente el SMI, supongo que toca esperar un poco más a ver si no se les olvida en el baúl de los recuerdos la Orden Ministerial de subida de cotizaciones y la tenemos publicada en abril.

Por mi parte, mientras tanto, he puesto una queja/sugerencia electrónica en el Ministerio de la Presidencia, que fue quién aprobó la última Orden Ministerial en dic 2021, en https://mpr.sede.gob.es/procedimientos/portada/idp/641/ida/2896, para preguntarles cuándo se aprobará esta actualización (subida) de las cotizaciones . Os animo a preguntar al respecto. También hice lo propio en el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (no se les vaya a olvidar!)

#63

Re: Actualización bases de cotización Sub+52 - Subsidio


 En mi caso, el que a estas alturas actualicen las bases de cotización en los subsidios para >52-55 años no es que fuese a suponer un gran cambio en el importe futuro de mi pensión, ya que me quedan en este momento 16 meses para poder acceder a la pensión ordinaria de jubilación.
 No obstante en estos casos el denunciarlo es beneficioso y a veces acelera el proceso.
S2.
#64

Re: Actualización bases de cotización Sub+52 - Subsidio

Instancias oficiales me han respondido esto:
"Acerca de su consulta sobre la subida de las bases mínimas de cotización en función de la subida del SMI aprobada este pasado febrero. Una vez planteada su consulta a la Dirección General de Ordenación, ésta nos informa que está en trámite una Orden Ministerial que fija las bases de cotización de manera acorde al SMI vigente en 2023, no siendo posible facilitar una fecha concreta de publicación en estos momentos"
Así pues toca esperar noticias
#65

Re: Actualización bases de cotización Sub+52 - Subsidio

Hola, Mha18.
Hago esta consulta abierta a cualquier compañero que tenga información relativa:

Aunque distanciado algo más en el tiempo mi duda también está en consonancia con las cotizaciones del sub>55

Me refiero al período desde 2013 hasta 2018 cuando el gobierno de turno endureció los requisitos para el acceso, pasando éste por el aumento en 3 años de la edad exigible (de 52 a 55) además de cotizar por el 100% vs.125% del smi.
En mi caso tuve que cotizar durante 3 años por ese mínimo para poder acumular al menos tiempo cotizado...ya con gobierno actual, la entonces presidenta Magdalena Valerio junto con los sindicatos hacían público el interés en la manera de encontrar alguna fórmula para compensar a los afectados por tan drásticas medidas...
Tanto en tgss como en s.s no ha habido cambio alguno en mis expedientes...¿se sabe algo si se tuvo en cuenta en los presupuestos generales o publicado alguna normativa con efecto retroactivo tanto en el aumento de años como el porcentaje aplicable?

Es una cuestión que afecta por seguro a muchos miles que nos acercamos a la jubilación y me pregunto cómo y dónde poder reclamarlo.

S2 compañeros
#66

Re: Actualización bases de cotización Sub+52 - Subsidio

Genial gestión, nos has dejado mas tranquilos.
#67

Re: Actualización bases de cotización Sub+52 - Subsidio

Al menos la memoria abreviada con fecha 15 de febrero ya la tienen:

MEMORIA ABREVIADA DEL ANÁLISIS DE IMPACTO NORMATIVO DEL PROYECTO DE ORDEN PCM/XXX/ 2023, DE XX DE XXXX, POR EL QUE SE MODIFICA LA ORDEN PCM/74/2023, DE 30 DE ENERO, POR LA QUE SE DESARROLLAN LAS NORMAS LEGALES DE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL, DESEMPLEO, PROTECCIÓN POR CESE DE ACTIVIDAD, FONDO DE GARANTÍA SALARIAL Y FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EJERCICIO 2023.

Aquí podéis descargarla en formato docx si queréis conocerla, son 13 paginas para los supersticiosos.

https://prointerweb.seg-social.gob.es/participacion/downloadFile?blob=MAIN%20Orden%20modif%20cot%202023.docx&norma=2023003
#68

Re: Actualización bases de cotización Sub+52 - Subsidio



No soy experto en la materia :
¿Significa esto un primer y previo paso a la publicación en el BOE de las bases mínimas de cotización efectivas para el presente 2023, y por tanto que tales nuevas cotizaciones entrarán en vigor próximamente?

S2
#69

Re: Actualización bases de cotización Sub+52 - Subsidio

Efectivamente la Memoria ya está. Según he leído el siguiente paso es el visto bueno del Consejo de Estado (que lo dará sin duda).
En lo que nos afecta esta en la pagina 13 párrafo 6.
Por lo tanto se actualizará la Base Mínima desde el 1 de enero para subsidio de desempleo.
#70

Re: Actualización bases de cotización Sub+52 - Subsidio

En la 13?. Supongo que te refieres a la referencia que hace en la pagina 10.
#71

Re: Actualización bases de cotización Sub+52 - Subsidio

En la página 10 lo del Consejo de Estado. En la página 13 lo de la actualizacion de las bases mínimas para personas preceptoras del subsidio.
#72

Re: Actualización bases de cotización Sub+52 - Subsidio


 Agradecido de antemano por toda y cualquier aportación desearía, también sugerir un par de cosas, en las que quizás no hayamos caído en profundidad.
 * Soy de la opinión de que siempre es lo más recomendable aportar toda la documentación posible, en orden a apoyar nuestras informaciones o argumentos.
 * Debemos ser conscientes de que por diferentes motivos (prudencia, seguridad, medios, etc…) no todo el mundo es partidario de acceder a página web (externa) alguna, a través de un cierto enlace.
 No es que tal enlace vaya a ser causa de ningún problema, pero por costumbre y defecto hay personas con cierta aversión a hacerlo.
 * En base a ello soy más partidario (en términos generales), de que si alguien ya se ha informado apropiadamente y tomado voluntariamente las molestias de leer uno u otro artículo, dedicándole su tiempo, etc…lo resuma y sintetice adecuadamente de cara a que los demás puedan beneficiarse y a demás extraer sus propias conclusiones ya de ello.
 Por supuesto que esto último no quita para que muy acertadamente se incluya el susidicho enlace poniéndolo a disposición pública.

Un Cordial Saludo a tod@s.
#73

Re: Actualización bases de cotización Sub+52 - Subsidio

Hoy se ha publicado en el BOE la actualización de las bases de cotización.
Conociendo a la administración la actualización para los mayores de 52 años no estara preparada y encima hoy es día 31. Supongo que la TGSS tendrá que pedir al SEPE declaraciones complementarias de los dos primeros meses. El SEPE las enviara a finales del mes que viene junto con las de marzo y será a primeros de mayo cuando se vean las bases de cotización actualizadas.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#74

Re: Actualización bases de cotización Sub+52 - Subsidio

¿Alguien sabe responderme a esta duda?:

Tengo aprobado el subsidio >52 hasta el día de mi jubilación 31/07/24.
¿ Es obligatorio solicitar la jjubilacion con efectos desde ese mismo día 31/07/24, o puedo retrasar la solicitud 1 día y hacerla el 01/08/24 y que surta efecto y considere como “hecho causante” el  día  1 de agosto en lugar del 31 de julio?.
Cualquier aportación será de agradecer.
S2
#75

Re: Actualización bases de cotización Sub+52 - Subsidio

Debe pedir la jubilación en plazo (creo que son tres meses) y se la darán desde que cumplió la edad. La única forma de que se la den con fecha posterior es pedirla fuera de plazo, pero no elige desde cuándo, será desde el día de esa solicitud fuera de plazo

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos