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Empresa sin activdad.

4 respuestas
Empresa sin activdad.
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Empresa sin activdad.
#1

Empresa sin activdad.

Mi mujer monto una empresa S.L.U. en el año 2007 justo cuando empezó la crisis, la empresa solo tuvo beneficios el primer año, el resto de años a obtenido perdidas y en los últimos cinco años no se han realizado ni compras ni ventas pero, se sigue pagando el autónomo como administradora.

Solo se presentan las cuentas anuales y declaraciones trimestrales.

Ella desea seguir pagando el autónomo para seguir cotizando a la seguridad social, aunque tenga que correr con los gastos de gestoria y autónomo.
¿puede tener problemas por tener una empresa sin actividad y seguir pagando el autónomo?

#2

Re: Empresa sin activdad.

En un principio no existiría ese problema porque no existen una lista de casos en que se diga cuándo debe de darse de baja en el régimen de autónomos. De hecho, el problema que se suele plantear la gente es el contrario, si se puede dar de baja de autónomos por inactividad de la empresa. 

 

 

#3

Re: Empresa sin activdad.

La inactividad es causa legal de disolución de la sociedad, aunque tengo la sensación de que pocas se disuelven por ese motivo.
Si continúa depositando cuentas y presentando las debidas declaraciones fiscales (en particular del I. de Sociedades) no debería tener ningún problema.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#4

Re: Empresa sin activdad.

Hola Juan, 

la disolución es la fase previa la liquidación y la extinción de la sociedad. Es un acuerdo de la junta general en la que se paraliza la actividad de la empresa, tras esto viene la fase de liquidación que es la que se pone el cartelito "en liquidación". 

 

#6

Re: Empresa sin activdad.

Pide cita previa en TESORERIA y ellos te informarán.
A grandes rasgos, te confirmo que no es ilegal pagar autónomos,aunque la empresa este sin actividad,pero te recomiendo que vayas a la Tesoreria de la SS.SS,pues hay un sistema especial para cotizar por la misma base que cotiza ahora pero por menos cantidad mensual ya que te descuentan el importe correspondiente por no tener baja remunerada por enfermedad o accidente.
Espero haberte servido de ayuda.
Un saludo