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¿Baja Voluntaria?

5 respuestas
¿Baja Voluntaria?
¿Baja Voluntaria?
#1

¿Baja Voluntaria?

Hola buenos dias!!!!! Os escribo para ver si alguien me puede resolver una duda. Tengo una entrevista de trabajo esta tarde y le ha gustado mi CV al empleador, actualmente estoy trabajando pero muy pocas horas. Si soy el elegido en esta entrevista me gustaria saber como hacer para pedir la baja voluntaria en mi empresa para empezar en la nueva el lunes.
Mi duda esta en si me pueden dar de baja el lunes en la antigua y ese mismo dia darme de alta en la nueva. Muchas gracias por contestar.

#2

Re: ¿Baja Voluntaria?

Debes avisar con quince días de antelación dependiendo de tu contrato antiguo. Darte de baja y alta el mismo día se puede hacer pero sería muy justo.

#3

Re: ¿Baja Voluntaria?

voy a pedir la baja voluntaria de mi empresa con fecha de mañana para firmar con la nueva con fecha del jueves, se que no cumplo con el preaviso de los 15 dias, y por lo tantotengo entendido que no voy a cobrar esas dos semanas.
Escribo porque durante el mes de noviembre se produjo un cambio de condiciones en mi contrato de trabajo que afetaron a mi jornada laboral y por ende a mi nomina, por lo que leo en el Estatuto de los Trabajadores en el Articulo 41 seria una modificacion sustancial de mis condiciones y a mi nadie me dio ningun preaviso de 15 dias, cuestion que tenian que haber realizado. Esto es cierto? Como puedo reclamar esas dos semanas de nomina? si no cobro esos 15 dias siguen aun asi cotizados? Muchas gracias por contestar. Un saludo

#4

Re: ¿Baja Voluntaria?

Por lo que entiendo de acuerdo a ese mismo, párrafo 3, en caso de que estés disconforme con la decisión empresarial podrás impugnarlo ante la jurisdicción social, a expensas de una resolución que dicte si fue o no justificada dicha decisión. Y en caso de que no fuera justificada, tendrás derecho a que te repongan en las mismas condiciones.

Pero en todo caso deberás de estar atento a los plazos de prescripción de acciones en asuntos laborales.

Saludos!

#5

Re: ¿Baja Voluntaria?

Cualquier modificación de las circunstancias del puesto de trabajo debe avisarse con antelación. Estás en lo correcto

3. La decisión de modificación sustancial de condiciones de trabajo de carácter individual deberá ser notificada por el empresario al trabajador afectado y a sus representantes legales con una antelación mínima de 15 días a la fecha de su efectividad.
En los supuestos previstos en los párrafos a), b), c), d) y f) del apartado 1 de este artículo, si el trabajador resultase perjudicado por la modificación sustancial tendrá derecho a rescindir su contrato y percibir una indemnización de 20 días de salario por año de servicio prorrateándose por meses los períodos inferiores a un año y con un máximo de nueve meses

#6

Re: ¿Baja Voluntaria?

Pero en caso de que él no quiera rescindir el contrato, podrá impugnarlo para así obtener la restitución a su puesto original.