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Pago del alquiler

3 respuestas
Pago del alquiler
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#1

Pago del alquiler

hola
tengo un local comercial alquilado pero llevan sin pagarme 8 meses y le dado el ultimatun para que se vaya al final de mes yo con la agencia tributaria le pagado como si ellos me fueran pagado y estuvieran al dia tambien no tengo factura de alquiler firmadas por ninguna parte de que uno haya recido dineros y que el otro haya pagado.
si yo he declarado ese dinero como si lo fuera recibido ante hacienda y si tener ninguna factura firmada firmada por ninguna parate ¿puedo reclamar ese dinero legalmente poniendo una denuncia?

#2

Re: Pago del alquiler

Buenas,

¿Cómo declaras a Hacienda esa cantidad de dinero que recibes si no habéis formalizado ningún contrato entre ambas partes?

Entiendo que pagas a Hacienda como si tú mismo estuvieses pagando el piso no terceras perdonas.

Por ese motivo, si no tienes un contrato formalizado, aunque sea elaborado por ti mismo no puedes denunciar.

Yo he estado de alquiler y las dos caseras que he tenido han elaborado ellas mismas el contrato de alquiler del piso, no era un contrato oficial, pero sí que servía creo para denunciar. Si tú no has hecho nada de eso no puedes denunciar que no te hayan pagado.

Un saludo, espero que se resuelva tú situación de la mejor manera posible. Cualquier otra duda puedes consultarla.

#3

Re: Pago del alquiler

No dice que no tenga un contrato de alquiler.

Cañete3 no soy experto pero creo que puedes demandarles porque el dinero no lo has recibido. Y lo unico que cambia al haber hecho la declaración es que una vez consigas cobrarle no tendrás que tributar por ese dinero ya que has pagado los impuestos de forma anticipada.

Un familiar al que le debian muchas mensualidades declaró en hacienda haberlas cobrado y de esta forma cuando cobre de FOGASA ya no tendrá que declararlo. Es un caso parecido.

Saludos.

#4

Re: Pago del alquiler

Las facturas no tienen que estar firmadas.

Por supuesto que puedes denunciar. Es más, deberías haberlo hecho hace ya bastante. Esperar 8 meses me parece demasiado.

Infórmate en la Agencia Tributaria porque a partir de los 6 meses de la deuda te permiten deducirlo en la declaración como "dudoso cobro". Y a los 2 años te permiten recuperar el IVA que no te han pagado. Pero denuncia.

Saludos.