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Retenciones Bonificadas

2 respuestas
Retenciones Bonificadas
Retenciones Bonificadas
#1

Retenciones Bonificadas

Soy autónomo nuevo y menor de 30.
Como resultado de una charla con un colega y a estas alturas todavía me asalta una duda, supongamos que en mis facturas no hay retenciones (esas bonificadas del 9%), supongo que el ingreso que deberé hacer al final del año corresponderá con el tanto por ciento de mis ingresos reflejados en las tablas IRPF, ¿es así?

¿en que me puede beneficiar en mi caso esta retención del 9%, que en mi caso no practico?

Para terminar, en el supuesto de retener en mis facturas, el resultado final supongo que sería esos ingresos que me corresponden en función de las tablas menos lo retenido con ese 9% durante todo el año ¿es así?

Os agradezco vuestra paciencia con algo que seguro es muy claro para la mayoría.

Un cordial saludo

#2

Re: Retenciones Bonificadas

En actividades económocas no va por tablas, va a un porcentaje fijo.

Te corresponde una retención del 21 %, en el caso general, factures 10.000 o 100.000 €.
Y para el caso particular de inicio de actividad, el año que inicias y los dos siguientes puedes tener una retención de solo un 9 % fijo, sea cual sea la facturación.

Lo que luego resulte finalmente en la declaración anual ya es distinto. Según lo que finalmente hayas ganado (que no facturado), te saldrá a pagar o devolver. Al ir con retención a tipo fijo, lo retenido no tiene porque aproximarse ni parecerse a la cuota final del IRPF, al contrario de los asalariados, en que las tablas establecen unas retenciones variables que tienden a aproximarse a las cuotas finales.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Retenciones Bonificadas

Gracias!!