Primer problema que veo, no vas a tener seis años cotizados a desempleo (autónomos no cotiza a desempleo), este es un requisito fundamental, no podrás acceder al subsidio sin cumplirlo.
Aparte tienes que haber estado inscrito como demandante de empleo desde que te despidieron en el trabajo (o si cobraste el paro después, desde que terminaste aquel paro), hasta cumplir los 52 (salvo el tiempo que hayas estado de alta en autónomos).
Y no estar de alta en autónomos en el momento de hacer los 52.
Pero si no cumples lo primero de poco sirve que cumplas la otra parte, tendrías que cotizar a desempleo hasta completar los seis años, cobrar el paro en caso de tener derecho y para entonces estaríamos en otro momento donde podría hasta haber cambiado la Ley de nuevo.
"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos