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Re: Consulta sobre dietas
Si es para desplazarse FUERA de su centro de trabajo asignado, los límites reglamentarios del IRPF.
Si es por realizar su trabajo en su centro de trabajo, 0,00 €.
Todo lo remunerado es base de cotización y de tributación IRPF.
Casi que lo único variable y en compensación de gatos con un cierto tratamiento favorable es el cheque transporte público, exento de IRPF pero con cotización a la SS.
La otra opción, ya al límite de lo tramposo, exento de IRPF y de cotización, son las indemnizaciones por despido. Y solo hasta el tope legal, lo que en caso de un contrato de 10 días son 0,90 días de salario. Eso sí, para que se mantenga la exención de IRPF, no puedes volverlo a contratar en los siguientes tres años.
Si es por realizar su trabajo en su centro de trabajo, 0,00 €.
Todo lo remunerado es base de cotización y de tributación IRPF.
Casi que lo único variable y en compensación de gatos con un cierto tratamiento favorable es el cheque transporte público, exento de IRPF pero con cotización a la SS.
La otra opción, ya al límite de lo tramposo, exento de IRPF y de cotización, son las indemnizaciones por despido. Y solo hasta el tope legal, lo que en caso de un contrato de 10 días son 0,90 días de salario. Eso sí, para que se mantenga la exención de IRPF, no puedes volverlo a contratar en los siguientes tres años.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!