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Cobro prestación desempleo durante alta por beca - Prestación por desempleo

2 respuestas
Cobro prestación desempleo durante alta por beca - Prestación por desempleo
Cobro prestación desempleo durante alta por beca - Prestación por desempleo
#1

Cobro prestación desempleo durante alta por beca - Prestación por desempleo

Buenas, 

Caso: 

Persona cobrando la prestación por desempleo a 15 días de finalizar la prestación comienza un contrato de beca (Cotiza pero no a efectos de prestación por desempleo), jornada completa de 8h y con remuneración de 800€. Tengo claro que la prestación en dicho momento se debe de paralizar ya que aunque es un contrato de beca, es a jornada completa y remunerado. Ahora bien, la prestación no se para ni por el SEPE ni la persona en concreto da la orden de parar dicha prestación. En estas condiciones se ha cobrado un periodo de prestación de 15 días que no se debería de haber cobrado. En este punto, ¿A que sanción se podría enfrentar la persona en concreto? He leído por la red y como sanción podría ser la extinción de la prestación, pero al haberse finalizado dicha prestación, ¿Que sanción sería? ¿Se podría extinguir futuras prestaciones en el caso de que la sanción se efectúe durante un periodo correspondiente a una nueva prestación? ¿La mejor opción es notificar de que se ha cobrado un periodo que no correspondía aunque haya pasado un tiempo considerable de mas de un año? ¿La sanción se limitaría a devolver el dinero de esos 15 días?

Gracias. 

Saludos.  

#2

Re: Cobro prestación desempleo durante alta por beca - Prestación por desempleo

Es un cobro indebido, y una infracción grave.

Así que por una parte te pueden reclamar la devolución de lo cobrado de más, y además, una sanción equivalente a 3 meses de prestación. En tu caso, la sanción de 3 meses es superior a la sanción de extinción, ya que solo te quedaban 15 dias.

Si no se lo pueden cobrar ahora, te quedará una deuda contra la siguiente vez que tengas derecho a prestación.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Cobro prestación desempleo durante alta por beca - Prestación por desempleo

Buenas, 

Muchas gracias por la respuesta.

Leyendo la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. (https://www.boe.es/boe/dias/2000/08/08/pdfs/A28285-28300.pdf) segun la cual: 

_____________________________________________________________________________________________________

...

Subsección 4.a Sanciones a los trabajadores, solicitantes y beneficiarios en materia de empleo y de Seguridad Social

Articulo 47. Sanciones a los trabajadores, solicitantes y beneficiarios.
1. Las infracciones se sancionarán:
a) Las leves, con pérdida de la prestación, subsidio o pensión durante un mes.
b) Las graves tipificadas en el artículo 25 con pérdida de la prestación o pensión durante un período de tres meses, salvo las de su número 3 en las prestaciones y subsidios por desempleo en que la sanción será de extinción de la prestación.

...

SECCIÓN 2.a INFRACCIONES DE LOS TRABAJADORES O ASIMILADOS, BENEFICIARIOS Y SOLICITANTES DE PRESTACIONES

Artículo 25. Infracciones graves.
Son infracciones graves:
1. Efectuar trabajos por cuenta propia o ajena durante la percepción de prestaciones, cuando exista incompatibilidad legal o reglamentariamente establecida, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo siguiente.
2. No comparecer, salvo causa justificada, a los reconocimientos médicos ordenados por las entidades gestoras o colaboradoras, en los supuestos así establecidos, así como no presentar ante las mismas los antecedentes,
justificantes o datos que no obren en la entidad, cuando a ello sean requeridos y afecten al derecho a la continuidad en la percepción de la prestación.
3. No comunicar, salvo causa justificada, las bajas en las prestaciones en el momento en que se produzcan situaciones determinantes de suspensión o extinción del derecho, o cuando se dejen de reunir los requisitos para el derecho a su percepción cuando por cualquiera de dichas causas se haya percibido indebidamente la prestación.

...

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El caso en concreto mencionado en el mensaje anterior, segun el articulo 25 ¿no sería una infracción grave segun el punto 3 (3. No comunicar, salvo causa justificada, las bajas en las prestaciones en el momento en que se produzcan situaciones determinantes de suspensión o extinción del derecho, o cuando se dejen de reunir los requisitos para el derecho a su percepción cuando por cualquiera de dichas causas se haya percibido indebidamente la prestación.)? 

De ser así, la sanción segun el articulo 47 ¿no sería la extinción de la prestación?

¿dicha extinción sería de esos 15 días de prestación cobrados indebidamente? o ¿podrian extinguir una nueva prestación si la sanción es ejecutada durante el disfrute de una nueva prestación diferente a la de esos 15 días?, es decir, imaginemos que la persona en concreto esta actualmente cobrando una nueva prestación y le llega una sanción por la infracción cometida durante la prestación anterior; entiendo que la sanción sería devolver el dinero de esos 15 días y la extinción esos 15 días, o ¿existe la posibilidad de que extingan la nueva prestación? 

Gracias de antemano, 

Un saludo.