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Declaración complementaria por olvido del asesor

5 respuestas
Declaración complementaria por olvido del asesor
Declaración complementaria por olvido del asesor
#1

Declaración complementaria por olvido del asesor

Buenas tardes,

Me encuentro en el siguiente caso.

Mi asesor olvidó  hacerme llegar una factura que tiene fecha de Junio correspondiente a una gestión que él mismo hizo y me la hace llegar ahora en Septiembre, pero claro, la liquidación de ese trimestre ya tuvo lugar.

El fallo ha sido suyo y de todas formas esa factura debe abonarla ya que es un servicio que no debería haber cobrado.

Qué sería lo correcto? Declaración complementaria por mi parte?

Esto me perjudica?

Muchas gracias.

PD: Como veis, mi asesor es un fiera... ni él mismo liquida sus propias facturas...En fin, tema aparte...

#2

Re: Declaración complementaria por olvido del asesor

Si la inclusión de esa factura implica un ingreso, se debe presentar complementaria. El perjuicio es que, al ser fuera de plazo, tendrá un recargo.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Declaración complementaria por olvido del asesor

No, no. Es una factura del propio asesor, por los servicios que ha prestado. Tiene fecha de junio y me la hace llegar ahora, junto con otra de septiembre con más conceptos y en la que aparece descontado el importe de la anterior a modo bonificación (ya que no me debería haber cobrado por ello).
Son gastos.

#4

Re: Declaración complementaria por olvido del asesor

¿Entonces por qué preguntas si procede una complementaria? Si la factura incluye un IVA deducible, podrás aplicarlo en el trimestre en que la has recibido.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5

Re: Declaración complementaria por olvido del asesor

Pregunta el que no sabe/entiende. Por eso preguntaba.

Desconocía que las complementarias sólo hay que realizarlas cuando lo que se ha dejado de declarar es un ingreso, no un gasto.

Ahora ya lo sé :)

#6

Re: Declaración complementaria por olvido del asesor

No dije por qué preguntas con ánimo de molestar, sino por si acaso era relevante para tu consulta. Pudiera ser que no te refirieras al IVA como interpreté, sino a otra cosa.

Por otro lado, el IVA sólo es deducible si tienes la factura en tu poder, así que a efectos de IVA no hay desfase ninguno.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.