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IMV y demanda de empleo (sellar). - Ingreso mínimo vital

5 respuestas
IMV y demanda de empleo (sellar). - Ingreso mínimo vital
IMV y demanda de empleo (sellar). - Ingreso mínimo vital
#1

IMV y demanda de empleo (sellar). - Ingreso mínimo vital

Hola, ante una pregunta que me hicieron, sobre si alguien jubilado cobrando el IMV debía seguir sellando, me dijeron que ya no hacia falta sellar ni estar en demanda de empleo para cobrar el IMV.
Me pareció raro, pero buscando, vi que ya no esta entre los requisitos y esta nota de prensa:

 https://elderecho.com/boe-publica-la-reforma-del-imv-ya-no-exige-figurar-demandante-empleo-amplia-plazo-respuesta


El BOE publica la reforma del IMV que ya no exige figurar como demandante de empleo y amplía el plazo de respuesta


El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este miércoles 23 de septiembre la reforma del Real Decreto por el que se aprobó el Ingreso Mínimo Vital (IMV), que elimina el requisito de figurar inscrito como demandante de empleo y amplía hasta 6 meses el plazo de resolución del expediente.


Podríais sacarme de dudas, se me pasaron los requisitos y si están, o lo quitaron y no me di cuenta?













#2

Re: IMV y demanda de empleo (sellar). - Ingreso mínimo vital

Jejeje, hay que leer toda la noticia... te copio y pego:  "... entre otras modificaciones, se elimina el REQUISITO PREVIO de estar inscrito en los Servicios Públicos de Empleo, QUE PASA AHORA A SER UNA OBLIGACIÓN A POSTERIORI que el beneficiario deberá cumplir en los 6 meses siguientes al reconocimiento del Ingreso Mínimo Vital" y si continúas leyendo, también dice que los mayores de 65 años también quedan exentos (jubilados, se interpreta).

#3

Re: IMV y demanda de empleo (sellar). - Ingreso mínimo vital

El problema no es leerlo, es entenderlo, y hoy estoy con un 10% de neuronas activas solo (gracias a la neblina mental de la EM/SFC), perdón de antemano por mi falta de comprensión de hoy...

Lo que quiere decir, es que no es obligatorio estar inscrito antes, pero que una vez aprobado el IMV, tienes 6 meses para inscribirte, y luego seguir sellando, lógicamente. O tampoco así?

Lo de los mayores de 65 años lo leí, pero no se por que, se me paso.

La cosa es que al estar hoy tan espeso, pues me creo muchas dudas al decírmelo, bueno, afirmármelo rotundamente, una extrabajadora del INSS en un grupo (por otro tema).

Vamos, que hay que sacar la demanda de empleo y seguir sellando excepto en circunstancias especiales como son:   los estudiantes de estudios reglados menores de 28 años, los cuidadores no profesionales de personas en situación de dependencia, así como a personas mayores de 65 años, con discapacidad en grado igual o superior al 65%, en situación de dependencia reconocida o perceptoras de pensiones contributivas de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez. 

Ahora lo entendí bien? (era lo que creía, pero hoy me han liado bien)😓😅
#4

Re: IMV y demanda de empleo (sellar). - Ingreso mínimo vital

La última vez que estuve en el INSS en octubre del año pasado SI era obligatorio estar inscrito en el SEPE no creo que haya cambiado, yo por si acaso seguiré sellando 😂😂 pero los estudiantes tienen que llevar como que están estudiando lo se por mi hija
#5

Re: IMV y demanda de empleo (sellar). - Ingreso mínimo vital

Lo que quiere decir, es que no es obligatorio estar inscrito antes, pero que una vez aprobado el IMV, tienes 6 meses para inscribirte, y luego seguir sellando, lógicamente.  
Así es, tal cual.

(era lo que creía, pero hoy me han liado bien) 
Nada, tranquilo.
#6

Re: IMV y demanda de empleo (sellar). - Ingreso mínimo vital

Claro, hay obligación de (si eres desempleado y no estudiante) de estar inscrito como demandante de empleo y sellar paro, pero tras la concesión del IMV... es como lo del IRPF, hay obligación de hacerlo si percibes el IMV (aunque si lo llevas haciendo cada año de antes pues mejor, más fácil puedes revisar que todo esté bien).