Hola buenas alguien me podria explicar esto. Tengo que hacer la declaración a la renta por el tema que cobramos el IMV . Pero hoy cuando la iva hacer me a saltado una notificación de la Agencia Tributaria como que tengo que declarar lo percibido del imv ... Os adjunto lo que me han notificado... Alguien me puede decir si lo tengo que declarar o como lo tendria que hacer... Gracias
#2
Re: Duda!! - Ingreso mínimo vital
es un aviso general para decirte que es una obligación declarar, pero no declarar el IMV como ingreso porque no pagas impuesto sobre el IMV
#3
Re: Duda!! - Ingreso mínimo vital
Thorme
No,no hay que declararlo,el IMV es una renta exenta,que mucha gente lo ha declarado como ingresos y luego hay que realizar muchos trámites para deshacer el error..cuidado
#4
Re: Duda!! - Ingreso mínimo vital
Otra pregunta sabeis si me cambio de comunidad autónoma me podrian quitar el imv ? Esque esto es un lio porque llamo a preguntar me ponen a la espera y me dicen que los agentes estan ocupados que llame en otro momento y asi ya 4 llamadas. Gracias
#5
Re: Duda!! - Ingreso mínimo vital
Thorme
Hola,deberías comunicar a la seguridad social el cambio de domicilio con el certificado de empadronamiento adjuntado.Si no han cambiado las circunstancias en cuanto a la unidad de convivencia y el umbral de renta todo debería seguir igual a cómo está tu IMV actualmente.Ademas esta prestación la realiza el INSS y solo tiene transferidas las competencias a dos comunidades autónomas:Navarra y País Vasco por lo que solo si te trasladas allí te podrían pedir alguna documentación adicional pero,resumen: Comunica el cambio de domicilio,empadronarse en el nuevo domicilio y seguir cumpliendo los requisitos de cuando te concedieron el IMV sería suficiente
#6
Re: Duda!! - Ingreso mínimo vital
De acuerdo muchísimas gracias, en cambio a los requisitos los sigo cumpliendo mi situación no cambia y la renta igual este año la tengo muchisimo mas baja que en la renta del 2021 asi que no creo que me lo quiten si son asi las cosas.... Muchisimas gracias un saludo
Cualquier carta de Hacienda acojona, pero hay que leerlas... Y sobre el cambio de CCAA no te afecta al IMV siempre que lo comuniques adecuadamente, en este caso mediante https://pssc.seg-social.es/comunicacion-variaciones-imv y acredites con los documentos necesarios el cambio (empadronamiento, contrato de alquiler, etc.)